1. Cap. VII distinciones académicas
1.1. Art 7.1 Solo el 10% de los alumnos con promedio mayor a 90 reciben mencion honorifica y solo el 5% reciben mencion honorifica de excelencia
1.2. Art 7.2 Las meciones honorificas se pierden si has hecho una falta disiplinaria o tienes un DA
1.3. Art 7.3 si estudiaste fuera del tec pero tienes un 90 o mas en tus estudios del tec sigues siendo merecedor
2. Cap. V evaluación del aprendizaje
2.1. Articulo 5.1 El desempeño académico de los alumnos se evaluara por evaluaciones parciales y una final en cada periodo.
2.2. Articulo 5.2 La evaluación del curso debe incorporar integración de calificaciones, ponderaciones, instrumentos usados, retroalimentación, fechas de evaluaciones y criterios de evaluación.
2.3. Articulo 5.3 Todos los alumnos tienen derecho a presentar todas las evaluaciones siempre que se cumplan las políticas del curso.
2.4. Articulo 5.4 Las calificaciones serán reportadas a la Dirección de Servicios Escolares.
3. Cap. VI requisitos de graduación
3.1. Articulo 6.1 Para graduarse es necesario cumplir el plan de estudio, haber hecho el servicio social, tener dominio B2 de Ingles, presentar el Examen General para el Egreso de la Licenciatura del Centro Nacional de Evaluación para la Educación y haber cursado el 50% de las materias dentro del Tec.
3.2. Articulo 6.2 Para graduarse en modalidad internacional es necesario haber aprobado al menos 50% de las materias en un idioma extranjero, cursar dos semestres de tiempo completo en el extranjero, tener promedio de 80/100 y dominar ingles B1.
3.3. Articulo 6.3 Para graduarse por transferencia interna será el campus en que el alumno curse por lo menos doce de las ultimas dieciocho materias del plan de estudios. Si no el campus donde se cursaron la mayores de las materias quien expedirá el titulo.
3.4. Articulo 6.4 Para graduarse con doble titulación con universidades extranjeras se deberán cumplir con los requisitos legales y establecidos por las instituciones participantes. Los alumnos extranjeros serán recibidos solo con fines académicos. Por lo que no se puede solicitar cedula profesional Mexicana.
4. Cap. VIII Bajo rendimiento académico y estatus de los estudiantes
4.1. Art 8.2 El regular, todo chido te puedes reinscribir sin problemas
4.1.1. Art 8.1 Hay cinco estatus y depende de sus calificaciones finales.
4.2. Se tiene estatus condicional si; Reprobaste tres o mas materias en tu ultimo curso. O has reprobado dos materias en cada curso durante dos curso. O repruebas seis o mas materias antes de tener la mitad de tus materias acreditadas
4.2.1. Art 8.4 Deja se ser condicional si pasa todas sus materias inscritas, y se debe de inscribir a un programa de apoyo y seguimiento academico.
4.3. Art 8.5 te vuelves estatus Apoyo Academico si has reporbado tres o mas en cada periodo durante dos periodos, o dos materias en cada periodo por tres periodos o diez antes de tener la mitad de las meterias acreditadas
4.3.1. Art 8.6 dejas de ser Apoyo academico si aprobaste todas las meterias
4.4. Art 8.7 Tendras estatus de Baja Academica Si estas en el estatus de Apoyo Academico y no lo inscribes, si repruebas dos matarias o si repurevas mas de cuatro despues de haber estado en el programa de de Apoyo academico.
4.5. Art 8.8 Podra ser remitido un alumno si hubiera concluido el plan de estudios, pero sera desicion de un comite donde te diran si puedes inscribirte, no puedes inscribirte o tendras una inscripción postergada
5. Cap. IX deshonestidad académica
5.1. Art. 9.1 Actos individuales o colectivos, cometidos dentro o fuera del salón de clases con el propósito de alterar resultados de evaluación. Ejemplos: copia, plagio, suplantación de identidad, falseo de información, material o recursos no permitidos, robo o daño de propiedad intelectual, alteración de documentos académicos.
5.2. Art. 9.2 Cuando se presente un caso, dependiendo de la gravedad. el profesor podrá: 1. Asignar una calificación reprobatoria en la actividad. Amonestación verbal. 2. DA en la calificación parcial. Notificación por escrito a la Dirección de Servicios Escolares y al Director de Carrera. 3. DA en la calificación final del curso. Notificación por escrito a la Dirección de Servicios Escolares y al Director de Carrera.
