Positivismo en la Armonización de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del E...

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Positivismo en la Armonización de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, de acuerdo a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. por Mind Map: Positivismo en la Armonización de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, de acuerdo a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

1. HIPÓTESIS

1.1. No partimos de una hipotesis como se explica en la metodología, ya que pretendemos comprender el fenómeno descubriendo conocimiento, explicando que sucede y sucedió, y si fue una una intención utópica el proposito de la armonización; así como conocer el impacto de sus disposiciones, refiriendonos a ello como el positivismo de la Ley.

2. MARCO TEÓRICO

2.1. Conceptos

2.2. Positivismo jurídico: Concepción particular del derecho que vincula el fenómeno jurídico a la formación de un poder soberano

2.3. Leyes generales: son normas expedidas por el Congreso de la Unión que distribuyen competencias entre los distintos niveles de gobierno en las materias concurrentes y que sientan las bases para su regulación, buscando ser la plataforma mínima a partir de la cual desde las instancias legislativas puedan emitir la normativa que les corresponda tomando en cuenta la realidad social de la Federación y de las entidades federativas, y de ser el caso poner un mayor énfasis en determinados aspectos que sean preocupantes para una región específica.

2.4. Entidad federativa: La comprendida como una unidad territorial que en unión de otras entidades conforman a una nación, y que estas unidades pueden participar en las actividades nacionales y actuar unilateralmente, con un alto grado de autonomía, en las esferas autorizadas en la Constitución, incluso en relación con cuestiones decisivas y, en cierta medida, en oposición a la política nacional, sus poderes son efectivamente irrevocables.

2.5. Leyes: Un cuerpo de reglas decretadas, acostumbradas y reconocidas por una comunidad como obligatorias, al igual que como una norma jurídica por la que el Estado se dirige a sus gobernados para fijar los límites de lo permitido pues es una cualidad de toda ley, en sentido material el poner límites a la libertad personal en general y a la propiedad en especial. Desde un punto de vista puramente formal es lo acordado por los órganos legislativos competentes dentro del procedimiento legislativo prescrito, y retomando el tema del dentro del derecho positivo mexicano, la ley debe ser justa, bilateral, general, obligatoria y coercitiva

2.6. Ley Reglamentaria: Podemos definirla como la que desarrolla, precisa y sanciona uno o varios preceptos de la Constitución, con el fin de enlazar los conceptos y construir los medios necesarios para su aplicación, la reglamentación también puede recaer en códigos u otras leyes ordinarias, federales o locales, siempre que los ordenamientos reglamentarios hagan referencia a los preceptos de los cuerpos legislativos a los que regulan

3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

3.1. La problemática radica en el cumplimiento del propósito de armonización, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, ordenada a partir de la expedición de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, versus la flexibilidad otorgada a las legislaturas de las entidades federativas, que en el caso particular se atenderá a la del Estado de Jalisco, ya que dicha armonización tiene que reflejar las necesidades y realidad de la sociedad de nuestro Estado, debiéndosenos entregar como producto final una normatividad homogénea al orden federal, sin embargo no es el único propósito a verificar, pues relevante resulta dilucidar si las disposiciones contenidas en el mismo son positivas, posibles y eficientes, lo cual resulta imperioso para el ejercicio de nuestro derecho al acceso a la información, que al ser reconocido como un derecho fundamental debe estandarizarse para operar en un plano de igualdad para todos los peticionarios de información del país.

4. METODOLOGÍA

4.1. *Estrategia metodológica del diagnóstico del tema sujeto a investigación

4.1.1. Estudio del tipo exploratorio, toda vez, que el objetivo es examinar un tema o problema de investigación que no ha sido abordado antes, como lo es el fenómeno de la armonización de las leyes de transparencia, derivado de la heterogeneidad que hasta antes del 05 de mayo del 2015 ocurría entre las legislaciones de la federación

4.1.2. Para efectos de delimitación, será practicado sobre la armonización de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, con respecto a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que pretendemos determinar la tendencia desencadenada con el proceso, e identificar las relaciones potenciales entre variables establecidas entre lo previsto en la ley con anterioridad a la expedición de la Ley General, con el producto que el legislativo del estado de Jalisco entrega a la sociedad jalisciense, al volverse derecho positivo para sus ciudadanos.

4.1.3. Ya que la armonización y el positivismo son fenómenos y situaciones que no son posibles medir a través de una investigación cuantitativa a través de la recopilación de datos o basándonos meramente en análisis estadísticos, si no que pretendemos comprender el fenómeno descubriendo conocimiento, explicando que sucede, si fue una intención utópica el propósito de la armonización de estas Leyes de Transparencia, considerándolo en toda su extensión, sin dejar de ser un estudio de pequeña escala, ya que no partimos de una hipótesis, ya que se iniciará de una recopilación de datos que nos permita analizar para comprender y explicar la realidad de nuestro objeto de estudio.

5. JUSTIFICACIÓN

5.1. La legislación en materia de transparencia que tiene injerencia en la vida política y social de los habitantes del estado de Jalisco se encuentra en una transición importante en nuestro país, donde algunos pretendieron si lo podemos llamar así, una colegiación, mientras el legislador que expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública tuvo la intención de una homogeneización, claro, partiendo de la constitucionalizaron del derecho de acceso a la información y protección de datos personales, lo cual, mas allá de verificar si la armonización de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Jalisco y sus municipios fue hecha en tiempo, plasma la interrogante, si dicha armonización en su positivismo, hace efectiva la garantía al acceso a la información, si cumple con el propósito armonizador del legislador federal, si aprovecho el legislador de nuestro estado de Jalisco la posibilidad de regionalizar nuestras necesidades en materia de transparencia.

6. ANTECEDENTES

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6.2. Además de la evolucion que se ha tenido en las legislaciones en Materia de transparencia, en México, que se puede advertir en un diagrama en línea cronológica insertada en el punto anterior.

6.2.1. 20 de diciembre del 2001, se aprueba la primera Ley de Transparencia e Información pública en Jalisco, entrando en vigor el 21 de Mayo del 2001.

6.2.2. 16 de Diciembre del 2004 se expide la segunda Ley de Transparencia e Información Pública en el estado de Jalisco, la cual entro en vigor el 01 de Julio del 2005.

6.2.3. 02 de Julio del 2005 se creó el ITEI.

6.2.4. 06 de Junio del 2006 se reforma el artículo 6 Constitucional, estableciendo los principios rectores.

6.2.5. 01 de Junio del 2009 Reforma al artículo 16 Constitucional, que garantiza la protección a los datos personales.

6.2.6. 08 de diciembre del 2008, aprueba el Congreso de Jalisco la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco. El 01 de Abril entra en vigor la tercera Ley.

6.2.7. 04 de Mayo del 2014 se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; establece principios, bases y procedimientos de un derecho homogénero en el país. El 20 de diciembre del 2015, entran en vigor las reformas a la Ley.

6.2.8. 10 de noviembre se publican las reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios. Ley Armonizada, con la Ley General de Transparencia.

7. OBJETIVOS

7.1. Verificar si el producto legislativo, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, expedida el 20 de diciembre del 2015, fue realizada en armonización respecto a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y si sus normas son positivas o efectivas en su materialización.