LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
por Noheli Herrera
1. Definiciones Básicas
1.1. Niño, Niña y Adolescente
1.1.1. Niño (a): persona con menos de 12 años de edad. Adolescente: persona con 12 años o más y menos de 18 años de edad.
1.2. Sistema Rector Nacional de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes
1.2.1. Órganos que formulan y controlan programas y acciones para proteger a todos los niños, niñas y adolescentes
1.3. Política de protección y atención
1.3.1. Pautas señaladas por los órganos para guiar acciones que garanticen los derechos consagrados en esta Ley.
1.4. Medidas de Protección
1.4.1. Las dicta la autoridad cuando existe amenaza o violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
1.5. Consejos de Protección
1.5.1. Órganos administrativos destinados a asegurar la protección en caso de amenaza o violación de los derechos de los niños, niñas o adolescentes,
1.6. Acción de Protección
1.6.1. Recurso judicial contra hechos que vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes
1.7. Fondos de Protección
1.7.1. Recursos para ejecutar programasde cuidado al niño, niña y adolescente.
1.8. Patria Potestad
1.8.1. Son deberes y derechos de los padres con los hijos.
2. Son:
2.1. Honrar a la patria y sus símbolos.
2.2. Respetar, cumplir y obedecer las disposiciones del ordenamiento jurídico.
2.3. Respetar los derechos de las demás personas.
2.4. Honrar y obedecer a sus padres, representantes o responsables.
2.5. Ejercer y defender sus derechos.
2.6. Cumplir sus obligaciones educativas.
2.7. Entre otros.
3. Objeto
3.1. Garantizar el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.
4. Son:
4.1. Derecho a la vida.
4.2. Tener un nombre y nacionalidad
4.3. Conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.
4.4. Expresar su opinión libremente.
4.5. Libertad de conciencia y de religión.
4.6. Libertad de asociación y celebrar reuniones pacíficas.
4.7. Protección y asistencia del Estado.
4.8. Disfrute del más alto nivel de salud y servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación.
4.9. Nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
4.10. Derecho a la educación, descanso y esparcimiento.
5. Rango Constitucional
5.1. El Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), reconoce el rango supra constitucional a los tratados y normas favorables a la protección de los derechos humanos y el Artículo 78 reconoce la condición de niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos, quienes “estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados…