DERECHO PROCESAL LABORAL EN VENEZUELA

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1. Efectos del Despacho Saneador

1.1. Tiene como objetivo subsanar o enmendar un error

1.1.1. Puede ser: Antes de la admisión de la demanda y para dar conclusion a la audiencia preliminar por ausencia de autocomposicion procesal

1.2. Nunca se da en la audiencia de juicio

2. La Mediacion

2.1. Es un medio de solución de conflicto

2.1.1. Que tiene como fin mediar entre las partes

2.1.1.1. Poner fin al proceso

3. El Arbitraje Judicial

3.1. A diferencia de la mediación este deberá acatar la decisión tomada por los arbitros

3.2. Es una junta de arbitraje establecida con el fin resolver un litigio

3.3. Los árbitros laborales son escogidos al azar por el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución

3.4. La Junta de Arbitraje siempre debe estar constituida por tres árbitros escogidos al azar

3.4.1. Basta la simple manifestación de voluntad de una de las partes de someter el conflicto a arbitraje y la aceptación de la otra, para que se active el mismo.

3.4.1.1. La Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de treinta (30) días hábiles para que se dicte el laudo arbitral

3.4.1.1.1. contados a partir de la constitución de la junta de arbitraje, (Art. 148 LOPT)

4. Ausencia de los Sujetos en el Proceso

4.1. En el caso que el demandado no asiste

4.1.1. Entonces estar admitiendo los hechos

4.1.1.1. En el caso que el demandante no asista

4.1.1.1.1. Entonces desistirá del proceso

4.2. En caso que ninguno asistan a algunas de las audiencias

4.2.1. se dará por terminado el procedimiento

5. Demanda- Sentencia

5.1. Se demanda

5.1.1. 2 días para subsanar en caso de errores

5.1.2. Sino perencion

5.2. Sino se admite se tiene 5 días para apelar

5.3. Una vez admitida se notifica al demandado

5.4. El demandado tiene que acudir al 10 dia habil sig a la notificacion

5.5. En caso que el demandado no asista estara admitiendo los hechos y el Juez debera dejar constancia en exp

5.5.1. El demandado tendrá el lapso de 5 dias hab sig para apelar

5.6. El Juez debera proponer la mediación y conciliacion

5.6.1. Sino llega a cocnciliar continuara el proceso

5.6.2. Viene el segundo despacho saneador

5.7. El Demandado deberá contestar la demanda en el lapso de 5 dias habiles sigiguientes.

5.7.1. Unas vez contestada la demanda el juez remitirá el expediente al Tribunal de Juicio

5.8. En el caso que no conteste el demandado estara admitiendo los hechos

5.9. Una vez recibido el expediente por el Juez de Juicio

5.9.1. Fijara la audiencia

5.9.1.1. Si el demandante no asiste entonces esta desistiendo de la accion

5.9.1.1.1. Si el demandado no asiste quedara por confeso

5.9.1.2. Puede apelar a esta decisión en ambos efectos dentro de los 5 dias habiles siiguientes

5.9.1.3. si las parte no acuden se extinguira el proceso y el juez dejara constancia

5.9.1.3.1. Se puede interponer recurso de casacion.

5.10. La audiencia sera presidida por el Juez

5.10.1. Las partes deberan oir y presentar sus alegatos

5.10.2. Se evacuaran las pruebas

5.10.2.1. Concluida la evacuacion de pruebas

5.10.2.2. El Juez se retirara de la audiencia por un tiempo que no exceda los 60 min

5.10.2.2.1. Para dictar sentencia

5.10.3. Observaciones

5.11. La Audiencia de Juicios podra prolongarse en el mismo dia, sino continuara al dia siguiente habil

6. Obligatoriedad del Juez

6.1. Deberá cumplir los principios establecidos en la LOPT

6.2. Dirigir el proceso

6.2.1. Con equidad

6.2.1.1. Sana critica

6.2.1.1.1. Con las Máximas de experiencia