Legislación de drones de España, Estados Unidos, Chile y México

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Legislación de drones de España, Estados Unidos, Chile y México por Mind Map: Legislación de drones de España, Estados Unidos, Chile y México

1. La primera norma reguladora del uso de Drones en España se recoge en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio.

1.1. Dicha ley contempla 50 artículos. Lo más relevante de dicha ley, conlleva a su artículo 50, que establece 7 disposiciones que con respecto al uso y manejo de los Drones

2. Sin embargo, dicho Real Decreto-ley dio lugar a la tramitación parlamentaria de un proyecto de ley que ha acabado siendo la Ley 18/2014, de 15 de octubre

2.1. Esté decreto en general contemplo disposiciones jurídicas en los siguientes aspectos:

2.1.1.  Tipo de Drone

2.1.1.1.  Espacio aéreo

2.1.1.1.1.  Seguridad

3. España

4. La FAA (Federal Aviation Administration), la entidad que regula la aviación civil en Estados Unidos, publicó la semana pasada una propuesta de regulación (en inglés “Notice of Proposed Rulemaking”) de los Drones de pequeño tamaño destinados a usos comerciales. (Galera, Javier, 2015)

4.1. Con esta propuesta, se permite el uso de Drones de hasta 25kg de peso siempre que no se sobrepase una altura de 500 pies (algo más de 150 metros) sobre el suelo, la operación se realice dentro del alcance visual del piloto y se vuele a la luz del día. La regulación propuesta limita la velocidad máxima del vuelo algo más de 160 Km/h (100 millas por hora) e impide el vuelo del Drone más allá del alcance visual del piloto. (Dron Mediadivición, 2014).

4.1.1. La respuesta es que un Drone contiene múltiples beneficios, tanto a particulares como al gobierno y la venta de este producto tiene escalas superiores, lo que generaría una mayor economía a dicho país.

4.1.1.1.  Tomar fotos y videos desde diferentes lugares claro no cerca de aeropuertos ni ciudades, o si es cerca de estos lugares tener el permiso previo para poder volar cerca de ese lugar.

4.1.1.2.  Trabajos de agricultura.

4.1.1.3.  Trabajos relacionados con la mensajería y publicidad o transporte de algún producto.

5. La regulación jurídica de chile con respecto de los drones es uno de los pioneros en la regulación de drones en América Latina, y cuál es la razón por la que su legislación de muy exhaustiva y mucho más satisfactoria que la de otros países como Estados Unidos y España, por ejemplo un daño causado por un dron o si no se llevaron a cabo la normativa para pilotar la aeronave incluye sanciones de 541 días a 5 años de cárcel o bien una multas pecuniaria que abarcan hasta los 100 millones de dólares.

5.1. Es increíble la legislación que impuso chile respecto de los Drones pero si bien un daño causado o no cumplir con la normativa implica sanciones y multas algo excesivas, la libertad con la que se les permitió a los particulares para usar las aeronaves no es tan restrictiva como la de España y Estados Unidos. Por ejemplo los Drones podrán sobrevolar espacios públicos aeronaves de marcas reconocidas y registradas, “con un peso no mayor a 6 kilogramos, más el peso del paracaídas”, el que se exigirá para evitar tragedias en caso de un accidente. (Galera, Javier, 2015)

6. REGULACIÓN DE LOS DRONES EN MÉXICO México ha sido uno de los países en los que su regulación de los Drones es poco descriptiva y su articulado no abarca más que unas cuantas referencias a su uso, peso y el trámite que ha de realizarse esto dictaminado por la Secretaria de comunicaciones y transportes en un comunicado el día 29 de abril del 2015.

6.1. La legislación que, el Poder Legislativo acuño a los drones no es muy extenso, solo son algunas disposiciones en el modo de operar de un dron, no contemplo al caso de daños a que instancia recurrir, ni el modo de reparación del daño causado por uno de éstos, ni alguna multa o sanción, es como si fuera letra muerta.

6.1.1. Pero no obstante México, con el poco contenido normativo de la secretaria de comunicaciones y transportes: implica múltiples libertades para los usuarios y ninguna responsabilidad ni civil ni penal en caso de algún accidente a una persona.