Gestión de la tecnología

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Gestión de la tecnología por Mind Map: Gestión de la tecnología

1. Tecnología

1.1. https://www.youtube.com/watch?v=rlD1NQgue54

1.2. Tecnología es el conjunto de conocimientos técnicos, científicamente ordenados, que permiten diseñar, crear bienes, servicios que facilitan la adaptación al medio ambiente y satisfacer tanto las necesidades esenciales como los deseos de la humanidad.

2. Ciencia

2.1. https://www.youtube.com/watch?v=Kuss3nqwUZs

2.2. es el conjunto ordenado de conocimientos estructurados sistemáticamente. La ciencia es el conocimiento que se obtiene mediante la observación de patrones regulares, de razonamientos y de experimentación en ámbitos específicos, a partir de los cuales se generan preguntas, se construyen hipótesis, se deducen principios y se elaboran leyes generales y sistemas organizados por medio de un método científico.

3. Investigación

3.1. https://www.youtube.com/watch?v=WQ_rknM6fsc

3.2. La investigación es considerada una actividad humana, orientada a la obtención de nuevos conocimientos y su aplicación para la solución a problemas o interrogantes de carácter científico.

4. Desarrollo

4.1. https://www.youtube.com/watch?v=PCXQ5_5O9xk

4.2. Es un proceso continuo, ordenado en fases, a lo largo del tiempo, que se construye con la acción del sujeto al interactuar con su medio adaptándose gradualmente.

5. Productividad

5.1. https://www.youtube.com/watch?v=DNGRKJ1ZMHo

5.2. La productividad es la relación entre la cantidad de productos obtenida por un sistema productivo y los recursos utilizados para obtener dicha producción.

6. Competitividad

6.1. https://www.youtube.com/watch?v=dMa2Tpq0pRo

6.2. se define como la capacidad de generar la mayor satisfacción de los consumidores fijado un precio o la capacidad de poder ofrecer un menor precio fijada una cierta calidad.

7. Innovación

7.1. Innovación es un cambio que introduce novedades. Además, en el uso coloquial y general, el concepto se utiliza de manera específica en el sentido de nuevas propuestas, inventos y su implementación económica.

8. Inteligencia

8.1. La inteligencia es la capacidad de elegir, entre varias posibilidades, aquella opción más acertada para la resolución de un problema.

9. Gestión

9.1. gestión hace referencia a la acción y a la consecuencia de administrar o gestionar algo.

10. Administración

10.1. https://www.youtube.com/watch?v=B9wZdMTeft8

10.2. La administración es un proceso muy particular consistente en las actividades de planeación, organización, ejecución, y control, desempeñadas para determinar y alcanzar los objetivos señalados con el uso de seres humanos y otros recursos.

11. Leyes Venezolanas que impulsan y promueven la ciencia y Tecnología.

11.1. Constitución de la República de Venezuela

11.1.1. ARTICULO 110. "El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del País, así como para seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el estado destinara recursos suficientes y creara el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El estado garantizara el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnología. La ley determinara los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía".

11.1.2. ARTICULO 103. "toda persona tiene derecho a un a educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos los niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en la instituciones del estado es gratuita hasta el pregrado universitario."

11.2. Plan de la Patria 2013-2014

11.2.1. Garantizar el acceso oportuno y uso adecuado de las telecomunicaciones y tecnologías de información, así como la creación de una nueva cultura Científica- Tecnológica orientada para alcanzar la Soberanía Plena.

11.2.2. Desarrollar una actividad científica, tecnológica, y de innovación asociada directamente al tejido so- cioproductivo nacional, que permita la construcción de las condiciones necesarias para la consecución de la soberanía económica e independencia tecno- lógica, como requisito indispensable para la satis- facción de las necesidades sociales.

11.3. Ley Orgánica de Educación

11.3.1. Artículo 108. Las empresas, en la medida de sus posibilidades económicas y financieras, estarán obligadas a dar facilidades a sus trabajadores en orden a su capacitación y perfeccionamiento profesional, así como a cooperar en la actividad educativa y cultural de la comunidad. Estarán obligadas también‚ a facilitar las instalaciones y servicios para el desarrollo de labores educativas, especialmente en programas de pasantías y de cursos cooperativos, de estudio-trabajo y en todos aquellos en los cuales intervengan en forma conjunta las empresas y los centros de investigación y tecnología. El Ejecutivo Nacional al reglamentar esta disposición especificará lo conducente sobre organización supervisión y evaluación del cumplimiento de las obligaciones educativas señaladas en el presente artículo y determinar las limitaciones que resulten de razones de seguridad, salubridad, productividad u otras semejantes.

11.3.2. Articulo 35: La Educación Secundaria es la etapa de diversificación y profundización del conocimiento en los campos científicos, tecnológicos y humanísticos vinculados estratégicamente con el desarrollo endógeno del país, estimulando el pensamiento divergente y critico, el valor social, el trabajo liberador y el fortalecimiento de aprendizajes cooperativos y significativos a los fines, tanto de la prosecución de estudios en la etapa universitaria, como la integración en el campo laboral de sus egresados.

11.4. Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación

11.4.1. ARTICULO Nº 5. "las actividades de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, así como, la utilización de los resultados, deben estar encaminadas a contribuir con el bienestar de la humanidad, la reducción de la pobreza, el respeto a la dignidad, a los derechos humanos y la preservación del ambiente.

11.4.2. ARTICULO Nº2. "Las actividades científicas, tecnológicas, de innovación y sus aplicaciones son de interés público y general". ello explica porque el nuevo modelo de país trasciende la visión parcelaria de la actividades científicas como hecho resultante de ejercicios académicos ( como proyectos elaborados bajo estricta condiciones de laboratorio) y otorga el derecho al pueblo a participar- desde su propio contexto en la transformación nacional, partiendo del derecho a la vida, al trabajo, la cultura, la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación no subordinación, tal como establece la constitución de la república bolivariana de Venezuela en su preámbulo".

11.5. Ley de Infogobierno

11.5.1. Artículo 4. Son de interés público y estratégico las tecnologías de información, en especial las tecnologías de información libres, como instrumento para garantizar la efectividad, transparencia, eficacia y eficiencia de la gestión pública; profundizar la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos; el empoderamiento del Poder Popular y contribuir corresponsablemente en la consolidación de la seguridad, defensa y soberanía nacional.

11.5.2. Artículo 6. El Poder Público, en el ejercicio de sus competencias, debe utilizar las tecnologías de información en su gestión interna, en las relaciones que mantengan entre los órganos y entes del Estado que lo conforman, en sus relaciones con las personas y con el Poder Popular, de conformidad con esta Ley y demás normativa aplicable. El Poder Popular debe utilizar las tecnologías de información en los términos y condiciones establecidos en la ley.