1. Durante el proceso penal deberá haber igual procesal entre las partes, mismo que hace referencia a la igualdad de oportunidades, es decir; no debería haber preferencias para alguna de las partes, de igual modo no deberá haber discriminación de ningún tipo ya sean sociales, económicas, de identidad, etc.
2. Podríamos precisar que la víctima es la persona directa sobre quien se realiza la afectación y en el caso que nos ocupa hablamos de una afectación jurídica, es decir; una acción que se encuentre tipificada como delito por las Legislación.
3. Según el diccionario jurídico Omeba victima es: “Es la persona que sufre un daño por culpa ajena o por caso fortuito, entendiéndose por daño, el detrimento, menoscabo, lesión o perjuicio, que de cualquier modo se provoca.
4. La victima debe tener acceso a la Justicia y para que este sea efectivo se presupone que la víctima conozca acerca del mecanismo para reclamar su derecho, por tanto hablamos de que se le brinde una asesoría jurídica que pueda permitirle a la víctima el conocimiento a fondo de sus posibilidades para ejercer su derecho a la Justicia.