1. CAPITULO 15 GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL
1.1. Notas. 1.– Este Capítulo no comprende: a) el tocino y grasa de cerdo o de ave, de la partida 02.09; b) la manteca, grasa y aceite de cacao (partida 18.04); c) las preparaciones alimenticias con un contenido de productos de la partida 04.05 superior al 15 % en peso (generalmente Capítulo 21); d) los chicharrones (partida 23.01) y los residuos de las partidas 23.04 a 23.06; e) los ácidos grasos, las ceras preparadas, las grasas transformadas en productos farmacéuticos, pinturas, barnices, jabón, preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, los aceites sulfonados y demás productos de la Sección VI; f) el caucho facticio derivado de los aceites (partida 40.02). 2.– La partida 15.09 no incluye el aceite de aceituna extraído con disolventes (partida 15.10). 3.– La partida 15.18 no comprende las grasas y aceites, ni sus fracciones, simplemente desnaturalizados, que permanecen clasificados en la partida de las correspondientes grasas y aceites, y sus fracciones, sin desnaturalizar. 4.– Las pastas de neutralización, las borras o heces de aceite, la brea esteárica, la brea de suarda y la pez de glicerol, se clasifican en la partida 15.22.
1.1.1. 1501 Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo) y grasa de ave, excepto las de las partidas 02.09 ó 15.03.
1.1.1.1. Las grasas de la presente partida se pueden obtener por cualquier procedimiento, por ejemplo: por fusión, prensado o extracción mediante disolventes; el procedimiento normalmente utilizado es la fusión (con vapor, a baja temperatura o por vía seca). En el procedimiento de fusión por vía seca, una parte de la grasa se separa como consecuencia de la acción de la alta temperatura alcanzada, otra parte resulta del prensado y se añade a la parte drenada. En algunos casos, el resto de grasa contenida en los residuos se puede extraer con disolventes. A reserva de lo dispuesto, en las consideraciones que preceden, esta partida comprende: – la manteca de cerdo, grasa comestible, sólida o semisólida, blanda y cremosa, de color blanco, obtenida a partir del tejido adiposo de los cerdos. Según el procedimiento de obtención y el tejido adiposo utilizado, resultan diversos tipos de manteca de cerdo. Por ejemplo, la mejor calidad de manteca de cerdo se obtiene generalmente por fusión por vía seca a partir de la grasa interna del abdomen del cerdo. La mayoría de las mantecas de cerdo están desodorizadas y, en algunos casos, pueden añadirse antioxidantes para evitar que se enrancie. Permanece comprendida en esta partida la manteca de cerdo que contenga pequeñas cantidades añadidas de hojas de laurel u otras especias, insuficientes para modificar su carácter esencial, perteneciendo a la partida 15.17 las mezclas o preparaciones alimenticias que contengan manteca de cerdo. – las demás grasas de cerdo, incluida la grasa de huesos y la de desechos; – la grasa de ave, incluida la de huesos y la de desechos. Cuando se extrae de los huesos frescos, la grasa de huesos tiene la consistencia del sebo y es de color blanco o apenas amarillento y olor a sebo; pero cuando no se han utilizado huesos frescos, se presenta como una grasa blanda, granulosa, coloreada de amarillo sucio o pardo y olor desagradable. Esta grasa se utiliza en la industria del jabón o de las velas y para la preparación de lubricantes. La grasa de desechos se extrae de despojos o de algunos de sus desperdicios o residuos (como los restos resultantes de la limpieza de lenguas, panzas, etc.) o de residuos de la preparación o limpieza de pieles. La grasa de desechos presenta, en general, las características siguientes: color oscuro, olor desagradable, elevado contenido de ciertos productos, en particular, ácidos grasos libres (ácidos oleico, palmítico, etc.), colesterol, impurezas, temperatura de fusión más baja que la de la manteca de cerdo u otras grasas de esta partida. Se emplea principalmente en usos técnicos. Estas grasas pueden presentarse en bruto o refinadas, efectuándose el refinado por neutralización, tratamiento con tierra de batán, insuflado de vapor de agua recalentado, filtración, etc. Estos productos se utilizan en alimentación, fabricación de ungüentos, pomadas, jabones, etc. Se excluyen, además, de esta partida: a) El tocino sin partes magras, así como la grasa de cerdo o de ave, sin fundir ni extraer de otro modo, de la partida 02.09. b) El aceite de manteca de cerdo y la estearina solar (partida 15.03). c) La grasa de animales distintos de los comprendidos en la presente partida (partidas15.02, 15.04 o 15.06). d) El aceite de huesos de la partida 15.06. e) Los sucedáneos de la manteca de cerdo (partida 15.17).
1.1.1.1.1. 150100 SUPRIMIDA
1.1.1.1.2. 150110 - Manteca de cerdo.
1.1.1.1.3. 150120 - Las demás grasas de cerdo.
1.1.1.1.4. 150190 - Las demás.
1.1.2. 1502 Grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina, excepto las de la partida 15.03.
1.1.2.1. nota El sebo está constituido por la grasa que rodea las vísceras y los músculos de los animales de las especies bovina, ovina o caprina. El sebo de la especie bovina es la más importante. La presente partida comprende el sebo en bruto, llamado en rama (fresco, refrigerado, congelado), salado o en salmuera, seco o ahumado, así como las grasas (sebos) fundidas. Los procedimientos de fusión utilizados son los mismos que los seguidos para obtener las grasas de la partida 15.01. También están aquí comprendidas las grasas obtenidas por presión o por extracción con disolventes. El sebo de mejor calidad es el primer jugo, grasa sólida de color blanco o amarillento, casi inodoro cuando es de recién obtención, con olor rancio característico después de envejecer con el aire. El sebo está formado casi exclusivamente por glicéridos de los ácidos oleico, esteárico y palmítico. El sebo se utiliza para la preparación de grasas alimenticias o de lubricantes, en la industria del jabón o de las velas, en el engrasado de cueros, en la preparación de productos para la alimentación animal, etc. Está también comprendida aquí la grasa de huesos y la de desechos de animales de las especies bovina, ovina o caprina. Las indicaciones relativas a las grasas correspondientes que figuran en la Nota explicativa de la partida 15.01, también son válidas para las grasas de esta partida. También se excluyen de la presente partida: a) La oleoestearina, oleomargarina y el aceite de sebo (partida 15.03). b) La grasa de équidos (partida 15.06). c) La grasa de huesos y la de desechos de animales de especies distintas de las comprendidas en esta partida (partidas 15.01, 15.04 o 15.06). d) El aceite de origen animal (por ejemplo, aceite de pie de buey y aceite de huesos de la partida 15.06). e) Algunas grasas vegetales, llamadas sebos vegetales, por ejemplo el sebo vegetal de China (grasa vegetal extraída de las semillas de estillingia) y el sebo de Borneo (grasa vegetal extraída de numerosas plantas de Indonesia) (partida 15.15).
1.1.2.1.1. 150200 SUPRIMIDA
1.1.2.1.2. 150210 - Sebo.
1.1.2.1.3. 150290 - Las demás.
1.1.3. 1503 Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo.
