El Deslinde de Propiedades

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El Deslinde de Propiedades por Mind Map: El Deslinde de Propiedades

1. Aspectos y Requisitos

1.1. Articulo 550 Codigo Civil Venezolano.

1.2. Juicio de deslinde y amojonamiento.

1.3. Requisitos

1.3.1. Que las propiedades a deslindar sean contiguas o colindantes.

1.3.2. Que las partes intervinientes sean propietarias de los inmuebles a deslindar.

1.3.3. Que los linderos sean desconocidos e inciertos-

2. Concepto

2.1. Distincion, señalamiento o determinacion.

2.2. Limites, linea imaginaria.

2.3. Terreno, finca, region.

3. Caracteristicas

3.1. Es una acción petitoria.

3.2. Es una acción de orden público.

3.3. Es irrenunciable.

3.4. Es imprescriptible.

3.5. Es una acción doble.

4. Objeto

4.1. determinar y separar los puntos cuyos linderos estuviesen confundidos.

5. Clases

5.1. Deslinde Voluntario

5.2. Deslinde Judicial

6. Tribunal Competente

6.1. Municipio en cuya jurisdicción se encuentren los predios que quieran deslindarse

7. Procedimiento

7.1. Citacion Articulo 722 CPC

7.1.1. Termino potestativo del juez de 5 dias luego de la citación

7.2. Argumento de las partes

7.2.1. fijar en el terreno los puntos que determinen el lindero.

7.2.2. auxilio de prácticos.

7.2.3. Oportunidad para los alegatos de cada parte.

7.2.4. Titulos que acrediten propiedad.

7.3. Criterios tecnicos

7.3.1. Los accidentes encontrados, cercas, hitos, mojones, ríos, lagos y cualquier otra circunstancia preexistente que contribuya a la precisión de los límites.

7.3.2. Una indicación minuciosa de los nuevos hitos que definen los linderos.

7.3.3. La composición geológica de los terrenos y la cualidad y extensión de los mismos.

7.3.4. Las vías de comunicación.

7.3.5. El establecimiento de coordenadas U.T.M. en cartas bases topográficas aéreas.

7.3.6. La indicación de cualquier otra circunstancia que fuere útil para el levantamiento de la línea divisoria o para la identificación de la línea ya levantada.

7.4. Fijacion de linderos

7.4.1. Oídas las exposiciones de las partes, el Tribunal procederá inmediatamente a deslindar las propiedades fijando los linderos.

7.5. Oposicion

7.5.1. Si la parte interesada se opone se opone

7.5.1.1. Pasarán los autos al Juez de Primera Instancia en lo Civil.

7.5.1.1.1. Continuando con el procedimiento ordinario

7.5.2. En caso de no existir oposición a los linderos fijados

7.5.2.1. Queda firme

7.6. Apelacion

7.6.1. Sentencia definitiva

7.6.1.1. Puede ser objeoto de apelacion en ambos efectos.