Procedimiento de Recurso de Casación

Procedimientos Civiles Especiales Procedimiento Conceptualización

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Procedimiento de Recurso de Casación por Mind Map: Procedimiento de Recurso de Casación

1. El Recurso de Casación es un medio procesal de carácter extraordinario por medio del cual se impugnan sentencias o decisiones para establecer la nulidad de una decisión judicial contraria a derecho.

1.1. Finalidad: Posee finalidades públicas y privadas, la primera es defensa de la ley y mantener control judicial; y en la parte privada su finalidad es el establecimiento de la nulidad del fallo

1.2. Fundamento Jurídico: Art. 21 sobre la igualdad entre las partes, Art. 49 sobre el debido proceso, y Art. 262 y 266 sobre el TSJ y sus atribuciones, todos los mencionados de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y Art. 312 al 326 del Codigo de Procedimiento Civil.

1.3. Principios: son las bases sobre las cuales versa el procedimiento de casación entre los cuales se destacan el principio de escritura, sobre el cual el procedimiento se enmarca, junto con el principio dispositivo y principio inquisitivo, el principio de que las partes están a derecho, y sobre la preclusión; seguidamente el principio de publicidad, concentración, prohibición de formalismos y reposiciones inútiles, personalidad del recurso, apertura inmediata.

1.4. Se propone contra: Sentencias de última instancia, es decir aquellas que ponen fin a juicios civiles y mercantiles, especiales contenciosos y sobre capacidad; también procede contra autos dictados en ejecución de sentencia agotados los recursos dispuestas, sobre sentencias de Tribunales Superiores que conozcan de apelación de laudos arbitrales, y sobre sentencias interlocutorias que produzcan gravámenes irreparables, igualmente agotados los recursos que existan para ello.

2. Requisitos de Procedencia: 1.) Cuando en el proceso se hayan quebrantado u omitido formas sustanciales de los actos que menoscaben el derecho de defensa, o que la sentencia no cumpla con los requisitos necesarios o contenga vicios, debiendo antes de utilizar el recurso de casación agotar todos los recursos estipulados, o que estos actos lesionen el orden público. 2.) Cuando se haya incurrido en error de interpretación acerca del contenido y alcance de una disposición de la ley, o haber aplicado de forma falsa, no vigente o violando una norma jurídica o máxima de experiencia.

2.1. 1.Anuncio: ante el Tribunal que dicto, dentro de los 10 días siguientes al transcurrir los 60 días de sentencia o del instrumento contra el cual se recurre.

2.2. 2. Admisión: al primer día siguiente de los días para anunciar, dejando constancia del día que admite

2.2.1. Si pasa el lapso y no hay respuesta: el recurrente puede presentar escrito ante la CSJ (dentro un lapso de 40 días) para que sea impuesta sanción

2.2.2. 2.1. Inadmisión: el Tribunal expone los fundamentos de su negativa y mantiene el expediente por un lapso de 5 días para que el recurrente haga uso del Recurso de Hecho

2.2.2.1. Se presenta este recurso ante el Tribunal que negó el recurso de casación y este mismo remite a la Corte Suprema de Justicia, recibido el expediente dispone éste de 5 días para decidir. Si declara con lugar se sigue el procedimiento de casación (Punto 3 del presente mapa); en caso de declarar sin lugar debe ser remitido al Tribunal de Ejecución.

2.3. 3. Sustanciación del Recurso de Casación

2.3.1. Escrito de Formalización: Se debe formalizar el escrito dentro del lapso de 40 días con descripción de la decisión recurrida, los quebrantamientos ocasionados, la denuncia y las normas que han debido aplicarse en el caso.

2.3.2. Contestación: la contraparte consigna escrito razonado de sus alegatos dentro del lapso de 20 días siguientes de presentado el escrito de formalización.

2.3.3. Replica: 10 días.

2.3.4. Contraréplica: 10 días

2.4. 4. Decisión: se establecen 60 días para dictar fallo sobre el recurso de casación.

2.4.1. Decisión Con Lugar: se remite el expediente al Tribunal de Reenvio

2.4.2. Decisión Sin Lugar: se remite el expediente al Tribunal de Ejecución