1.1.3.1. nota Esta partida comprende los productos obtenidos por prensado de la manteca de cerdo (por ejemplo, estearina solar, aceite de manteca de cerdo) o de sebo (por ejemplo, oleomargarina, aceite de sebo, oleoestearina). En estos procedimientos de prensado, la manteca de cerdo o el sebo se colocan durante tres o cuatro días en cubas calientes, en las que la estearina solar o la oleoestearina adquieren su estructura cristalina. A continuación, se prensa la masa granulosa resultante para separar los aceites de las estearinas. Este prensado difiere del realizado en la vía seca por efectuarse a temperaturas más altas y permitir la separación de las grasas residuales de otras materias animales, como proteínas, tejidos conjuntivos, etc. Los productos de la presente partida se pueden obtener también por otros métodos de fraccionamiento. La parte sólida que queda después del prensado de la manteca u otras grasas de cerdo prensadas o fundidas consiste en una grasa blanca llamada estearina solar. La estearina solar comestible se utiliza en particular mezclada con la manteca de cerdo para hacerla más homogénea y consistente (partida 15.17). La estearina solar no comestible se utiliza como lubricante o como materia prima para la fabricación de glicerol, estearina u oleína. El aceite de manteca de cerdo es un producto obtenido por prensado en frío de la manteca o demás grasas de cerdo prensadas o fundidas. Es un líquido amarillento con ligero olor a grasa y sabor agradable, que se utiliza en alimentación, en determinados procesos industriales (trabajo de lana, manufactura de jabones, etc.) o como lubricante. La oleomargarina comestible es una grasa blanca o amarillenta, de consistencia blanda, con ligero olor a sebo y sabor agradable, estructura cristalina, susceptible de transformarse en granulosa después de un laminado o calandrado. Está formada en gran parte por glicéridos del ácido oleico (trioleína). Se usa principalmente en la fabricación de productos alimenticios del tipo margarina o sucedáneos de manteca de cerdo y en la preparación de lubricantes. El aceite de sebo (oleomargarina no comestible), también comprendido aquí, es una variedad de oleomargarina líquida o semilíquida, amarillenta, con olor a sebo; expuesta al aire se enrancia muy fácilmente. El aceite de sebo se utiliza en la fabricación de jabón y, mezclado con aceites minerales, como lubricante. La parte más sólida que queda después de la separación de la oleomargarina y del aceite de sebo, llamada oleoestearina o sebo prensado, está constituida principalmente por una mezcla de glicéridos de los ácidos esteárico y palmítico (triestearina y tripalmitina). Se presenta generalmente en panes o tabletas de consistencia dura y frágil; es blanca, inodora e insípida. Los productos emulsionados, mezclados o preparados de otro modo, se clasifican en las partidas 15.16, 15.17 o 15.18.
1.1.3.1.1. 150300 Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo.
1.1.4. 1504 Grasas y aceites, y sus fracciones, de pescado o de mamíferos marinos, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.4.1. nota En esta partida están comprendidos la grasa y los aceites y sus fracciones procedentes de varias especies de pescados (bacalao, halibut (fletán), menhaden, arenque, sardina, anchoa, salmón, etc.) o de mamíferos marinos (ballena, cachalote, delfín, foca, etc.). Se extraen del cuerpo entero de los animales, del hígado, o de sus desechos. Tienen generalmente el olor especial y característico de pescado y un sabor desagradable; el color natural puede variar del amarillo al pardo rojizo. Del hígado de bacalao, de halibut (fletán) u otros pescados, se extrae un aceite muy rico en vitaminas y otros compuestos orgánicos que permiten su uso en medicina. Este aceite se clasifica en la presente partida aunque haya sido simplemente enriquecido con vitaminas o irradiado; pero emulsionado o con adición de otras sustancias para uso terapéutico o presentado en acondicionamiento farmacéutico, se clasifica en el Capítulo 30. La partida comprende también la estearina de pescado, parte sólida del aceite de pescado refrigerado, obtenida por presión y decantación. Este producto, de color amarillento o pardo y olor más o menos fuerte a pescado, se utiliza en la preparación de degrás, lubricantes o jabón de calidad inferior. La grasa y aceite de pescado o mamíferos marinos, refinados, se clasifican en esta partida; hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados total o parcialmente, están comprendidos en la partida 15.16.
1.1.4.1.1. 150410 - Aceites de hígado de pescado y sus fracciones.
1.1.4.1.2. 150420 - Grasas y aceites de pescado y sus fracciones, excepto los aceites de hígado.
1.1.4.1.3. 150430 - Grasas y aceites de mamíferos marinos y sus fracciones.
1.1.5. 1505 Grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina.
1.1.5.1. nota La grasa de lana en bruto o suarda (suintina) es la grasa pegajosa de olor francamente desagradable, extraída de las aguas jabonosas utilizadas en el desengrasado de la lana o en el batanado de los paños. También se puede extraer de la lana sucia por medio de disolventes volátiles (disulfuro de carbono, etc.). Como no contiene glicéridos, debe considerarse más como cera que como grasa. Se utiliza para preparar directamente lubricantes o para otros usos industriales; pero se emplea principalmente como lanolina (grasa depurada) y en la extracción de oleína de suarda o estearina de suarda. La lanolina se obtiene por depuración de la suarda y tiene la consistencia de un ungüento. Es de color blanco amarillento o pardo (marrón) según el grado de refinado, poco alterable al aire y presenta un ligero olor característico. Es muy soluble en alcohol hirviendo e insoluble en agua, sin embargo, puede absorber gran cantidad de agua transformándose en una emulsión de consistencia pastosa conocida con el nombre de lanolina hidratada. La lanolina anhidra se utiliza principalmente para preparar lubricantes, aceites emulsionables o aprestos. Hidratada o emulsionada, la lanolina se emplea sobre todo en la preparación de ungüentos o cosméticos. También se clasifican en la presente partida la lanolina ligeramente modificada, que conserve las características esenciales de lanolina, y los alcoholes de suarda (también conocidos como alcoholes de lanolina y que son mezclas de colesterol, isocolesterol y otros alcoholes superiores). Se excluyen de la presente partida los alcoholes de constitución química definida (generalmente, Capítulo 29) y las preparaciones a base de lanolina, por ejemplo, lanolina adicionada de sustancias medicamentosas o perfumada (partidas 30.03, 30.04 o Capítulo 33). También se excluye la lanolina modificada químicamente hasta el punto de perder el carácter esencial de lanolina, por ejemplo, la lanolina etoxilada hasta hacerla hidrosoluble (partida 34.02, generalmente). Por destilación de la suarda, realizada con vapor de agua y seguida de un prensado, se puede separar un producto líquido, un producto sólido y un residuo. El primero, llamado oleína de suarda, es un líquido más o menos turbio de color pardo rojizo con ligero olor a suarda, soluble en alcohol, éter dietílico, gasolina, etc. La oleína de suarda se utiliza en la hilatura como producto de ensimado. La parte sólida, llamada estearina de suarda, es una materia de aspecto céreo, color amarillo pardo, fuerte olor a suarda, soluble en alcohol hirviendo y en otros disolventes orgánicos. Se emplea en la industria de pieles, para preparar lubricantes o grasas adhesivas y para fabricar velas o jabón. El residuo de la destilación de la suarda, llamado pez de suarda o brea de suarda, se clasifica en la partida 15.22.
