SECCIÓN VI                    Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

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SECCIÓN VI                    Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas por Mind Map: SECCIÓN VI                    Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

1. 28 Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos.

1.1. NOTA

1.1.1. Notas. 1. a) Cualquier producto que responda al texto específico de una de las partidas 28.44 o 28.45, se clasificará en dicha partida, y no en otra de la Nomenclatura, excepto los minerales de metales radiactivos. b) Salvo lo dispuesto en el apartado a) anterior, cualquier producto que responda al texto específico de una de las partidas 28.43 o 28.46, se clasificará en dicha partida y no en otra de esta Sección.

1.1.2. Nota Explicativa de aplicación nacional. Para efectos de la descripción de los productos químicos en las fracciones arancelarias de esta Sección, la ausencia en la denominación de los prefijos o- (orto), m- (meta), p- (para), cis, trans o análogos, o de letras, números o los signos +, -, que indiquen formas isoméricas correspondientes a una misma fórmula condensada, no modificará su clasificación, pero la presencia de uno o varios prefijos, letras, números o signos, sí indica que la fracción es exclusiva para dicho isómero.

1.2. PARTIDAS

1.2.1. 2801 Flúor, cloro, bromo y yodo

1.2.2. 2802 Azufre sublimado o precipitado; azufre coloidal.

1.2.3. 2803 Carbono (negros de humo y otras formas de carbono no expresadas ni comprendidas en otra parte).

1.2.4. 2804 Hidrógeno, gases nobles y demás elementos no metálicos.

1.2.5. 2805 Metales alcalinos o alcalinotérreos; metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados entre sí; mercurio.

1.2.6. 2806 Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico); ácido clorosulfúrico.

1.2.7. 2807 Ácido sulfúrico; oleum.

1.2.8. 2808 Ácido nítrico; ácidos sulfonítricos.

1.2.9. 2809 Pentóxido de difósforo; ácido fosfórico; ácidos polifosfóricos, aunque no sean de constitución química definida.

1.2.10. 2810 Óxidos de boro; ácidos bóricos

1.2.11. 2811 Los demás ácidos inorgánicos y los demás compuestos oxigenados inorgánicos de los elementos no metálicos

1.2.12. 2812 Halogenuros y oxihalogenuros de los elementos no metálicos.

1.2.13. 2813 Sulfuros de los elementos no metálicos; trisulfuro de fósforo comercial.

1.2.14. 2814 Amoníaco anhidro o en disolución acuosa.

1.2.15. 2815 Hidróxido de sodio (sosa o soda cáustica); hidróxido de potasio (potasa cáustica); peróxidos de sodio o de potasio.

1.2.16. 2816 Hidróxido y peróxido de magnesio; óxidos, hidróxidos y peróxidos, de estroncio o de bario.

1.2.17. 2817 Óxido de cinc; peróxido de cinc.

1.2.18. 2818 Corindón artificial, aunque no sea de constitución química definida; óxido de aluminio; hidróxido de aluminio.

1.2.19. 2819 Óxidos e hidróxidos de cromo.

1.2.20. 2820 Óxidos de manganeso.

1.2.21. 2821 Óxidos e hidróxidos de hierro; tierras colorantes con un contenido de hierro combinado, expresado en Fe2O3, superior o igual al 70% en peso.

1.2.22. 2822 Óxidos e hidróxidos de cobalto; óxidos de cobalto comerciales.

1.2.23. 2823 Óxidos de titanio.

1.2.24. 2824 Óxidos de plomo; minio y minio anaranjado.

1.2.25. 2825 Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas; las demás bases inorgánicas; los demás óxidos, hidróxidos y peróxidos de metales.

1.2.26. 2826 Fluoruros; fluorosilicatos, fluoroaluminatos y demás sales complejas de flúor.

1.2.27. 2827 Cloruros, oxicloruros e hidroxicloruros; bromuros y oxibromuros; yoduros y oxiyoduros.

1.2.28. 2828 Hipocloritos; hipoclorito de calcio comercial; cloritos; hipodromitos.

