1. Tipos de Código
1.1. De imagen: se ocupan de alentar el horizonte motivacional. Son más defensivos y corporativistas.
1.2. De pretensiones estrictamente normativas: se ocupan de reglamentar minuciosamente algunos aspectos del ejercicio profesional, incluyendo hasta normas de etiqueta. Intentan establecer un verdadero contacto y salir al encuentro de las demandas sociales.
2. Elementos que conforman un código de ética
2.1. Principios
2.1.1. Dichos principios pueden ser de varios tipos: Morales, Éticos, Antropológicos, Sociológicos, Filosóficos, etc.
2.2. Demarcación de la competencia profesional.
2.2.1. De acuerdo a Hortal Alonso (2002), el segundo gran bloque de los códigos de ética profesional es en relación a que los servicios profesionales no pueden ser prestados por cualquier persona. Se requiere de conocimientos, habilidades y competencias específicas.
2.3. Relaciones entre los profesionales
2.3.1. se refiere a las regulaciones que se dan en lo concerniente a las relaciones entre los profesionales; esto deriva en la necesidad de pertenecer al colegio, gremio o asociación profesional para poder ejercer la profesión dentro de un determinado territorio, del cómo se adquiere la condición de colegiado, asociado o agremiado autorizado o con licencia para ejercer dicha profesión y de cuáles son los supuestos que hacen perderla de manera transitoria o definitivamente.
2.4. Relaciones con los clientes o usuarios de los servicios profesionales
2.4.1. En este núcleo, suelen incluirse y explicitarse también los derechos de los clientes, de manera tal, que al ser conocidos por éstos, puedan ser exigidos. Se reconoce con ello, la dignidad que tiene el cliente como persona, y generalmente, el principio de confidencialidad está incluido en este apartado.
2.5. Relaciones con la sociedad y el medioambiente
2.5.1. Como bloque temático número cinco, señalaremos lo relacionado con los deberes y obligaciones que se tienen para con la sociedad en general y en algunos casos o situaciones, según la naturaleza de la profesión, los deberes y obligaciones que se tienen con el medio ambiente.
2.6. Relaciones con otros gremios y el Estado
2.6.1. Un sexto bloque temático, se ocupa de regular las relaciones de los profesionales para con otros gremios de profesionales, estamentos gubernamentales y el mismo Estado.
2.7. Deberes para con la investigación y el que hacer científico
2.7.1. Por último, como séptimo bloque temático mencionaremos lo relacionado con los deberes y obligaciones concernientes al campo de investigación y al quehacer científico, bloque está siendo usualmente incluido en los códigos profesionales conocidos como de última generación.