1. La Accion
1.1. Es el elemento básico del delito, consistente en el comportamiento humano, manifestado mediante una acción, hecho, acto o actividad de carácter voluntario
1.1.1. EL ANÁLISIS
1.1.1.1. 1. Manifestación voluntaria de una conducta externa 2. Tal conducta puede ser tanto positiva como negativa. 3. Conducta humana Entendiendo al hombre como persona física y natural. 4. Conducta voluntaria El hombre tiene la capacidad de optar por realizar o no la conducta antijurídica. 5. Conducta que ocasiona un cambio en el mundo exterior, el cual se conoce con el nombre de resultado antijurídico 6. El nexo causal o relación de causalidad: Es el vínculo que existe entre la conducta humana y voluntaria, y el resultado.
1.1.1.1.1. LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD
1.2. AUSENCIA DE LA ACCIÓN
1.2.1. Puesto que no hay delito sin acción, obviamente cuando no existe acción tampoco hay delito.Tenemos entonces que si existe una causa de ausencia del acto no existe delito, porque falta el primer elemento de éste, y si no hay delito no hay responsabilidad penal.
1.2.1.1. ACCIONES IRRELEVANTE
1.2.1.1.1. Por tanto, no será relevante (típica) una acción, si falta cualquier requisito expreso o tácito exigido en el correspondiente tipo de acción: cualquier característica de la acción, del sujeto activo o pasivo, de la relación de causalidad, y naturalmente de la pretensión de ofensividad, esto es, si la acción no comporta la lesión o puesta en peligro exigida en el tipo de acción. Entonces hablaremos de "ausencia del tipo de acción", y la conducta al no ser relevante (típica) tampoco podrá ser constitutiva de delito
2. La Tipicidad
2.1. Tiene que ver con toda conducta que con lleva una acción u omisión que se ajusta a los presupuestos detalladamente establecidos como delito dentro de un cuerpo legal.
2.1.1. EL OBJETIVO
2.1.1.1. a) Destacar la importancia de un estudio profundo relativo al concepto de tipicidad. b) Resolver de manera sencilla al estudiante de derecho el concepto de tipicidad. c) Aportar al estudiante de derecho un conocimiento teórico y práctico de tipicidad y adquirir el dominio de la interpretación del delito. d) Resolver al estudiante de derecho las dudas que sobre el elemento esencial del delito pudiere tener. e) Dar al estudiante y profesionista del derecho una propuesta práctica para la identificación y encuadramiento del delito. f) Crear en el estudiante de derecho una responsabilidad de estudio sobre este elemento tan esencial.
2.1.1.1.1. FUNCIONES
2.2. AUSENCIA DE LA TIPICIDAD
2.2.1. Presupone absoluta imposibilidad de dirigir la presunción contra el autor de una conducta no escrita en la ley, aunque sea antijurídica, esto es a consecuencia del principio de legalidad. No hay responsabilidad penal de ningún tipo.
2.2.1.1. LA CAUSA DE ATIPICIDAD
2.2.1.1.1. Se dan en los supuestos en los que concurren unas determinadas circunstancias que suponen la exclusión de la tipicidad de la conducta, negando con ello su inclusión dentro del tipo penal.