1.2.29. 2829 Cloratos y percloratos; bromatos y perbromatos; yodatos y peryodatos.

1.2.30. 2830 Sulfuros; polisulfuros, aunque no sean de constitución química definida.

1.2.31. 2831 Ditionitos y sulfoxilatos.

1.2.32. 2832 Sulfitos; tiosulfatos.

1.2.33. 2833 Sulfatos; alumbres; peroxosulfatos (persulfatos).

1.2.34. 2834 Nitritos; nitratos.

1.2.35. 2835 Fosfinatos (hipofosfitos), fosfonatos (fosfitos) y fosfatos; polifosfatos, aunque no sean de constitución química definida.

1.2.36. 2836 Carbonatos; peroxocarbonatos (percarbonatos); carbonato de amonio comercial que contenga carbamato de amonio.

1.2.37. 2837 Cianuros, oxicianuros y cianuros complejos.

1.2.38. 2839 Silicatos; silicatos comerciales de los metales alcalinos.

1.2.39. 2840 Boratos; peroxoboratos (perboratos).

1.2.40. 2841 Sales de los ácidos oxometálicos o peroxometálicos.

1.2.41. 2842 Las demás sales de los ácidos o peroxoácidos inorgánicos (incluidos los aluminosilicatos, aunque no sean de constitución química definida), excepto los aziduros (azidas).

1.2.42. 2843 Metal precioso en estado coloidal; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, aunque no sean de constitución química definida; amalgamas de metal precioso.

1.2.43. 2844 Elementos químicos radiactivos e isótopos radiactivos (incluidos los elementos químicos e isótopos fisionables o fértiles) y sus compuestos; mezclas y residuos que contengan estos productos.

1.2.44. 2845 Isótopos, excepto los de la partida 28.44; sus compuestos inorgánicos u orgánicos, aunque no sean de constitución química definida.

1.2.45. 2846 Compuestos inorgánicos u orgánicos, de metales de las tierras raras, del itrio, del escandio o de las mezclas de estos metales.

1.2.46. 2847 Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), incluso solidificado con urea.

1.2.47. 2848 Fosfuros, aunque no sean de constitución química definida, excepto los ferrofósforos.

1.2.48. 2849 Carburos, aunque no sean de constitución química definida.

1.2.49. 2850 Hidruros, nitruros, aziduros (azidas), siliciuros y boruros, aunque no sean de constitución química definida, excepto los compuestos que consistan igualmente en carburos de la partida 28.49.

1.2.50. 2852 Compuestos inorgánicos u orgánicos, de mercurio, aunque no sean de constitución química definida, excepto las amalgamas.

1.2.51. 2853 Los demás compuestos inorgánicos (incluida el agua destilada, de conductibilidad o del mismo grado de pureza); aire líquido, aunque se le hayan eliminado los gases nobles; aire comprimido; amalgamas, excepto las de metal precioso.

2. 30 Productos farmacéuticos

2.1. NOTA

2.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) los alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para diabéticos, complementos alimenticios, bebidas tónicas y el agua mineral, excepto las preparaciones nutritivas para administración por vía intravenosa (Sección IV); b) el yeso fraguable especialmente calcinado o finamente molido para uso en odontología (partida 25.20); c) los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites esenciales, medicinales (partida 33.01); d) las preparaciones de las partidas 33.03 a 33.07, incluso si tienen propiedades terapéuticas o profilácticas; e) el jabón y demás productos de la partida 34.01, con adición de sustancias medicamentosas; f) las preparaciones a base de yeso fraguable para uso en odontología (partida 34.07); g) la albúmina de la sangre sin preparar para usos terapéuticos o profilácticos (partida 35.02).

2.2. PARTIDAS

2.2.1. 3001 Glándulas y demás órganos para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados; extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones, para usos opoterápicos; heparina y sus sales; las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidas en otra parte

2.2.2. 3002 Sangre humana; sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilácticos o de diagnóstico; antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos, incluso modificados u obtenidos por procesos biotecnológicos; vacunas, toxinas, cultivos de microorganismos (excepto las levaduras) y productos similares.