1.1.5.1.1. 150500 Grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina.
1.1.6. 1506 Las demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.6.1. nota En la presente partida se clasifican todas las grasas y aceites de origen animal y sus fracciones, excepto los que correspondan a la partida 02.09 o partidas anteriores del presente Capítulo. Comprende, pues, todas las grasas de origen animal que no procedan del cerdo, de las aves, bovinos, ovinos, caprinos, pescados ni mamíferos marinos y todos los aceites de origen animal, excepto el de manteca de cerdo, oleomargarina, aceite de sebo, aceites obtenidos a partir de pescado o mamíferos marinos y los procedentes de grasa de lana o suarda. Comprende, principalmente: 1) La grasa de équidos, de hipopótamo, oso, conejo, cangrejo de río, tortuga, etc. (incluida la grasa obtenida a partir de los huesos, médula ósea o despojos de estos animales). 2) El aceite de pie de buey, de caballo o de carnero, que se obtiene por prensado en frío de la grasa que resulta del tratamiento con agua hirviendo de los huesos situados entre el casco o la pezuña y el corvejón de los animales de las especies bovina, equina u ovina. Son aceites de color amarillo pálido, sabor dulzón, inalterables al aire y que, por esta causa, se utilizan sobre todo como lubricantes en mecanismos delicados (relojes, máquinas de coser, armas de fuego, etc.). 3) El aceite de huesos, obtenido por tratamiento de huesos con agua caliente o por prensado de la grasa de huesos, que es líquido o semilíquido, amarillento, inodoro y se enrancia con dificultad. Se utiliza como lubricante en mecanismos delicados y para el trabajo de pieles. 4) El aceite extraído de la médula de huesos, producto blanco o amarillento que se utiliza en farmacia o perfumería. 5) El aceite de yema de huevos, que se obtiene de las yemas cocidas, por prensado o extracción con disolventes. Es un aceite límpido de color amarillo dorado o ligeramente rojizo que huele a huevo cocido. 6) El aceite de huevos de tortuga, de color amarillo claro e inodoro, empleado en la alimentación. 7) El aceite de crisálidas, extraído de las crisálidas del gusano de seda, que es un aceite pardo rojizo de olor fuerte y muy desagradable utilizado en la industria del jabón. Se excluyen de esta partida: a) Las grasas de cerdo y de ave (partidas 02.09 o 15.01). b) La grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina (partida 15.02). c) La grasa y aceite de pescado o de mamíferos marinos y sus fracciones (partida 15.04). d) Los productos que consistan principalmente en bases pirídicas (aceite de Dippel llamado, a veces, aceite de huesos) (partida 38.24).
1.1.6.1.1. 150600 Las demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.7. 1507 Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
1.1.7.1. nota El aceite de soja (soya) se obtiene por extracción a partir de los frijoles (habas, porotos, fréjoles) de soja (soya) (Glycine max) mediante prensas hidráulicas o de tornillo o incluso con disolventes. Es un aceite secante fijo de color amarillo pálido que se utiliza en la alimentación humana o en determinadas industrias (por ejemplo, fabricación de margarina, aderezos de ensaladas, fabricación de jabón, pinturas, barnices, plastificantes y resinas alcídicas). Esta partida comprende, asimismo, las fracciones de aceite de soja (soya). Sin embargo, la lecitina de soja (soya), que se obtiene del aceite de soja (soya) en bruto durante el refinado, se clasifica en la partida 29.23.
1.1.7.1.1. 150710 - Aceite en bruto, incluso desgomado.
1.1.7.1.2. 150790 - Los demás.
1.1.8. 1508 Aceite de cacahuate (cacahuete, maní) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
1.1.8.1. nota El aceite de cacahuate (cacahuete, maní) es un aceite no secante que se obtiene a partir del cacahuate (cacahuete, maní) común (Arachis hypogaea) por extracción con disolventes o por presión. El aceite filtrado y refinado se utiliza, por ejemplo, como aceite de cocina o en la fabricación de margarina. Las calidades inferiores se utilizan para fabricar jabón o lubricantes. o
1.1.8.1.1. 150810 - Aceite en bruto.
1.1.8.1.2. 150890 - Los demás.
1.1.9. 1509 Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
1.1.9.1. nota El aceite de oliva es el aceite obtenido a partir del fruto del olivo (Olea europaea L.). La presente partida comprende: A) El aceite de oliva virgen, que se obtiene a partir de la oliva o aceituna únicamente por procedimientos mecánicos u otros procedimientos físicos (por ejemplo, presión) en condiciones térmicas, que no impliquen, la alteración del aceite. No debe haber sido sometido a tratamientos distintos del lavado, decantación, centrifugación o filtración. El aceite de oliva virgen incluye: 1°) El aceite de oliva virgen apto para el consumo en ese estado. Es de color claro, entre amarillo y verde, con olor y sabor peculiares. 2°) El aceite de oliva lampante, que tiene olor y sabor defectuosos o un contenido de ácidos grasos libres (expresado en ácido oleico) superior a 3.3 g por 100 g o que presenta ambas características. Puede utilizarse tal cual en usos técnicos o, después de refinado, en la alimentación humana. B) El aceite de oliva refinado, que se obtiene a partir del aceite de oliva virgen considerado en el apartado A) anterior mediante técnicas de refinado que no entrañan ni modificación de la estructura glicérida inicial del aceite ni modificación de la estructura de los ácidos grasos que lo constituyen. El aceite de oliva refinado es claro, límpido, sin sedimento, con un contenido de ácidos grasos libres (expresado en ácido oleico) inferior o igual a 0.3 g por 100 g. Es de color amarillo sin ningún olor ni sabor determinados y apto para el consumo humano tal cual o mezclado con aceite de oliva virgen. C) Las fracciones y las mezclas de los aceites considerados en los apartados A) y B) anteriores. * * * El aceite de oliva virgen del apartado A) se distingue de los aceites de los apartados B) y C) del siguiente modo: 1°) El aceite de oliva de esta partida se considera virgen si el coeficiente de extinción K 270 (determinado por el método CAC/RM 26–1970 de la Comisión del Codex Alimentario) es inferior a 0.25 o cuando es superior a 0.25, si después de tratamiento de la muestra con alúmina activada, es inferior o igual a 0.11. Los aceites con un contenido de ácidos grasos libres (expresado en ácido oleico) superior a 3.3 g por cada 100 g pueden tener un coeficiente de extinción K 270 superior a 0.11 después de pasar sobre alúmina activada. En este caso, después de neutralizados y decolorados en el laboratorio, deben tener las características siguientes: – Un coeficiente de extinción K 270 inferior o igual a 1.1. – Una variación del coeficiente de extinción en el rango de los 270 nanómetro superior a 0.01 e inferior o igual a 0.16. 2°) El aceite de oliva de la presente partida se considera refinado si el contenido de ácidos grasos libres (expresado en ácido oleico) es inferior o igual a 0.3 g por cada 100 g. La ausencia de aceites reesterificados se confirmará determinando la suma de los contenidos de ácidos palmítico y esteárico en la posición 2 en los triglicéridos (según el método IUPAC No. 2210, 6a. edición 1979). Esta suma (expresada en porcentaje del total de ácidos grasos en la posición 2) debe ser inferior a 1.5 % para el aceite de oliva virgen e inferior a 1.8 % para el aceite de oliva refinado. El aceite de oliva de la presente partida se distingue del aceite de la partida 15.10 por una reacción de Bellier negativa. En algunos casos, solo la confirmación de dioles triterpénicos contenidos en la fracción insaponificable permite evidenciar la presencia de aceite de orujo de oliva. La presente partida no comprende el aceite de orujo de oliva ni las mezclas de aceite de oliva y orujo de oliva (partida 15.10) o el aceite reesterificado obtenido a partir de aceite de oliva (partida 15.16).
