1. El deslinde se trata de determinan los linderos que demarcan un bien inmueble, es un proceso especial contencioso destinado a permitir el ejercicio del derecho contenido en el artículo 550 del Código Civil.
2. Naturaleza de la acción. es una acción de naturaleza mixta, ya que ambas partes pueden intentar el juicio por el mismo objeto, cada parte puede demandar lo mismo.
3. El tribunal competente es el de municipio donde se encuentran los fundos La solicitud de deslinde se presentará ante el tribunal de distrito o departamento en cuya jurisdicción se encuentren ubicados los terrenos cuyos deslindes se solicitan
4. Condiciones para la procedencia. 1) Que se trate de propiedades contiguas, vecinas. 2) Que las partes intervinientes sean los propietarios, es necesario probar la propiedad del inmueble.