2.2.3. 3003 Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 ó 30.06) constituidos por productos mezclados entre sí, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, sin dosificar ni acondicionar para la venta al por menor.

2.2.4. 3004 Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 ó 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor.

2.2.5. 3005 Guatas, gasas, vendas y artículos análogos (por ejemplo: apósitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios.

2.2.6. 3006 Preparaciones y artículos farmacéuticos a que se refiere la Nota 4 de este Capítulo.

3. 31 Abonos

3.1. NOTAS

3.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) la sangre animal de la partida 05.11; b) los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los descritos en las Notas 2 A), 3 A), 4 A) o 5 siguientes; c) los cristales cultivados de cloruro de potasio (excepto los elementos de óptica), de peso unitario superior o igual a 2.5 g, de la partida 38.24; los elementos de óptica de cloruro de potasio (partida 90.01).

3.2. PARTIDAS

3.2.1. 3101 Abonos de origen animal o vegetal, incluso mezclados entre sí o tratados químicamente; abonos procedentes de la mezcla o del tratamiento químico de productos de origen animal o vegetal.

3.2.2. 3102 Abonos minerales o químicos nitrogenados.

3.2.3. 3103 Abonos minerales o químicos fosfatados.

3.2.4. 3104 Abonos minerales o químicos potásicos.

3.2.5. 3105 Abonos minerales o químicos, con dos o tres de los elementos fertilizantes: nitrógeno, fósforo y potasio; los demás abonos; productos de este Capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg.

4. 29 Productos químicos orgánicos

4.1. NOTA

4.1.1. Notas. 1. Salvo disposición en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente: a) los compuestos orgánicos de constitución química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas; b) las mezclas de isómeros de un mismo compuesto orgánico (aunque contengan impurezas), excepto las mezclas de isómeros de los hidrocarburos acíclicos saturados o sin saturar (distintos de los estereoisómeros) (Capítulo 27); c) los productos de las partidas 29.36 a 29.39, los éteres, acetales y ésteres de azúcares, y sus sales, de la partida 29.40, y los productos de la partida 29.41, aunque no sean de constitución química definida; d) las disoluciones acuosas de los productos de los apartados a), b) o c) anteriores;

4.1.2. Nota de subpartida. 1. Dentro de una partida de este Capítulo, los derivados de un compuesto químico (o de un grupo de compuestos químicos) se clasificarán en la misma subpartida que el compuesto (o grupo de compuestos), siempre que no estén comprendidos más específicamente en otra subpartida y que no exista una subpartida residual “Los/Las demás” en la serie de subpartidas involucradas.

4.1.3. Nota Explicativa de aplicación nacional. De conformidad con la nota 1 b) del Capítulo 29, las mezclas de isómeros del butano (por ejemplo: n-butano e isobutano), y las mezclas de isómeros del butileno (por ejemplo: 1-buteno e isobutileno) se clasifican en la partida 27.11.

4.2. PARTIDAS

4.2.1. 2901 Hidrocarburos acíclicos.

4.2.2. 2902 Hidrocarburos cíclicos.

4.2.3. 2903 Derivados halogenados de los hidrocarburos.

4.2.4. 2904 Derivados sulfonados, nitrados o nitrosados de los hidrocarburos, incluso halogenados.

4.2.5. 2905 Alcoholes acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.6. 2906 Alcoholes cíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.7. 2907 Fenoles; fenoles-alcoholes.

4.2.8. 2908 Derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados, de los fenoles o de los fenoles-alcoholes.

4.2.9. 2909 Éteres, éteres-alcoholes, éteres-fenoles, éteres-alcoholes-fenoles, peróxidos de alcoholes, peróxidos de éteres, peróxidos de cetonas (aunque no sean de constitución química definida), y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.10. 2910 Epóxidos, epoxialcoholes, epoxifenoles y epoxiéteres, con tres átomos en el ciclo, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.11. 2911 Acetales y semiacetales, incluso con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.12. 2912 Aldehídos, incluso con otras funciones oxigenadas; polímeros cíclicos de los aldehídos; paraformaldehído.

