LAS PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO

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LAS PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO por Mind Map: LAS PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO

1. ADMISIÓN

1.1. Lapso utilizado por el juez para admitir todas las pruebas aunque estas no sean pertinentes, ni legales esto de acuerdo al principio de "libre admisibilidad de la prueba", si embargo luego de vencido el plazo de tres (03) días hábiles el juez se reserva tres (03) más para evacuar las pruebas

1.1.1. El juez puede dictar auto para promoción de pruebas (15 días hábiles para promoción de pruebas)

2. EVACUACIÓN

2.1. Su finalidad es descubrir si las pruebas presentadas son relacionadas con el caso, si tienen relevancia o no para tomar la decisión definitiva.

3. VALORACIÓN EN EL PROCESO EN PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA

3.1. Determina la eficacia probatoria de los diversos medios de prueba admitidos, a los procedimientos establecidos para su producción, así como, a su valor probatorio

3.1.1. Libre Convicción

3.1.2. Prueba Legal o Tasada

3.1.3. Sana Crítica

4. RECURSO DE CASACIÓN

4.1. 10 DIAS DE DESPACHO (Art, 314 CPC)

4.1.1. Auto de admisión

4.1.1.1. Dia inmediato siguiente

4.1.1.1.1. Formalización del recurso . (40 dias consecutivos mas el término de la dstancia) Art. 315 y 317 CPC

4.2. Auto denegatorio

4.2.1. Proposición del Recurso de Hecho (5 Dias de despacho (Art.316 CPC)

4.2.1.1. Decisión de la Sala de Casación Cvil

4.2.1.2. Admisión del recurso. Se abre el lapso para su formalización

4.2.1.3. Negación del recurso. Se envía el expediente al tribunal de ejecución después de los 10 días del anuncio ( Art, 316 CPC)

5. l

5.1. CONCEPTO

5.2. Es la actividad ejercida por las partes dirigidas a crear en el juez la convicción de la verdad o falsedad de los hechos alegados en la demanda o en la contestación

5.3. TIPOS

5.3.1. Prueba por Escrito (Art. 1.355 CC) -Prueba de Testigos (Art.1.387 CC) - Confesión (Art.1.400 CC) -Juramento (Art.1406 CC) - Experticia (Art.1422 CC) -Inspección Ocular (Art.1.428.CC)

5.4. CARACTERÍSTICAS

5.4.1. Permite al juez formular la proposición

5.4.2. Son el vehículo imprescindible a través del cual los hechos se introducen en el proceso

5.4.2.1. La prueba tiene por finalidad obtener la formación del convencimiento o la certeza subjetiva del juez acerca de los hechos del proceso

5.4.2.2. La prueba tiene como fin la fijación de los hechos en el proceso

5.4.2.3. El objeto de la prueba reposa en la certeza de las alegaciones (afirmaciones o negaciones)

5.4.3. El objeto de la prueba reposa en la certeza de las alegaciones (afirmaciones o negaciones)