FASE INTERMEDIA

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
FASE INTERMEDIA por Mind Map: FASE INTERMEDIA

1. Se inicia cuando:

1.1. El Fiscal del Ministerio Público, interpone ante el Tribunal de  Control, una acusación formal contra el imputado

1.2. En dicha acusación se señala al imputado de ser autor o participe de la comisión de un hecho punible, en base a las pruebas facilitadas

2. AUDIENCIA PRELIMINAR

2.1. Luego de presentada la acusación, el Juez de Control deberá convocar a las partes a presentar, en Audiencia Preliminar, sus pretensiones

2.2. Las partes tendrán hasta 5 días antes de la fecha de la Audiencia para exponer sus pretensiones y facultades de manera escrita. Artículo 311 COPP

2.3. Se deberá realizar en un plazo no mayor a 15 días ni menor a 20, plazo el cual será computado por días de despacho. Artículos 156 y 309 COPP

3. FACULTAD Y CARGA DE LAS PARTES

3.1. Cinco días antes del plazo que haya sido fijado para la celebración de la Audiencia, las partes podrán realizar, por escrito, los siguientes actos:

3.1.1. Oponer la excepciones previstas en el artículo 28 del COPP, siempre y cuando no hayan sido planteadas con anterioridad o se basen en hechos nuevos

3.1.1.1. 1. Controversia sobre el Estado Civil de la persona, artículo 36 COPP

3.1.1.2. 2. La falta de jurisdicción.

3.1.1.3. 3. La incompetencia del tribunal.

3.1.1.4. 4. Acción promovida ilegalmente, que sólo podrá ser declarada por las siguientes causas:

3.1.1.4.1. a) La cosa juzgada.

3.1.1.4.2. b) Nueva persecución contra el imputado

3.1.1.4.3. c) Cuando la denuncia, la querella, la acusación fiscal, particular propia de la víctima o privada, se basen en hechos que no revisten carácter penal.

3.1.1.4.4. d) Prohibición legal de intentar la acción propuesta.

3.1.1.4.5. e) Incumplimiento de los requisitos

3.1.1.4.6. f) Falta de legitimación o capacidad de la víctima

3.1.1.4.7. g) Falta de capacidad del imputado

3.1.1.4.8. h) La caducidad de la acción penal.

3.1.1.4.9. i) Falta de requisitos esenciales para intentar la acusación fiscal, la acusación particular propia de la víctima o la acusación privada

3.1.1.5. 5. La extinción de la acción penal.

3.1.1.6. 6. El indulto.

3.1.2. 2. Pedir la imposición o revocación de una medida cautelar

3.1.3. 3. Solicitar la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos

3.1.4. 4. Proponer acuerdos reparatorios;

3.1.5. 5. Solicitar la suspensión condicional del proceso;

3.1.6. 6. Proponer las pruebas que podrían ser objeto de estipulación entre las partes;

3.1.7. 7. Promover las pruebas que producirán en el juicio oral, con indicación de su pertinencia y necesidad

3.1.8. 8. Ofrecer nuevas pruebas de las cuales hayan tenido conocimiento con posterioridad a la presentación de la acusación fiscal.