5.3. Art. 9.3 Se puede separar definitiva o temporalmente al alumno del Tecnológico de Monterrey por una falta grave. Profesor -> Director de Carrera -> Comité -> Decisión
5.4. Art. 9.4 De igual forma por la acumulación de tres DA en parciales o finales. Art. 9.5 Si tienes DA pierdes derecho a mención honorífica. Si la DA es en una calificación parcial, se puede analizar el caso. Art. 9.6 Derecho a apelar una DA parcial o final hasta veinte días hábiles después de la sanción. Alumno -> Director de Carera -> Comité -> Decisión
6. Cap. X disposiciones generales y transitorios
6.1. 10.1 El conocimiento y observancia del reglamento es obligatorio para todos los alumnos. Su desconocimiento no podrá ser usado como argumento para incumplirlo. 10.2 Los Campus pueden establecer reglamentos operativos, deben ser aprobados por el Senado Académico de la Zona. 10.3 En situaciones excepcional, el Vicerrector de Normatividad Académica y Asuntos Estudiantiles podrá tomar medidas temporales diferentes a las establecidas. 10.4 El Tecnológico de Monterrey se reserva el derecho de admisión y de inscripción. 10.5 El presente reglamento deberá publicarse en los diferentes portales electrónicos del Tecnológico de Monterrey. 10.6 Aplica indistintamente para alumnos de carreras profesionales, inscritos en cursos presenciales y en línea sin importar el periodo de ingreso. 10.10 Los casos no previstos en este reglamento serán estudiados y resueltos en un Comité conformado por tres directivos o profesores representando las áreas de
7. Cap. I Admisión y Readmisión de Alumnos
7.1. 1. Resultado en prueba de admisión.
7.2. 2. Trayectoria académica previa.
7.3. 3. Logros del estudiante (previos).
7.3.1. • Entregar documentación requerida.
7.3.2. • Cumplir con los requisitos de admisión para alumnos de transferencia en caso de transferencia de campus.
7.3.3. • Comprobar conocimientos requeridos por el campus mediante exámenes de ubicación.
7.3.4. • No podrás ser admitido en dos carreras simultáneamente.
7.3.5. • Los alumnos dados de baja por bajo rendimiento académico no podrán ser readmitidos al mismo nivel académico.
8. Cap II. Revalidaciones, acreditaciones, equivalencias y transferencias
8.1. La Dirección de servicios escolares tramitare ante la SEP: la revalidación de estudios en el extranjero o la equivalencia a los estudios efectuados en una institución mexicana ajena al ITESM.
8.1.1. Para la revalidación se utilizan los términos legales: Revalidación, equivalencia, acreditación.
8.2. Solamente serán revalidadas materias impartidas por instituciones reconocidas por la SEP.
8.2.1. No podrá revalidarse una materia si el alumno previamente la curso y reprobó en el ITESM.
8.3. Las materias revalidadas deben tener una puntuación mínima de 80/100 (o su equivalente).
8.3.1. Las materias revalidadas deben de tener al menos un 80% de contenidos similares a los que imparte el ITESM.
8.4. Se pueden registrar hasta un 50% de las materias de un plan de estudios como revalidadas.
8.4.1. Si un alumno desea cursar una segunda carrera en el ITESM podrá revalidar hasta un 75% de su plan de estudios.
8.5. Los alumnos podrán cursar un máximo de 128 unidades en el extranjero (1 semestre, 2 parciales) con excepción de las carreras internacionales.
8.5.1. El alumno deberá realizar todos los procesos de revalidación durante su primer periodo escolar de ingreso o reingreso.
9. Cap.III Periodos escolares
9.1. Art 3.1 Los cursos de profesional son impartidos en períodos semestrales, excepto los programas del área de salud (semestrales o trimestrales.)
9.2. Art. 3.2 Durante el periodo de verano se ofrecen cursos intensivos de algunas de las ma- terias de los planes de estudio vigentes.
10. Cap. IV Inscripciones.
10.1. Unidades de un curso = horas de trabajo por semana
10.2. Tiene derecho a inscribirse:
10.2.1. Quien siendo alumno en el periodo semestral anterior, lo concluya sin haber sido dado de baja definitiva
10.2.2. Quien haya sido admitido o readmitido por la dirección de servicios escola- res o la dirección de admisiones.