1.1.9.1.1. 150910 - Virgen.
1.1.9.1.2. 150990 - Los demás.
1.1.10. 1510 Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 15.09.
1.1.10.1. nota La presente partida comprende el aceite que se obtiene de la oliva o aceituna excepto el de la partida 15.09. El aceite de la presente partida puede presentarse en bruto o refinado o tratado de otro modo, siempre que no se haya producido ninguna modificación de la estructura glicérida. Se puede citar como perteneciente a la presente partida el aceite de orujo de oliva obtenido por extracción con disolventes del orujo de oliva procedente del prensado de olivas o aceitunas para la obtención del aceite de oliva de la partida 15.09. El aceite de orujo de oliva en bruto puede convertirse en comestible por técnicas de refinado que no entrañen modificación de la estructura glicérida inicial. El aceite así obtenido es claro, límpido, de color entre amarillo y amarillo pardo, sin sedimento y exento de olor o sabor defectuosos. La partida también comprende las fracciones y mezclas de aceite o fracciones de la presente partida con aceite de oliva de la partida 15.09. La mezcla más común está constituida por aceite de orujo de oliva refinado y aceite de oliva virgen. * * * Se confirmará la ausencia de aceites reesterificados determinando la suma de los contenidos de ácido palmítico o esteárico en la posición 2 en los triglicéridos. Este contenido debe ser inferior a 2.2 % (véase la Nota explicativa de la partida 15.09). El aceite de la presente partida se distingue del aceite de la partida 15.09 por una reacción de Bellier positiva. En algunos casos, sólo la confirmación de dioles triterpénicos contenidos en la fracción insaponificable permite evidenciar la presencia de aceite de orujo de oliva. Esta partida no comprende el aceite reesterificado obtenido del aceite de oliva (partida 15.16).
1.1.10.1.1. 151000 Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 15.09.
1.1.11. 1511 Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
1.1.11.1. nota El aceite de palma es una grasa vegetal que se obtiene a partir de la pulpa de distintas palmeras de aceite. Procede esencialmente de la palmera de aceite africana (Eleais guineensis), que es originaria del Africa tropical, pero que también crece en América Central, en Malasia y en Indonesia; entre otras palmeras de aceite se pueden citar también las de la especie Elaeis melanoccoca y distintas especies de palmeras del género Acrocomia, incluyendo la palmera paraguaya (coco mbocaya), originaria de América del Sur. Este aceite se obtiene por extracción o prensado y su color difiere según su estado y si está refinado. Se diferencia del aceite de almendra de palma (partida 15.13), que se obtiene de las mismas palmeras de aceite, por su muy elevado contenido en ácidos palmítico y oleico. El aceite de palma se utiliza en la fabricación de jabón, velas, preparaciones de tocador o cosmética, como lubricante, en los baños de estañado en caliente, para la fabricación de ácido palmítico, etc. Este aceite refinado se utiliza en la alimentación, principalmente para guisar y en la fabricación de margarina. Esta partida no comprende el aceite de almendra de palma ni el de babasú (partida 15.13).
1.1.11.1.1. 151110 - Aceite en bruto.
1.1.11.1.2. 151190 - Los demás.
1.1.12. 1512 Aceites de girasol, cártamo o algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.12.1. nota A) Aceite de girasol. Este aceite, procedente de la semilla de girasol común (Helianthus annuus), es de color amarillo dorado claro. Se utiliza para el aderezo de ensaladas y participa en la composición de la margarina o sucedáneos de manteca de cerdo. Posee propiedades semisecantes que le hacen muy útil en la industria de pinturas o barnices. B) Aceite de cártamo. Las semillas de cártamo (Cartamus tinctoris), planta tintórea muy importante, proporciona un aceite secante y comestible. Este aceite se utiliza en la elaboración de productos alimenticios, farmacéuticos, resinas alcídicas, pinturas y barnices. C) Aceite de algodón. Este aceite, que es el más importante de los semisecantes, se obtiene a partir de la almendra de la semilla de varias especies del género Gossypium. El aceite de algodón se utiliza para varias finalidades industriales tales como el adobado de pieles, la fabricación de jabón, lubricantes, glicerol o compuestos impermeabilizantes y como base de cremas cosméticas. El aceite refinado puro es muy apreciado en cocina para el aderezo de ensaladas, así como para la fabricación de margarina o sucedáneos de manteca de cerdo.
1.1.12.1.1. - Aceites de girasol o cártamo, y sus fracciones: 151211 -- Aceites en bruto.
1.1.12.1.2. - Aceites de girasol o cártamo, y sus fracciones: 151219 -- Los demás.
1.1.12.1.3. - Aceite de algodón y sus fracciones: 151221 -- Aceite en bruto, incluso sin gosipol.
1.1.12.1.4. - Aceite de algodón y sus fracciones: 151229 -- Los demás.
1.1.13. 1513 Aceites de coco (de copra), de almendra de palma o de babasú, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.13.1. nota A) Aceite de coco (aceite de copra). Este aceite se obtiene de la parte carnosa seca (llamada también copra) de la nuez de coco (Cocos nucifera). También puede utilizarse la parte carnosa fresca. Este aceite, no secante, tiene color amarillo pálido o es incoloro y sólido por debajo de 25°C. El aceite de copra se utiliza para fabricar jabón, preparaciones de tocador y cosmética, grasas lubricantes, detergentes sintéticos, preparaciones para lavar o para limpieza en seco y como fuente de ácidos grasos, alcoholes grasos o ésteres metílicos. El aceite de coco refinado, que es comestible, se utiliza en la fabricación de productos alimenticios tales como margarina o complementos alimenticios. B) Aceite de almendra de palma. Este aceite, de color blanco, se obtiene de la almendra de la nuez y no de la pulpa de los frutos de las distintas palmeras de aceite, principalmente de la palmera de aceite africana Eleaeis gunieensis (véase la Nota explicativa de la partida 15.11). Este aceite es muy utilizado en las industrias de fabricación de margarina o dulcería por su olor agradable y sabor a avellana. Se utiliza también en la fabricación de glicerol, champús, jabones o velas. C) Aceite de babasú. Este aceite, que no es secante, se obtiene de la palmera babasú (Orbignya martiana y O. oleifera). Se extrae de la almendra que constituye la pepita del fruto. El aceite de babasú se utiliza en la fabricación de productos industriales tales como jabón. Refinado, se utiliza como sucedáneo del aceite de almendra de palma en productos alimenticios.
1.1.13.1.1. - Aceite de coco (de copra) y sus fracciones: 151311 -- Aceite en bruto.
