EL DESLINDE DE PROPIEDAD CONTIGUAS

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EL DESLINDE DE PROPIEDAD CONTIGUAS por Mind Map: EL DESLINDE DE PROPIEDAD CONTIGUAS

1. REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN

1.1. • Que las propiedades a deslindar sean contiguas o colindantes.

1.1.1. • Que las partes intervinientes sean propietarias de los inmuebles a deslindar.

1.1.2. • Que los linderos sean desconocidos e inciertos

2. CLASES DE DESLINDE:

2.1. Deslinde Voluntario.

2.1.1. Deslinde Judicial

2.2. NATURALEZA JURÍDICA DEL DESLINDE: El derecho real que califica al deslinde como una acción real, no declarativa de la propiedad, se encuentra contenido en el Título III del Libro Cuarto del CPC, y ésta acción constituye su presupuesto en base a lo establecido en el Artículo 720.

2.3. TRIBUNAL COMPETENTE:

2.4. El Juez de Municipio, en cuya jurisdicción se encuentren los predios que quieran deslindarse; y si, por su ubicación, resultaren varios tribunales competentes, la solicitud podrá dirigirse a cualquiera de ellos siempre que se encuentre el inmueble del accionante.

2.5. En caso de solicitudes simultáneas o subsiguientes, la competencia la determinará la prevención de acuerdo al Artículo 51 del CPC, ya que los tribunales que estén interviniendo están en la obligación de emplazar a las partes "para que concurran a la operación del deslinde en el lugar, día y hora que fijará para uno de los cinco días siguientes, a la última citación que se practique (Artículo 721 del CPC).

3. ASPECTOS

3.1. Todo propietario puede obligar a su vecino al deslinde de las propiedades contiguas; y de acuerdo con lo que establezcan las leyes y ordenanzas locales, o en su defecto, los usos del lugar y la clase de la propiedad, a construir, a expensas comunes, las obras que las separen". (Artículo 550 del CCV).

4. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE DESLINDE

4.1. Es una acción petitoria.

4.2. Es una acción de orden público.

4.3. La acción de deslinde por ser de orden público, es irrenunciable.

4.4. Es imprescriptible.

4.5. Es una acción doble.

5. PROCEDIMIENTO DE DESLINDE:

5.1. Citación: El tribunal deberá emplazar a las partes que concurran al sitio o lugar que se indique, en el día hora que también se fijará, dentro de los cinco días siguientes a la última citación que se practique (Artículo 722).

5.1.1. Argumentos de las Partes: Cada parte tendrá la oportunidad de realizar los alegatos que considere conveniente con expresa indicación del lugar y criterios para la fijación de la línea divisoria. La parte citada para el acto de deslinde deberá presentar los títulos que acrediten la propiedad y cualquier otro instrumento que considere necesario para verificar los linderos.

5.1.2. Criterios o Elementos Técnicos:

5.1.3. Los accidentes encontrados, cercas, hitos, mojones, ríos, lagos y cualquier otra circunstancia preexistente que contribuya a la precisión de los límites.

5.1.4. Una indicación minuciosa de los nuevos hitos que definen los linderos.

5.1.5. La composición geológica de los terrenos y la cualidad y extensión de los mismos.

5.1.6. Las vías de comunicación.

5.1.7. El establecimiento de coordenadas U.T.M. en cartas bases topográficas aéreas.

5.1.8. La indicación de cualquier otra circunstancia que fuere útil para el levantamiento de la línea divisoria o para la identificación de la línea ya levantada.

5.2. Fijación de Linderos: Una vez oídas las exposiciones de las partes, el Tribunal procederá inmediatamente a deslindar las propiedades fijando los linderos

5.2.1. Oposición a la Fijación de Linderos: Sólo en el supuesto de que la parte interesada formule la oposición en el acto de deslinde, se pasarán los autos al Juez de Primera Instancia en lo Civil, ante quien continuará la causa por el procedimiento ordinario, entendiéndose abierta a pruebas al día siguiente del recibo del expediente.

5.3. Apelación: La decisión que dicte Primera instancia sobre la oposición o inconformidad alegada por el demandado y resuelta en el procedimiento ordinario tiene carácter de sentencia definitiva, por lo cual puede ser objeto de apelación en ambos efectos, contra la cual no es procedente alegar que con ella se estaría validando una tercera instancia.

5.3.1. Employee