4.2.13. 2913 Derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados de los productos de la partida 29.12.

4.2.14. 2914 Cetonas y quinonas, incluso con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.15. 2915 Ácidos monocarboxílicos acíclicos saturados y sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.16. 2916 Ácidos monocarboxílicos acíclicos no saturados y ácidos monocarboxílicos cíclicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.17. 2917 Ácidos policarboxílicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.18. 2918 Ácidos carboxílicos con funciones oxigenadas suplementarias y sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.19. 2919 Ésteres fosfóricos y sus sales, incluidos los lactofosfatos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.20. 2920 Ésteres de los demás ácidos inorgánicos de los no metales (excepto los ésteres de halogenuros de hidrógeno) y sus sales; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

4.2.21. 2921 Compuestos con función amina.

4.2.22. 2922 Compuestos aminados con funciones oxigenadas.

4.2.23. 2923 Sales e hidróxidos de amonio cuaternario; lecitinas y demás fosfoaminolípidos, aunque no sean de constitución química definida.

4.2.24. 2924 Compuestos con función carboxiamida; compuestos con función amida del ácido carbónico.

4.2.25. 2925 Compuestos con función carboxiimida (incluida la sacarina y sus sales) o con función imina.

4.2.26. 2926 Compuestos con función nitrilo.

4.2.27. 2927 Compuestos diazoicos, azoicos o azoxi.

4.2.28. 2928 Derivados orgánicos de la hidrazina o de la hidroxilamina.

4.2.29. 2929 Compuestos con otras funciones nitrogenadas.

4.2.30. 2930 Tiocompuestos orgánicos.

4.2.31. 2931 Los demás compuestos órgano-inorgánicos.

4.2.32. 2932 Compuestos heterocíclicos con heteroátomo(s) de oxígeno exclusivamente.

4.2.33. 2933 Compuestos heterocíclicos con heteroátomo(s) de nitrógeno exclusivamente.

4.2.34. 2934 Ácidos nucleicos y sus sales, aunque no sean de constitución química definida; los demás compuestos heterocíclicos

4.2.35. 2935 Sulfonamidas.

4.2.36. 2936 Provitaminas y vitaminas, naturales o reproducidas por síntesis (incluidos los concentrados naturales) y sus derivados utilizados principalmente como vitaminas, mezclados o no entre sí o en disoluciones de cualquier clase.

4.2.37. 2937 Hormonas, prostaglandinas, tromboxanos y leucotrienos, naturales o reproducidos por síntesis; sus derivados y análogos estructurales, incluidos los polipéptidos de cadena modificada, utilizados principalmente como hormonas.

4.2.38. 2938 Heterósidos, naturales o reproducidos por síntesis, sus sales, éteres, ésteres y demás derivados.

4.2.39. 2939 Alcaloides vegetales, naturales o reproducidos por síntesis, sus sales, éteres, ésteres y demás derivados.

4.2.40. 2940 Azúcares químicamente puros, excepto la sacarosa, lactosa, maltosa, glucosa y fructosa (levulosa); éteres, acetales y ésteres de azúcares y sus sales, excepto los productos de las partidas 29.37, 29.38 ó 29.39.

4.2.41. 2941 Antibióticos.

4.2.42. 2942 Los demás compuestos orgánicos.

5. 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mastiques; tintas

5.1. NOTA

5.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los que respondan a las especificaciones de las partidas 32.03 o 32.04, los productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos (partida 32.06), los vidrios procedentes del cuarzo o demás sílices, fundidos, en las formas previstas en la partida 32.07 y los tintes y demás materias colorantes presentados en formas o en envases para la venta al por menor de la partida 32.12; b) los tanatos y demás derivados tánicos de los productos de las partidas 29.36 a 29.39, 29.41 o 35.01 a 35.04; c) los mástiques de asfalto y demás mástiques bituminosos (partida 27.15). 2. Las mezclas de sales de diazonio estabilizadas y de copulantes utilizados con dichas sales, para la producción de colorantes azoicos, están comprendidas en la partida 32.04.

