Conceptos Básicos de Derecho Mercantilpor Rosy Gudiel
1. Características del derecho Mercantil
2. Es Consuetudinario, es que el derecho mercantil, no es una rama del derecho nueva, sino que surgimiento se remonta a muchos años atrás, y es que desde que surgieron figuras propias del comercio,
3. Es Global, ya que las actividades comerciales, no solo se realizan dentro de nuestras fronteras sino que traspasan los límites territoriales de nuestro país.
4. Es Profesional, aunque el ser comerciante no es una profesión, sin embargo la regulación implica una serie de conocimientos especializados en esa rubro, por ejemplo dentro de las ciencias jurídicas existe la posibilidad de poder especializarse en esta rama del derecho.
5. Principios Básicos del derecho comercial
6. Buena Fe: Modo sincero con que proceden las partes en los contratos de naturaleza mercantil.
7. Verdad Sabida: Se presume que las partes contratantes en materia mercantil conocen la verdad y alcance de sus derechos y sus obligaciones.
8. Toda prestación se presume onerosa: Nada es gratuito, sino que todo debe tener una contraprestación económica
9. Intención de lucro: En el actuar del comerciante siempre hay la intención de obtener ganancia
10. Derecho Mercantil
11. “El conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a los comerciantes en su ejercicio de su profesión”.
12. Diferencia entre persona natural y jurídica
13. Persona Natural: Es una persona, como tú y como yo, que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Al constituir una empresa como Persona Natural, este asume a título personal todas obligaciones de la empresa. Esto implica que el inscrito asume la responsabilidad y garantiza con todo su patrimonio y los bienes a su nombre, las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.
14. Persona Jurídica: Es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre propio de la empresa creada. A diferencia de persona natural, es la empresa y no el dueño quien asume todas las obligaciones de ésta. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre.