Derecho contencioso administrativo (ESQUEMA)
por gaby perozo
1. Conocer de la abstención o negativa del Presidente o Presidenta de la República, del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva de la República y de los Ministros o Ministras del Ejecutivo Nacional, así como de las máximas autoridades de los demás organismos de rango constitucional con autonomía funcional, financiera y administrativa y del Alcalde del Distrito Capital, a cumplir específicos y concretos actos a que estén obligados por las Leyes;
2. Conocer de las cuestiones de cualquier naturaleza que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, caducidad, nulidad, validez o resolución de los contratos administrativos en los cuales sea parte la República, los estados o los municipios, si su cuantía excede de setenta mil una unidades tributarias (70.001 U.T.);
3. COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES
4. y los de competencia especial, que conocen de un tipo de asunto determinado.
5. los de competencia general, que son competentes para conocer de los juicios más disimiles;
6. la jurisdicción contencioso administrativa se divide en dos categorías de órganos jurisdiccionales;
7. El Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa y en Sala Electoral
7.1. ARTÌCULO 24 DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA y SIGUIENTES.
7.2. Conocer de las demandas que se propongan contra la República, los Estados, los Municipios, o algún Instituto Autónomo, ente público o empresa, en la cual la República ejerza un control decisivo y permanente, en cuanto a su dirección o administración se refiere, si su cuantía excede de setenta mil una unidades tributarias (70.001 U.T.).
8. COMPETENCIAS
8.1. Conocer de las reclamaciones contra las vías de hecho imputadas a los órganos del Ejecutivo Nacional y demás altas autoridades de rango nacional que ejerzan el Poder Público;
8.2. Conocer, en alzada de las decisiones de los Tribunales Contencioso Administrativos, cuando su conocimiento no estuviera atribuido a otro tribunal, y de los recursos, cuando se demande la nulidad de un acto administrativo de efectos particulares y al mismo tiempo el acto general que le sirva de fundamento;
9. COMPETENCIAS
9.1. Conocer en apelación de los juicios de expropiación; siempre y cuando sea materia agraria.
9.2. en materia penal, declarar si hay o no lugar para que se solicite o conceda la extradiciòn en los casos que presectùan los tratados o convenios internacionales o la ley. ARTÌCULO 29 ley organica del tribunal supremo dfe justicia
9.3. son competencias en materia civil, conocer el recurso de casaciòn en los juicios civilis, mercantiles y marìtimos.
10. GABY PEROZO C.I: 23.553.503 SECCIÒN M-615 ABOGADO: FRANCISCO ARTEAGA
11. ESTRUCTURA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
12. Tribunales Contenciosos administrativos Generales
12.1. a) Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político Administrativa
12.1.1. b) Sala Electoral
12.1.2. c) Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativo
12.2. d) Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativo
12.2.1. e) Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativo
13. Tribunales Contenciosos Administrativos Especiales
13.1. a) Permanentes b) Tribunales Superiores en lo Contencioso Tributario
13.2. c) Tribunales Superiores Agrarios d) Tribunales Agrarios de Primera Instancias e) Ocasionales
13.2.1. f) Juzgados de municipios g) Juzgados de Primera Instancia
13.2.2. h) Tribunales Penales