1.1.13.1.2. - Aceite de coco (de copra) y sus fracciones: 151319 -- Los demás.
1.1.13.1.3. - Aceites de almendra de palma o de babasú, y sus fracciones: 151321 -- Aceites en bruto.
1.1.13.1.4. - Aceites de almendra de palma o de babasú, y sus fracciones: 151329 -- Los demás.
1.1.14. 1514 Aceites de nabo (de nabina), colza o mostaza, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.14.1. A) Aceites de nabo (nabina) o de colza. Se clasifican comercialmente como aceites de nabo (nabina) o de colza los aceites semisecantes de características similares que se extraen de las semillas de varias especies de Brassica, principalmente B. Napus (nabo) y B. Rapa (o B. campestris). Estos aceites tienen generalmente altos niveles de ácido erúcico. Esta partida también comprende los aceites de nabo (de nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico (se extraen de semillas de nabo (de nabina) o de colza especialmente desarrolladas para este fin, que contienen una pequeña cantidad de ácido erúcico), por ejemplo, aceite de colza “canola” o aceite de colza europea doble cero. Se utilizan para el aderezo de ensaladas, en la fabricación de margarina, etc. Se emplean también para fabricar productos industriales, tales como aditivos para lubricantes. El aceite refinado, conocido generalmente como aceite de colza, es también comestible. B) Aceite de mostaza. Se trata de un aceite vegetal fijo obtenido, por ejemplo, de las tres especies vegetales siguientes: mostaza blanca (Sinapsis alba y Brassica hirta), mostaza negra (Brassica nigra) o mostaza india (Brassica juncea).Generalmente, contiene altos niveles de ácido erúcico y se utiliza principalmente para la fabricación de productos farmacéuticos, para usos culinarios o en la fabricación de productos industriales.
1.1.14.1.1. - Aceites de nabo (de nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico y sus fracciones: 151411 -- Aceites en bruto.
1.1.14.1.2. - Aceites de nabo (de nabina) o de colza con bajo contenido de ácido erúcico y sus fracciones: 151419 -- Los demás.
1.1.14.1.3. - Los demás: 151491 -- Aceites en bruto.
1.1.14.1.4. - Los demás: 151499 -- Los demás.
1.1.15. 1515 Las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1.1.15.1. Esta partida comprende las grasas y aceites vegetales, y sus fracciones, simples, fijos, excepto los mencionados en los textos de las partidas 15.07 a 15.14 (véanse las Consideraciones Generales, apartado B). Entre estas grasas y aceites conviene señalar, por razón de la importancia que tienen en los intercambios internacionales, en particular los productos siguientes: 1) El aceite de linaza, que se obtiene de la semilla del lino (Linum usitatissimum), es uno de los aceites secantes más importantes. Su color varía del amarillo al pardo y el olor y sabor son acres. Al oxidarse, forma en la superficie del objeto sobre el que se ha aplicado una película elástica muy resistente. Se utiliza principalmente parala fabricación de pinturas, barnices, telas enceradas, mástiques, jabones en pasta, tintas de imprenta, resinas alcídicas o productos farmacéuticos. El aceite de linaza prensado en frío es comestible. 2) El aceite de maíz se obtiene del germen de maíz. El aceite en bruto tiene muchos usos industriales, tales como la fabricación de jabones, lubricantes o adobado del cuero. Refinado, este aceite es comestible y se utiliza para usos culinarios, pastelería, para mezclarlo con otros aceites, etc. El aceite de maíz es semisecante. 3) El aceite de ricino procede de las semillas de Ricinus communis. Se trata de un aceite no secante, espeso, en general incoloro o ligeramente coloreado que, en otro tiempo, se utilizaba principalmente como purgante pero ahora es utilizado en la industria como plastificante de lacas o nitrocelulosa, en la fabricación de ácidos dibásicos, elastómeros, adhesivos, agentes tensoactivos, fluidos hidráulicos, etc. 4) El aceite de tung (o de madera de China) se obtiene de las semillas del fruto de diferentes especies del género Aleurites, (por ejemplo, A. fordü y A. montana). Su color varía del amarillo pálido al pardo oscuro; se seca muy rápidamente y tiene cualidades de conservación y de resistencia a la humedad. Se utiliza principalmente en la fabricación de pinturas y barnices. 5) El aceite de sésamo (ajonjolí) se obtiene a partir de semillas de Sesamun indicum, que es una planta anual. Se trata de un aceite semisecante cuyas calidades superiores se utilizan para la fabricación de los productos llamados shortenings, aceites para ensaladas, margarina o productos alimenticios análogos, así como para la fabricación de productos farmacéuticos. Las calidades inferiores se utilizan con fines industriales. 6) El aceite de jojoba (o yoyoba) descrito a veces como cera líquida, incoloro o amarillento, inodoro, constituido esencialmente por ésteres de alcoholes grasos superiores, obtenido de la semilla de un arbusto del desierto, del género Simmondsia (S. californica o S. chinensis) y utilizado, por ejemplo, como sustituto del aceite de espermaceti en las preparaciones cosméticas. 7) Algunos productos designados con el nombre de sebos vegetales, en especial el sebo de Borneo y el sebo de China, procedentes del tratamiento de semillas oleaginosas. El sebo de Borneo se presenta en panes de color blanco exteriormente y amarillo verdoso en el interior, con estructura cristalina o granular; el sebo de China es una sustancia concreta de aspecto céreo, untuosa al tacto, color verdoso y olor ligeramente aromático. 8) Los productos denominados comercialmente cera de Mirica y cera del Japón, que son, en realidad, grasas vegetales. El primero de estos productos, que se recoge de las bayas de varias especies de plantas del género Mirica, se presenta en panes de aspecto céreo, color amarillo verdoso, consistencia dura y olor especial ligeramente balsámico. El segundo es una sustancia extraída de los frutos de algunas variedades de arbustos de China o Japón, de la familia de los Rhus (urushi), que se presenta en forma de tabletas o discos de aspecto céreo, color verdoso, amarillento o incluso blanco, estructura cristalina, consistencia frágil y olor ligeramente resinoso.
1.1.15.1.1. - Aceite de lino (de linaza) y sus fracciones: 151511 -- Aceite en bruto.
1.1.15.1.2. - Aceite de lino (de linaza) y sus fracciones: 151519 -- Los demás.
1.1.15.1.3. - Aceite de maíz y sus fracciones: 151521 -- Aceite en bruto.
1.1.15.1.4. - Aceite de maíz y sus fracciones: 151529 -- Los demás.
1.1.15.1.5. 151530 - Aceite de ricino y sus fracciones.
1.1.15.1.6. 151550 - Aceite de sésamo (ajonjolí) y sus fracciones.
1.1.15.1.7. 151590 - Los demás.
1.1.16. 1516 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo.