5.2. PARTIDAS

5.2.1. 3201 Extractos curtientes de origen vegetal; taninos y sus sales, éteres, ésteres y demás derivados.

5.2.2. 3202 Productos curtientes orgánicos sintéticos; productos curtientes inorgánicos; preparaciones curtientes, incluso con productos curtientes naturales; preparaciones enzimáticas para precurtido.

5.2.3. 3203 Materias colorantes de origen vegetal o animal (incluidos los extractos tintóreos, excepto los negros de origen animal), aunque sean de constitución química definida; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de materias colorantes de origen vegetal o animal.

5.2.4. 3204 Materias colorantes orgánicas sintéticas, aunque sean de constitución química definida; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de materias colorantes orgánicas sintéticas; productos orgánicos sintéticos de los tipos utilizados para el avivado fluorescente o como luminóforos, aunque sean de constitución química definida.

5.2.5. 3205 Lacas colorantes; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de lacas colorantes.

5.2.6. 3206 Las demás materias colorantes; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo, excepto las de las partidas 32.03, 32.04 ó 32.05; productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos, aunque sean de constitución química definida.

5.2.7. 3207 Pigmentos, opacificantes y colores preparados, composiciones vitrificables, engobes, abrillantadores (lustres) líquidos y preparaciones similares, de los tipos utilizados en cerámica, esmaltado o en la industria del vidrio; frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas.

5.2.8. 3208 Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones definidas en la Nota 4 de este Capítulo.

5.2.9. 3209 Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio acuoso.

5.2.10. 3210 Las demás pinturas y barnices; pigmentos al agua preparados de los tipos utilizados para el acabado del cuero.

5.2.11. 3211 Secativos preparados.

5.2.12. 3212 Pigmentos (incluidos el polvo y escamillas metálicos) dispersos en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados para la fabricación de pinturas; hojas para el marcado a fuego; tintes y demás materias colorantes presentados en formas o en envases para la venta al por menor.

5.2.13. 3213 Colores para la pintura artística, la enseñanza, la pintura de carteles, para matizar o para entretenimiento y colores similares, en pastillas, tubos, botes, frascos o en formas o envases similares.

5.2.14. 3214 Masilla, cementos de resina y demás mástiques; plastes (enduidos) utilizados en pintura; plastes (enduidos) no refractarios de los tipos utilizados en albañilería.

5.2.15. 3215 Tintas de imprimir, tintas de escribir o de dibujar y demás tintas, incluso concentradas o sólidas.

6. 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética

6.1. NOTAS

6.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) las oleorresinas naturales o extractos vegetales de las partidas 13.01 o 13.02; b) el jabón y demás productos de la partida 34.01; c) las esencias de trementina, de madera de pino o de pasta celulósica al sulfato y demás productos de la partida 38.05. 2. En la partida 33.02, se entiende por sustancias odoríferas únicamente las sustancias de la partida 33.01, los ingredientes odoríferos extraídos de estas sustancias y los productos aromáticos sintéticos.

6.2. PARTIDAS

6.2.1. 3301 Aceites esenciales (desterpenados o no), incluidos los “concretos” o “absolutos”; resinoides; oleorresinas de extracción; disoluciones concentradas de aceites esenciales en grasas, aceites fijos, ceras o materias análogas, obtenidas por enflorado o maceración; subproductos terpénicos residuales de la desterpenación de los aceites esenciales; destilados acuosos aromáticos y disoluciones acuosas de aceites esenciales.

6.2.2. 3302 Mezclas de sustancias odoríferas y mezclas (incluidas las disoluciones alcohólicas) a base de una o varias de estas sustancias, de los tipos utilizados como materias básicas para la industria; las demás preparaciones a base de sustancias odoríferas, de los tipos utilizados para la elaboración de bebidas.

