Responsabilidad Penal del Adolescente

Actividad Saia Profesora Eleana Santander SAIA C José Uzcategui

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Responsabilidad Penal del Adolescente por Mind Map: Responsabilidad Penal del Adolescente

1. SANCIONES

1.1. Amonestación

1.2. Imposición de reglas de conducta

1.3. Servicios a la comunidad

1.4. Libertad asistida

1.5. Privación de libertad

2. PROCEDENCIA DE OTRAS MEDIDAS CAUTELARES

2.1. La privación preventiva de libertad como bien se ha afirmado, es una medida cautelar excepcional, y que se decretará en el sentido más amplio que pueda y debe otorgársele

2.2. Se debe evitar la aplicación de la privación cuando pueda acordarse otra medida menos gravosa de posible cumplimiento

2.3. Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, expresa en forma imperativa al juez competente, la imposición de alguna de las siguientes medidas

2.4. a) Detención en su propio domicilio o en Custodia de otra persona, o con la vigilancia que el tribunal disponga. b) Obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, que informará regularmente al tribunal. c) Obligación de presentarse periódicamente ante el tribunal o la autoridad que éste designe. Etc.

3. ACUSACIÓN Y AUDIENCIA PRELIMINAR

3.1. Se proyecta en la fase intermedia una vez preparada toda la investigación

3.2. El adolescente puede estar privado de su libertad, entonces el juzgador debe colocar a disposición las actuaciones recogidas, en esta oportunidad las partes conocerán las evidencias colectadas en la investigación

3.3. En un plazo determinado de cinco días y dentro de los diez días después el juez convocará a las partes para acudir a la audiencia correspondiente

3.4. El día señalado se realizará la audiencia, se dispondrá la práctica de la prueba propia de la audiencia preliminar y se dará tiempo suficiente para que cada parte fundamente sus pretensiones

3.5. El juez intentará la conciliación, cuando ella sea posible, proponiendo la reparación integral del daño social o particular causado.

4. DETENCIÓN JUDICIAL EN CASO DE FLAGRANCIA Y FASE DE LA INVESTIGACIÓN

4.1. El adolescente detenido en flagrancia será conducido de inmediato ante el Fiscal del Ministerio Público

4.2. El Fiscal del Ministerio Público dentro de las 24 horas siguientes lo presentará al Juez de Control y le expondrá cómo se produjo la aprehensión

4.3. El juez resolverá, en la misma audiencia, si convoca directamente a juicio oral para dentro de los diez días siguientes.

4.4. El Fiscal y, en su caso, el querellante, presentará la acusación directamente en la audiencia de juicio oral

4.5. En la audiencia fijada para la presentación del detenido en flagrancia, se debe inculcar al mismo al cumplimiento de una medida cautelar de comparecencia al juicio

5. DETENCIÓN JUDICIAL EN CASO DE IDENTIFICACIÓN

5.1. El adolescente que no se haya identificado civilmente y del cual existe duda razonable de su verdadera identificación

5.2. Este tipo de detención no se encuentra debidamente establecido en la constitución nacional y para el proceso penal ordinario este no es procedente, atendiendo sin duda alguna a la condición de adolescencia

5.2.1. El Juez de Control tiene la potestad de decretar la privación judicial preventiva por el lapso de noventa y seis (96) horas hasta tanto se verifique su verdadera identidad

6. DETENCIÓN JUDICIAL PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR

6.1. El Ministerio Público solicitará al Juez de Control que en virtud de las resultas del proceso, se prive de la libertad al adolescente como fin último del proceso

6.2. Debe ser presentado ante el Juez de Control en un lapso no mayor de 24 horas, según lo pautado en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Proteccion del Niños, Niñas y Adolescentes

6.3. Si el adolescente cumple las obligaciones pactadas en el plazo fijado, el o la Fiscal del Ministerio Público solicitará al Juez de Control el sobreseimiento definitivo. En caso contrario, presentará acusación

6.4. En el transcurso de esta fase de la investigación, tanto para el adolescente como para el adulto, se pueden aplicar las fórmulas de solución anticipada