1.1.16.1. Esta partida comprende las grasas y aceites, animales o vegetales, que han experimentado transformaciones químicas determinadas de los tipos mencionados a continuación pero que no se han preparado de otro modo. Comprende también las fracciones sometidas al mismo tratamiento que estas grasas y aceites, animales o vegetales. A) Grasas y aceites hidrogenados. La hidrogenación se hace poniendo en contacto los productos con el hidrógeno puro a temperatura y presión adecuadas, en presencia de un catalizador (generalmente níquel finamente dividido). Esta operación eleva el punto de fusión de las grasas y aumenta la consistencia de los aceites, por transformación de los glicéridos no saturados (de los ácidos oleico, linoleico, etc.), en glicéridos saturados (de los ácidos palmítico, esteárico, etc.) con punto de fusión más elevado. El grado de hidrogenación y la consistencia final del producto dependen del procedimiento utilizado y de la duración del tratamiento. La presente partida comprende: 1) Los productos que sólo se han sometido a una hidrogenación parcial que modifica la forma cis del glicérido de los ácidos grasos no saturados en forma trans para elevar el punto de fusión (incluso cuando estos productos tienen tendencia a separarse en capas pastosas y líquidas). 2) Los productos totalmente hidrogenados (por ejemplo, aceites transformados en materias grasas pastosas o sólidas). Los productos más frecuentemente hidrogenados son los aceites de pescado o de mamíferos marinos y algunos aceites vegetales (de algodón, de sésamo, de cacahuate (cacahuete, maní), de colza, de soja (soya), de maíz, etc.). Los aceites parcial o totalmente hidrogenados de esta clase forman parte frecuentemente de la composición de preparaciones de grasas alimenticias de la partida 15.17, pues la hidrogenación no sólo provoca el endurecimiento sino también les hace menos susceptibles de alteración por oxidación al aire, mejorando el gusto, el olor e incluso la presentación (por blanqueado). Pertenece también a este grupo de productos el aceite de ricino hidrogenado, llamado “opal wax”. B) Grasas y aceites interesterificados, reesterificados o elaidinizados. 1) Grasas y aceites interesterificados (o transesterificados). La consistencia de un aceite o de una grasa puede aumentarse modificando de manera adecuada la posición de los radicales de los ácidos grasos en los triglicéridos contenidos en el producto. La reacción y el desplazamiento de los ésteres puede estimularse con agentes catalizadores. 2) Grasas y aceites reesterificados (llamados también esterificados), son triglicéridos obtenidos por síntesis directa de glicerol con mezclas de ácidos grasos libres o con aceites ácidos procedentes del refinado. La posición de los radicales de los ácidos en los triglicéridos difiere de la que se encuentra normalmente en los aceites naturales. Los aceites obtenidos de la aceituna que contengan aceites reesterificados, se clasifican en la presente partida. 3) Grasas y aceites elaidinizados, son grasas y aceites sometidos a un tratamiento que provoca una transformación sustancial de los radicales de los ácidos grasos insaturados de la forma cis a la forma trans. Los productos arriba descritos se clasifican en la presente partida, aunque presenten el carácter de ceras o se hayan desodorizado o refinado, incluso si pueden utilizarse como tales para uso alimenticio. Sin embargo, esta partida no comprende las grasas y, aceites y sus fracciones hidrogenados, etc., que se han sometido a preparaciones posteriores tales como el texturado (modificación de la textura o la estructura cristalina), con el fin de utilizarlos en la alimentación (partida 15.17).
1.1.16.1.1. 151610 - Grasas y aceites, animales, y sus fracciones.
1.1.16.1.2. 151620 - Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones.
1.1.17. 1517 Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 15.16.
1.1.17.1. Esta partida comprende la margarina y demás mezclas y preparaciones alimenticias de grasa o aceite animal o vegetal o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, excepto las de la partida 15.16. Se trata generalmente de mezclas o preparaciones líquidas o sólidas: 1) de diferentes grasas o aceites animales o sus fracciones, 2) de diferentes grasas o aceites vegetales o sus fracciones, 3) de grasas o aceites animales y vegetales o de sus fracciones, a la vez. Los productos de la presente partida cuyos aceites y grasas, incluso previamente hidrogenados, pueden estar emulsionados (por ejemplo, con leche desnatada (descremada)) y amasados o texturados (modificación de la textura o de la estructura cristalina), etc., o adicionados de pequeñas cantidades de lecitina, fécula, colorantes orgánicos, sustancias que contienen sabor, vitaminas, mantequilla (manteca) u otras grasas procedentes de la leche (teniendo en cuenta las limitaciones previstas en la Nota 1 c) del presente Capítulo). Se encuentran también en la presente partida las preparaciones alimenticias obtenidas de una sola grasa (o de sus fracciones) o de un solo aceite (o de sus fracciones), incluso hidrogenados, que hayan emulsionado, amasado, texturado, etc. Los principales productos que se clasifican en esta partida son: A) La margarina (excepto la margarina líquida) que es una masa plástica generalmente amarillenta, que se obtiene a partir de grasa o aceite vegetal o animal o de una mezcla de estas grasas o aceites. Es una emulsión del tipo agua-en-aceite, preparada generalmente para que se parezca a la mantequilla (manteca) por su aspecto, consistencia, color, etc. B) Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 15.16, tales como los sucedáneos de la manteca de cerdo (llamados en algunos países tocino compuesto), margarina líquida, así como los productos llamados shortenings (obtenidos con aceite o grasa tratada por texturación). Pertenecen, además, a esta partida las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites animales o vegetales o de fracciones de diferentes grasas o aceites del presente Capítulo, de los tipos utilizados como preparaciones para desmoldeo. Las simples grasas y aceites que sólo se han refinado permanecen clasificados en sus respectivas partidas, aunque estén acondicionados para la venta al por menor. También se excluyen de la presente partida las preparaciones con un contenido superior al 15 % en peso de mantequilla u otras grasas de leche (generalmente, Capítulo 21). Los productos obtenidos por prensado del sebo o de la manteca de cerdo se clasifican en la partida 15.03.
1.1.17.1.1. 151710 - Margarina, excepto la margarina líquida.
1.1.17.1.2. 151790 - Las demás.