6.2.3. 3303 Perfumes y aguas de tocador.

6.2.4. 3304 Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto los medicamentos, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros.

6.2.5. 3305 Preparaciones capilares.

6.2.6. 3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.

7. 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, "ceras para odontología" y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable.

7.1. NOTAS

7.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales, de los tipos utilizados como preparaciones de desmoldeo (partida 15.17); b) los compuestos aislados de constitución química definida;  c) los champúes, dentífricos, cremas y espumas de afeitar y las preparaciones para el baño, que contengan jabón u otros agentes de superficie orgánicos (partidas 33.05, 33.06 o 33.07).

7.2. PARTIDAS

7.2.1. 3401 Jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos usados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes.

7.2.2. 3402 Agentes de superficie orgánicos (excepto el jabón); preparaciones tensoactivas, preparaciones para lavar (incluidas las preparaciones auxiliares de lavado) y preparaciones de limpieza, aunque contengan jabón, excepto las de la partida 34.01.

7.2.3. 3403 Preparaciones lubricantes (incluidos los aceites de corte, las preparaciones para aflojar tuercas, las preparaciones antiherrumbre o anticorrosión y las preparaciones para el desmoldeo, a base de lubricantes) y preparaciones de los tipos utilizados para el ensimado de materias textiles o el aceitado o engrasado de cueros y pieles, peletería u otras materias, excepto las que contengan como componente básico una proporción de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso.

7.2.4. 3404 Ceras artificiales y ceras preparadas.

7.2.5. 3405 Betunes y cremas para el calzado, encáusticos, abrillantadores (lustres) para carrocerías, vidrio o metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plástico o caucho celulares, impregnados, recubiertos o revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida 34.04.

7.2.6. 3406 Velas, cirios y artículos similares.

7.2.7. 3407 Pastas para modelar, incluidas las presentadas para entretenimiento de los niños; preparaciones llamadas “ceras para odontología” o “compuestos para impresión dental”, presentadas en juegos o surtidos, en envases para la venta al por menor o en plaquitas, herraduras, barritas o formas similares; las demás preparaciones para odontología a base de yeso fraguable.

8. 35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas

8.1. NOTA

8.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) las levaduras (partida 21.02); b) las fracciones de la sangre (excepto la albúmina de la sangre sin preparar para usos terapéuticos o profilácticos), los medicamentos y demás productos del Capítulo 30; c) las preparaciones enzimáticas para precurtido (partida 32.02); d) las preparaciones enzimáticas para el lavado o prelavado y demás productos del Capítulo 34; e) las proteínas endurecidas (partida 39.13); f) los productos de las artes gráficas con soporte de gelatina (Capítulo 49).

8.2. PARTIDAS

8.2.1. 3501 Caseína, caseinatos y demás derivados de la caseína; colas de caseína.

8.2.2. 3502 Albúminas (incluidos los concentrados de varias proteínas del lactosuero, con un contenido de proteínas del lactosuero superior al 80% en peso, calculado sobre materia seca), albuminatos y demás derivados de las albúminas.

8.2.3. 3503 Gelatinas (aunque se presenten en hojas cuadradas o rectangulares, incluso trabajadas en la superficie o coloreadas) y sus derivados; ictiocola; las demás colas de origen animal, excepto las colas de caseína de la partida 35.01.

8.2.4. 3504 Peptonas y sus derivados; las demás materias proteínicas y sus derivados, no expresados ni comprendidos en otra parte; polvo de cueros y pieles, incluso tratado al cromo.

8.2.5. 3505 Dextrina y demás almidones y féculas modificados (por ejemplo: almidones y féculas pregelatinizados o esterificados); colas a base de almidón, fécula, dextrina o demás almidones o féculas modificados.

8.2.6. 3506 Colas y demás adhesivos preparados, no expresados ni comprendidos en otra parte; productos de cualquier clase utilizados como colas o adhesivos, acondicionados para la venta al por menor como colas o adhesivos, de peso neto inferior o igual a 1 kg.

