Tus Contratos de Obras

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Tus Contratos de Obras por Mind Map: Tus Contratos de Obras

1. Caracteristicas de los contratos de Obras

1.1. Las notas características del contrato de obra son las siguientes:

1.2. - Es un contrato consensual, pues se perfecciona por el mero consentimiento de las partes.

1.3. - Es un contrato bilateral, ya que las partes que intervienen son dos: por un lado el comitente dueño de la obra o promotor y por otro el contratista o constructor.

1.4. - Es un contrato sinalagmático, pues se generan derechos y obligaciones para ambas partes.

1.5. - Es un contrato de tracto sucesivo porque se ejecuta a lo largo del tiempo a través de sucesivas prestaciones.

1.6. - Es un contrato conmutativo, pues las prestaciones se presume que tienen un contenido o valor equivalente.

1.7. - Es un contrato de resultado y no de actividad, de manera que la obra está configurada como el resultado del trabajo ejecutado.

1.8. - Es un contrato en el que el contratista ejecuta la obra en el ejercicio de su profesión para la que se presupone que tiene los conocimientos y la formación suficiente para actuar conforme a la ley y articulo del oficio.

1.9. - No es personalísimo, ya que no es preciso que el contratista ejecute personalmente la obra, salvo cuando se hubiera encargado por razón de sus cualidades personales.

1.10. - Tiene diversas configuraciones, pues puede ejecutarse la obra poniendo el subcontratista solamente su trabajo o industria o también suministrando el material.

2. Concepto

2.1. Artículo 1.630 del Código Civil Venezolano Vigente: El contrato de obras es aquel mediante el cual una parte se compromete a ejecutar determinado trabajo por sí o bajo su dirección, mediante un precio que la otra se obliga a satisfacerle.

3. Finalidad del contrato de Obra

3.1. El contrato de obras tiene como finalidad la elaboración de los trabajos enumerados en el Anexo I, o la realización de obra que satisfaga las necesidades descritas por la parte contratante.Tales obras consistirán en el resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil, destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien inmueble.

4. Clases de contratos

4.1. Según sus efectos y naturaleza, la Ley clasifica las obras en las siguientes categorías:

4.2. Grupo A:

4.3. Obras de primer establecimiento: La obra da lugar a la creación de un inmueble que antes no existía.

4.4. Obras de reforma: La obra se realiza sobre un inmueble ya existente, y consiste en trabajos de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo.

4.5. Obras de gran reparación: Las obras encaminadas a reparar el daño de la estructura resistente del inmueble, originados por accidentes o causas fortuitas.

4.6. Grupo B:

4.7. Obras de reparación: Las obras encaminadas a reparar el daño de un inmueble, provocado por accidente o causa fortuita, y que no afecte a la estructura resistente.

4.8. Obras de restauración: Las obras destinadas a reparar un inmueble, conservando su estética, respetando su valor histórico y manteniendo su funcionalidad.

4.9. Obras de rehabilitación: Tienen la misma naturaleza que las obras de restauración, salvo que no se mantiene la funcionalidad del inmueble, sino que se introduce otra nueva.

4.10. Grupo C:

4.11. Obras de conservación y mantenimiento: Las obras encaminadas a reparar los daños de un inmueble, originados por el paso del tiempo o el uso.

4.12. Grupo D:

4.13. Obras de demolición: Las obras de demolición, como su nombre indica, tienen por objeto la destrucción del inmueble.

5. Tipo de presupuesto Presentado

5.1. Suma Global

5.1.1. El contratista se compromete a realizar la obra por un precio total fijo que no tiene posibilidades de corregirse. Para un contrato de este tipo se necesita que la información técnica de la obra sea detallada y completa; el contratista tiende a aumentar su precio para cubrir riesgos y durante la construcción trata de reducir sus costos para aumentar su margen de ganancia.

5.2. Por Administración

5.2.1. Es aquél en el cual el constructor presenta periódicamente al propietario una factura por el monto de los materiales y una suma adicional para cubrir su nómina, las maquinarias y herramientas, más un porcentaje por costos indirectos, gastos generales y utilidad. Es muy simple de aplicar, lo cual es una ventaja indudable. Pero requiere del propietario establecer un control especial sobre la compra de materiales y la nómina.

5.3. A precio Unitario

5.3.1. La obra a ejecutar es dividida en partidas muy bien definidas, se establece: unidad de medida, método de medición, cantidad aproximada para cada partida, y luego se acuerdan precio por unidad de medida, llamados precios unitarios. El monto total a pagar al contratista provendrá de la suma de los productos de la cantidad de obra ejecutada por precios unitarios acortados, este monto total se concederá realmente al finalizar la obra.

6. Ventajas y Desventajas del contrato por obras

6.1. Ventajas

6.1.1. Es un contrato que no tiene por que tener una fecha de fin determinada, con lo que es mas facil "negociar" con el empresario una salida pactada para poder cobrar la prestación por desempleo.

6.1.2. Por otro lado, si el empresario te despide antes de que finalice la obra para la que has sido contratado, tienes mas armas con las que luchar en un hipotetico juicio. aunque tu servicio puede terminar antes que la obra completa. En ese caso, no tienes nada que hacer.

6.1.3. Si el empresario es un "vivo", que se quiere aprovechar de este tipo de contratos, encadenandolos, para no hacerte fijo, debe andarse con ojo, pues puede salirle el tiro por la culata. Si te contrata en esta modalidad para una obra determinada, solo puedes trabajar en esa obra. Si haces otra, y puedes demostrarlo, te tendra que hacer fijo, al estar el contrato en fraude de Ley.

6.2. Desventajas

6.2.1. Dependiendo de la duración, no te "sirven" para demostrar antiguedad en la empresa (Ej: A efectos de solicitar la Carrefour Pass, o la tarjeta Fnac...si los contratos son mes a mes, tu antiguedad en la empresa es de 1 solo mes, aunque demuestres con una vida laboral que llevas dos años).

6.2.2. Es el mas inestable de todos los contratos, pues te puedes ir a la calle en cualquier momento (si no tiene una fecha de fin fijada), pero encima con solo 8 días por año trabajado de indemnización.