1.1.18. 1518 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte (“estandolizados”),o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animaleso vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
1.1.18.1. A) Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte (“estandolizados”) o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 15.16. En esta parte están comprendidas las grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, que han sido sometidas a determinados tratamientos que modifican su estructura química, lo que mejora su viscosidad, su poder secante (es decir, la propiedad de absorber el oxígeno del aire y adquirir así la aptitud para formar películas elásticas) o que modifican sus demás propiedades, siempre que tengan la estructura fundamental de triglicéridos y que no estén contemplados más específicamente en otra parte, por ejemplo: 1) Los aceites cocidos u oxidados, que se obtienen del tratamiento con calor de aceites, generalmente con adición previa de una pequeña cantidad de agentes oxidantes. Se utilizan en la industria de pinturas o barnices. 2) Los aceites soplados, que son aceites parcialmente oxidados y polimerizados por insuflado de aire caliente. Se emplean para la preparación de barnices aislantes, de imitaciones de cuero, así como para la obtención de preparaciones lubricantes por mezcla con aceites minerales (aceites compuestos). También se clasifica aquí la linoxina, producto semisólido con consistencia de caucho, constituido por aceite de lino fuertemente oxidado, que se utiliza en la fabricación del linóleo. 3) El aceite de ricino deshidratado, obtenido por deshidratación de este aceite en presencia de catalizadores y que se utiliza, como los aceites de los incisos precedentes, en la preparación de barnices o pinturas. 4) Los aceites sulfurados, que resultan del tratamiento con azufre o con cloruro de azufre, lo que origina una polimerización de las moléculas. El aceite así tratado proporciona una película que absorbe menos agua que la usual del aceite simplemente secado, posee mayor resistencia mecánica y alcanza más rápidamente un estado en el que ya no es pegajoso. Los aceites sulfurados se utilizan en pinturas antiherrumbre y barnices para barcos. Sulfurando a fondo los aceites, se obtiene un producto sólido llamado caucho facticio, derivado de los aceites, clasificado en la partida 40.02. 5) Los aceites polimerizados (“estandolizados”). Se denominan así algunos aceites (principalmente los de lino o de madera de China) polimerizados por simple calentamiento sin oxidación. Se preparan por cocción a 250–300 °C, en una atmósfera inerte de gas carbónico o al vacío. Se obtienen así aceites más o menos consistentes que se utilizan, con el nombre de “stand-oils”, en la fabricación de barnices que producen películas especialmente flexibles e impermeables. Con el nombre de (“stand–oils”), se conocen también en el comercio los aceites polimerizados (“estandolizados”) privados de sus partes no polimerizadas, así como las mezclas de aceites polimerizados (“estandolizados”). 6) Entre los demás aceites modificados comprendidos en esta partida, se pueden citar: a) Los aceites maleicos obtenidos al tratar, por ejemplo, el aceite de soja (soya) con cantidades limitadas de anhídrido maleico a temperaturas de 200 °C o más en presencia de una cantidad de polialcohol suficiente para esterificar el exceso de acidez del aceite. Los aceites maleicos así obtenidos tienen propiedades secantes. b) Los aceites (como el de linaza) a los que se han incorporado en frío pequeñas cantidades de productos secantes (por ejemplo, borato de plomo, naftenato de cinc, resinato de cobalto) para incrementar sus propiedades secantes naturales. Estos aceites, llamados aceites secantes, se utilizan en lugar de los aceites cocidos para la preparación de barnices o pinturas. Son muy distintos de los secativos líquidos preparados de la partida 32.11 (que son disoluciones concentradas de productos secantes) y no pueden confundirse con ellos. c) Los aceites epoxidados, obtenidos al tratar, por ejemplo, el aceite de soja (soya) con ácido peracético, preformado o formado in situ por reacción de agua oxigenada con ácido acético en presencia de un catalizador. Se utilizan, por ejemplo, como plastificantes o estabilizantes de resinas vinílicas. d) Los aceites bromados, empleados, por ejemplo, en la industria farmacéutica como estabilizantes de emulsiones o suspensiones para los aceites esenciales. B) Mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte. Esta parte comprende, entre otros, los aceites de fritura usados que contienen, por ejemplo, aceite de nabina, aceite de soja (soya) y una pequeña cantidad de grasa animal, que se utilizan en la preparación de alimentos para animales. Esta partida no comprende: a) Las grasas y aceites simplemente desnaturalizados (véase la Nota 3 de este Capítulo). b) Las grasas y aceites hidrogenados interesterificados, reesterificados o elaidinizados (partida 15.16). c) Las preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de animales (partida 23.09). d) Los aceites sulfonados (es decir, los tratados con ácido sulfúrico) (partida 34.02).
1.1.18.1.1. 151800 Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte (“estandolizados”), o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
1.1.19. 1520 Glicerol en bruto; aguas y lejías glicerinosas.
1.1.19.1. El glicerol en bruto es un producto de pureza inferior al 95 % (calculado con respecto al peso del producto seco). Se obtiene por disociación de aceites y grasas, o por síntesis a partir del propileno. Las características del glicerol en bruto difieren según los métodos de obtención, por ejemplo: 1) El que se obtiene por hidrólisis (con agua, ácidos o bases) es un líquido de color que varía del amarillo claro al pardo, sabor dulzón, sin olor desagradable. 2) El que procede de las aguas glicerinosas es un líquido de color amarillo claro, sabor astringente y olor desagradable. 3) El que procede del tratamiento de lejías residuales de la industria del jabón es un líquido amarillo negruzco, sabor dulzón (a veces aliáceo, si es muy impuro) y olor más o menos desagradable. 4) El que se obtiene por hidrólisis catalítica o enzimática es generalmente un líquido de sabor y olor desagradables, que contiene notables cantidades de sustancias orgánicas y minerales. El glicerol en bruto puede obtenerse también por transesterificación de aceites y grasas con otros alcoholes. Esta partida comprende también las aguas glicerinosas, subproductos de la preparación de los ácidos grasos, así como las lejías glicerinosas, subproductos de la fabricación de jabón. Esta partida no comprende: a) El glicerol con pureza igual o superior al 95 % (calculado con respecto al peso del producto seco) (partidas 29.05). b) El glicerol acondicionado para usos farmacéuticos o con adición de sustancias medicamentosas (partidas 30.03 o 30.04). c) El glicerol perfumado o adicionado de cosméticos (Capítulo 33).
1.1.19.1.1. 152000 Glicerol en bruto; aguas y lejías glicerinosas.
1.1.20. 1521 Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), cera de abejas o de otros insectos y esperma de ballena o de otros cetáceos (espermaceti), incluso refinadas o coloreadas.