8.2.7. 3507 Enzimas; preparaciones enzimáticas no expresadas ni comprendidas en otra parte.

9. 36 Pólvora y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables

9.1. NOTA

9.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los citados en las Notas 2 a) o 2 b) siguientes. 2. En la partida 36.06, se entiende por artículos de materias inflamables, exclusivamente: a) el metaldehído, la hexametilenotetramina y productos similares, en tabletas, barritas o formas análogas, que impliquen su utilización como combustibles, así como los combustibles a base de alcohol y los combustibles preparados similares, sólidos o en pasta;

9.2. PARTIDA

9.2.1. 3601 Pólvora.

9.2.2. 3602 Explosivos preparados, excepto la pólvora.

9.2.3. 3603 Mechas de seguridad; cordones detonantes; cebos y cápsulas fulminantes; inflamadores; detonadores eléctricos.

9.2.4. 3604 Artículos para fuegos artificiales, cohetes de señales o granífugos y similares, petardos y demás artículos de pirotecnia.

9.2.5. 3605 Fósforos (cerillas), excepto los artículos de pirotecnia de la partida 36.04.

9.2.6. 3606 Ferrocerio y demás aleaciones pirofóricas en cualquier forma; artículos de materias inflamables a que se refiere la Nota 2 de este Capítulo.

10. 37 Productos fotográficos o cinematográficos

10.1. NOTA

10.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende los desperdicios ni los materiales de desecho. 2. En este Capítulo, el término fotográfico se refiere al procedimiento mediante el cual se forman imágenes visibles sobre superficies fotosensibles, directa o indirectamente, por la acción de la luz o de otras formas de radiación.

10.2. PARTIDA

10.2.1. 3701 Placas y películas planas, fotográficas, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas planas autorrevelables, sensibilizadas, sin impresionar, incluso en cargadores.

10.2.2. 3702 Películas fotográficas en rollos, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas autorrevelables en rollos, sensibilizadas, sin impresionar.

10.2.3. 3703 Papel, cartón y textiles, fotográficos, sensibilizados, sin impresionar.

10.2.4. 3704 Placas, películas, papel, cartón y textiles, fotográficos, impresionados pero sin revelar.

10.2.5. 3705 Placas y películas, fotográficas, impresionadas y reveladas, excepto las cinematográficas (filmes).

10.2.6. 3706 Películas cinematográficas (filmes), impresionadas y reveladas, con registro de sonido o sin él, o con registro de sonido solamente.

10.2.7. 3707 Preparaciones químicas para uso fotográfico, excepto los barnices, colas, adhesivos y preparaciones similares; productos sin mezclar para uso fotográfico, dosificados o acondicionados para la venta al por menor listos para su empleo.

11. 38 Productos diversos de las industrias químicas

11.1. NOTA

11.1.1. Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los siguientes: 1) el grafito artificial (partida 38.01); 2) los insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en las formas o envases previstos en la partida 38.08; 3) los productos extintores presentados como cargas para aparatos extintores o en granadas o bombas extintoras (partida 38.13); 4) los materiales de referencia certificados especificados en la Nota 2 siguiente; 5) los productos citados en las Notas 3 a) o 3 c) siguientes; b) las mezclas de productos químicos con sustancias alimenticias u otras que tengan valor nutritivo, de los tipos utilizados en la preparación de alimentos para consumo humano (partida 21.06, generalmente); c) las cenizas y residuos (incluidos los lodos, excepto los lodos de depuración), que contengan metal, arsénico o sus mezclas y cumplan las condiciones de las Notas 3 a) o 3 b) del Capítulo 26 (partida 26.20);

11.2. PARTIDA

11.2.1. 3801 Grafito artificial; grafito coloidal o semicoloidal; preparaciones a base de grafito u otros carbonos, en pasta, bloques, plaquitas u otras semimanufacturas.

11.2.2. 3802 Carbón activado; materias minerales naturales activadas; negro de origen animal, incluido el agotado.

