LA QUIEBRA

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LA QUIEBRA por Mind Map: LA QUIEBRA

1. A solicitud del Deudor Art.925 CCo

1.1. Solicitara estado de quiebra acompañado de los requisitos Art. 926 Cco

1.2. Balance General de las causas que impiden al fallido presentarlo

1.3. Causas de cesacion de pago

1.4. Una memoria razonada de las causas de la quiebra

1.5. La solicitud sera presentada ante el juez competente

1.6. condiciones que determina el Estado De la Quiebra del deudor

1.7. Que sea comerciante, que no este este en estado de atraso, cesacion de pagos

2. El comerciante que no estando en atraso cesa en el pago de sus obligaciones mercantiles. Art 914C.Com

3. A solicitud del Acreedor Art.931 y 932 CCo

3.1. se da cuando de deudor no hace la manifestación correspondiente y procede a demandar:

3.2. 1-Condición del Acreedor

3.3. 2-Cualidad de Comerciante Demandado

3.4. 3-Narrar hechos y circunstancias que dan lugar a la cesación de pagos

3.5. 4-Demostrar obligaciones mercantiles

3.6. 5-La petición de declaratoria de Quiebra del Deudor previa citación del mismo

4. PROCEDIMIENTO

4.1. Introducida la demanda art 932 CCo

4.2. Se comprobará conformidad

4.3. Dictara auto Admitiendola o Rechazandola

4.4. Admitida la solicitud podrá el Juez disponer la ocupación Judicial de todos los bienes del deudor nombrando para ellos un depositario de estos.

4.5. Prohibir que se hagan pagos o entregas de mercancía al deudor

4.6. Se dará al demandado copia certificada con orden de acudir al 5to día a la hora fijada para la contestación de la demanda

4.7. Se abrirá lapso de articulación de 8 días para que las partes promuevan y evacuen pruebas(art. 934 Cco)

4.8. El Juez de Comercio o el Juez de Primera Instancia cuando el pasivo exceda de diez mil BS, Y Por el Juez Del Departamento cuando no excede de diez milbs dictará sentencia admitiendo o no (Art. 928CCo)

4.9. Sin Lugar, puede ir a apelacion y se oira en ambos efectos

4.10. Con lugar, es declarada la quiebra y se apelara en un solo efecto

4.11. Publicidad: Por medio de esta podrán los ACREEDORES, darse cuenta del estado de quiebra del mismo, y acudir a hacerse parte así como entregas también podrán saber los deudores del fallido, que no deben hacer pago o entregas de mercancía al deudor

5. Tipos de Quiebra según el Art 915. C.Com

5.1. Quiebra fortuita

5.2. Quiebra Fraudulenta

5.3. Quiebra Culpable