1. ANALISIS TIPO PENAL La acción va a depender de la conducta que configure el tipo específico que se analiza, son delitos eminentemente dolosos, de sujetos activos indiferentes o calificados, según el caso, pero siempre de sujetos pasivos calificados, penalidad según la establecida para el tipo penal y cuyo procedimiento es obviamente de oficio por el sujeto pasivo de quien se trata.
2. Prohibición de hacerse justicia por sí mismo (artículo 270 C P)
3. Soborno de testigos (artículo 246 C P)
4. El falso testimonio (artículo 242 C P)
5. La Calumnia (artículo 240 C P)
6. Simulación de hecho punible (artículo 239 C P)
7. Negativa a servicios legalmente debidos (artículo 238 C P)
8. Los delitos contra la Administración de Justicia, son:
9. La Administración, como instrumento esencial de todo Estado para desarrollar sus políticas, es uno de los elementos más determinantes a la hora de conseguir la justicia para los ciudadanos, evitando que éstos se vean tratados de forma distinta por circunstancias ajenas a las permitidas constitucionalmente; cuando hablamos dela Administración de Justicia, como poder del Estado, estamos ante una situación mucho más importante.
10. Violación, supresión, divulgación de correspondencia, (artículo 185, 186 y 187 C P)
11. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
12. Violación del secreto profesional (artículo 189)
13. Abuso de las funciones de los empleados del correo (artículo 188 C P)
14. Violación del domicilio por un funcionario (artículo 184 C P)
15. Violación del domicilio por un particular (artículo 183 C P)
16. Nuestro Código Penal vigente, desarrollando este principio, consagra De los Delitos contra la Inviolabilidad del Domicilio y la Inviolabilidad del Secreto
17. Según el autor Grisanti, expresa que es la facultad de hacer u omitir, de exigir una acción u omisión, dentro de ciertas pautas, racionales y justas. Para otro autores, es la facultad o capacidad del el ser humano de actuar o no actuar siguiendo según su criterio y voluntad.
18. ANALISIS TIPO PENAL , son delitos intencionales o dolosos, se sujetos activos indiferentes y pasivos siempre calificados, pues siempre será o la persona dueña del domicilio, de la correspondencia y el remitente, o la persona que confió el secreto, y en otros casos, también será de sujetos activos calificados, como es el caso de los delitos contemplados en los artículo 184, 188 y 189; en lo que respecta al procedimiento, los delitos establecidos en los artículos 184 y 188 son de oficio y el resto a instancia de parte agraviada, tal y como lo establece el artículo 190 del C P.