11.2.3. 3803 “Tall oil”, incluso refinado.

11.2.4. 3804 Lejías residuales de la fabricación de pastas de celulosa, aunque estén concentradas, desazucaradas o tratadas químicamente, incluidos los lignosulfonatos, excepto el “tall oil” de la partida 38.03.

11.2.5. 3805 Esencias de trementina, de madera de pino o de pasta celulósica al sulfato (sulfato de trementina) y demás esencias terpénicas procedentes de la destilación o de otros tratamientos de la madera de coníferas; dipenteno en bruto; esencia de pasta celulósica al bisulfito (bisulfito de trementina) y demás paracimenos en bruto; aceite de pino con alfa-terpineol como componente principal.

11.2.6. 3806 Colofonias y ácidos resínicos, y sus derivados; esencia y aceites de colofonia; gomas fundidas.

11.2.7. 3807 Alquitranes de madera; aceites de alquitrán de madera; creosota de madera; metileno (naftade madera); pez vegetal; pez de cervecería y preparaciones similares a base de colofonia, de ácidos resínicos o de pez vegetal.

11.2.8. 3808 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

11.2.9. 3809 Aprestos y productos de acabado, aceleradores de tintura o de fijación de materias colorantes y demás productos y preparaciones (por ejemplo: aprestos y mordientes), de los tipos utilizados en la industria textil, del papel, del cuero o industrias similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

11.2.10. 3810 Preparaciones para el decapado de metal; flujos y demás preparaciones auxiliares para soldar metal; pastas y polvos para soldar, constituidos por metal y otros productos; preparaciones de los tipos utilizados para recubrir o rellenar electrodos o varillas de soldadura.

11.2.11. 3811 Preparaciones antidetonantes, inhibidores de oxidación, aditivos peptizantes, mejoradores de viscosidad, anticorrosivos y demás aditivos preparados para aceites minerales (incluida la gasolina) u otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales.

11.2.12. 3812 Aceleradores de vulcanización preparados; plastificantes compuestos para caucho o plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico.

11.2.13. 3813 Preparaciones y cargas para aparatos extintores; granadas y bombas extintoras.

11.2.14. 3814 Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones para quitar pinturas o barnices.

11.2.15. 3815 Iniciadores y aceleradores de reacción y preparaciones catalíticas, no expresados ni comprendidos en otra parte.

11.2.16. 3816 Cementos, morteros, hormigones y preparaciones similares, refractarios, excepto los productos de la partida 38.01.

11.2.17. 3817 Mezclas de alquilbencenos y mezclas de alquilnaftalenos, excepto las de las partidas27.07 ó 29.02.

11.2.18. 3818 Elementos químicos dopados para uso en electrónica, en discos, obleas (“wafers”) o formas análogas; compuestos químicos dopados para uso en electrónica.

11.2.19. 3819 Líquidos para frenos hidráulicos y demás líquidos preparados para transmisiones hidráulicas, sin aceites de petróleo ni de mineral bituminoso o con un contenido inferior al 70% en peso de dichos aceites.

11.2.20. 3820 Preparaciones anticongelantes y líquidos preparados para descongelar.

11.2.21. 3821 Medios de cultivo preparados para el desarrollo o mantenimiento de microorganismos (incluidos los virus y organismos similares) o de células vegetales, humanas o animales.

11.2.22. 3822 Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, excepto los de las partidas 30.02 ó 30.06; materiales de referencia certificados.

11.2.23. 3823 Ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado; alcoholes grasos industriales.

11.2.24. 3824 Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.

11.2.25. 3825 Productos residuales de la industria química o de las industrias conexas, no expresados ni comprendidos en otra parte; desechos y desperdicios municipales; lodos de depuración; los demás desechos citados en la Nota 6 del presente Capítulo.

11.2.26. 3826 Biodiésel y sus mezclas, que no contengan aceites de petróleo, ni de minerales bituminosos, o que los contengan en una proporción inferior al 70%, en peso.