1.1.20.1. I. Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), incluso refinadas o coloreadas. Entre las ceras vegetales, se pueden citar: 1) La cera de carnauba, exudada por las hojas de una variedad de palmera (Corypha cerifera o Copernicia cerifera, llamada palmera de la cera), es una sustancia cérea de color verdoso, grisáceo o amarillento, más o menos untuosa, de estructura casi cristalina, muy frágil y de agradable olor a heno. 2) La cera de uricuri (del Brasil o curicuri) extraída de las hojas de una variedad de palmera (Attalea excelsa). 3) La cera de palmera, exudada espontáneamente en la intersección de las hojas de otra variedad de palmera (Ceroxylon andicola), que se recoge del tronco del árbol; se presenta generalmente en trozos esféricos porosos y quebradizos, de color blanco amarillento. 4) La cera de candelilla, que se obtiene hirviendo en agua una planta de México (Euforbia antisyphilitica o Pedilanthus pavonis); es una cera parda, traslúcida y dura. 5) La cera de caña de azúcar, que en estado natural se encuentra en la superficie de la caña y se separa industrialmente de la espuma de defecación del jugo durante la fabricación del azúcar; en bruto es una cera negruzca, blanda y con un olor que recuerda al de la melaza de la caña. 6) La cera de algodón y la cera de lino, contenidas en las fibras de estos vegetales, de los que se extraen con disolventes. 7) La cera de ocotilla, que se extrae con disolventes de la corteza de un árbol que crece en México. 8) La cera de pisang, procedente de una especie de polvo extendido en las hojas de algunas especies de bananeros de Java. 9) La cera de esparto, extraída del polvo que se forma al abrir las balas de esparto seco. Las ceras vegetales de la presente partida pueden presentarse en bruto o refinadas, blanqueadas o coloreadas, incluso moldeadas en bloques, varillas, etc. Por el contrario, se excluyen: a) El aceite de jojoba (o yoyoba) (partida 15.15). b) Los productos llamados comúnmente cera de Mirica y cera del Japón (partida 15.15). c) Las mezclas de ceras vegetales entre sí. d) Las mezclas de ceras vegetales con ceras animales, minerales, artificiales o con parafina. e) Las mezclas de ceras vegetales con grasas, resinas, materias minerales u otras materias (excepto los colorantes). Estas mezclas están comprendidas, generalmente, en el Capítulo 34 (partidas 34.04 o 34.05, principalmente). II. Cera de abejas o de otros insectos, incluso refinada o coloreada. La cera de abejas es la sustancia con la que las abejas forman las celdas hexagonales de los panales de la colmena. En estado natural (cera virgen o cera amarilla) es de estructura granulosa, color amarillo claro, anaranjado o incluso pardo, olor especialmente agradable; la cera blanqueada o purificada (al aire o por procedimientos químicos) es de color blanco o ligeramente amarillento y de olor tenue. Se utiliza, en particular, para la fabricación de cirios, tela o papeles encerados, mástiques, betunes para el calzado o encáusticos. Entre las ceras de otros insectos, las más conocidas son: 1) La cera de goma laca, parte cérea de la goma laca que se extrae de las disoluciones alcohólicas de esta goma, que se presenta en masas pardas que huelen a laca. 2) La cera “de China” (llamada también cera de insectos o cera de árbol), que es una secreción depositada por insectos en las ramas de determinados fresnos, especialmente en China, en forma de eflorescencias blanquecinas que, recogidas y purificadas por fusión en agua hirviendo y filtración, producen una sustancia blanca o amarillenta, brillante, cristalina, insípida, con olor que recuerda ligeramente al del sebo. La cera de abejas o de otros insectos puede presentarse en bruto, incluso en forma de panales, fundida, prensada o refinada, incluso blanqueada o coloreada. Se excluyen principalmente de la presente partida: a) Las mezclas entre sí de ceras de insectos, las mezclas de ceras de insectos con blanco de ballena (espermaceti), con ceras vegetales, minerales o artificiales o con parafina, así como las ceras de insectos mezcladas con grasas, resinas, materias minerales u otras materias (excepto materias colorantes). Estas mezclas están comprendidas generalmente en el Capítulo 34 (por ejemplo, partidas 34.04 o 34.05). b) La cera gofrada en panales para colmenas (partida 96.02). III. Blanco de ballena o de otros cetáceos (espermaceti) en bruto, prensado o refinado, incluso coloreado. El blanco de ballena (llamado también blanco de cachalote o espermaceti) es la parte sólida extraída de la grasa o del aceite contenido en las cavidades cefálicas y en los receptáculos subcutáneos del cachalote o de especies similares de cetáceos. Por su composición, se parece más a una cera que a una grasa. El blanco de ballena en bruto, que contiene cerca de un tercio de espermaceti puro y dos tercios de grasa. Se presenta en masas amarillentas o pardas, más o menos sólidas, de olor desagradable. El blanco de ballena llamado prensado es aquel del que se ha extraído toda la grasa. Tiene aspecto de pequeñas escamas sólidas, de un pardo amarillento, que no mancha o casi no mancha el papel. El blanco de ballena refinado, que se obtiene por tratamiento del anterior con soluciones de sosa cáustica, es muy blanco y se presenta en hermosas láminas brillantes y nacaradas. El blanco de ballena (espermaceti) se emplea para la fabricación de ciertas velas, en perfumería, farmacia o para engrasar. Los productos de esta partida están comprendidos aquí aunque hayan sido coloreados. El aceite de blanco de ballena, que es la parte líquida que queda después de la separación del espermaceti propiamente dicho, se clasifica en la partida 15.04.
1.1.20.1.1. 152110 - Ceras vegetales.
1.1.20.1.2. 152190 - Las demás.
1.1.21. 1522 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales.
1.1.21.1. A) Degrás. Esta partida comprende tanto el degrás natural como el artificial, productos que se utilizan en tenería para engrasar cuero. El degrás natural, llamado también moellón, torcido o “sod oil”, consiste en productos residuales del agamuzado de pieles (o curtido al aceite), extraído de éstas por prensado o con disolventes; está fundamentalmente compuesto por aceite rancio de animales marinos, sustancias resinosas de la oxidación del aceite, agua, sustancias minerales (soda, cal, sulfatos), desechos de pelo, de membranas o de pieles. Se presenta en forma de un líquido muy espeso, casi pastoso, homogéneo, con olor intenso a aceite de pescado, de color amarillo o pardo oscuro. El degrás artificial está esencialmente constituido por aceite de pescado oxidado, emulsionado o polimerizado (o mezclas entre sí de estos aceites) mezclado con suarda o sebo, aceites de colofonia, etc., y, a veces, con degrás natural. Es un líquido espeso más fluido que el degrás natural, de color gris amarillento, con el olor característico a aceite de pescado, que no contiene restos de pelos, membranas o piel. En reposo tiende a formar dos capas, depositándose el agua en el fondo. Sin embargo, esta partida no comprende el aceite de pescado que sólo haya sido oxidado o polimerizado (partida 15.18) o tratado con ácido sulfúrico (partida 34.02), ni las preparaciones para el engrasado del cuero (partida 34.03). Se clasifica también en esta partida el degrás procedente del tratamiento de las pieles agamuzadas con una solución alcalina y de la precipitación de los oxiácidos grasos por el ácido sulfúrico. Estos productos se encuentran en el comercio en forma de emulsiones. B) Residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras animales o vegetales. Esta partida comprende principalmente: 1) Las borras o heces de aceite, residuos grasos o mucilaginosos del refinado de los aceites, utilizados en la fabricación de jabones o lubricantes. 2) Las pastas de neutralización (“soap–stocks”), subproductos del refinado del aceite, que se forman cuando sus ácidos grasos libres se neutralizan con una base (soda cáustica). Son una mezcla de jabón en bruto y aceites o grasas neutros. Tienen consistencia pastosa y color variable (amarillo pardo, blanquecino, pardo verdoso, etc.), según la materia prima de la que se hayan extraído los aceites; se utilizan en la industria del jabón. 3) La brea esteárica o pez de estearina, residuo de la destilación de los ácidos grasos, que consiste en una masa pegajosa y negruzca, más o menos dura, a veces elástica, parcialmente soluble en éter de petróleo, que se emplea en la preparación de mástiques, cartones impermeables o aislamientos eléctricos. 4) La brea de suarda o pez de suarda, residuo de la destilación de la suarda, de aspecto parecido a la brea esteárica, teniendo sus mismas aplicaciones. 5) La pez de glicerol, residuo de la destilación del glicerol, empleada para aprestar tejidos o impermeabilizar papel. 6) Las tierras decolorantes agotadas, impregnadas todavía con grasa o cera animal o vegetal. 7) Los residuos de la filtración de ceras animales o vegetales, constituidos por impurezas que conservan todavía algunas cantidades de cera. Se excluyen: a) Los chicharrones, residuos membranosos procedentes de la fusión de la grasa de cerdo, del tocino o de otras grasas animales (partida 23.01). b) Las tortas, orujo de aceitunas y demás residuos (excepto heces) de la extracción de aceites vegetales (partidas 23.04 a 23.06).
1.1.21.1.1. 152200 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales.