MIGRACIÓN
por Jessica Palacios
1. Principio de legalidad en la privación de libertad de personas migrantes (art. 7.2 CADH).-
1.1. • necesidad de garantizar estándares mínimos en los centros de detención policial • respetar el principio de legalidad • Caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs. República Dominicana. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto de 2014.
2. Principio de no arbitrariedad en la privación de libertad de migrantes (art. 7.3 CADH).-
2.1. • realizar un análisis de la compatibilidad de la privación de libertad • control de los flujos migratorios de carácter irregular.
3. Obligación de informar de los motivos de la privación de libertad al migrante privado de libertad (art. 7.4 CADH).-
3.1. analizar los hechos bajo el derecho interno y la normativa convencional • debe ser llevado sin demora ante un juez u otro funcionario • el detenido debe comparecer personalmente ante la autoridad competente,
4. Revisión judicial de la medida de detención y recursos efectivos (art. 7.6 CADH).-
4.1. • la autoridad debe decidir la legalidad del arresto o detención • la Convención controla que la privación de la libertad sea • protege el derecho de toda persona arrestada o detenida • si es ilegal debe ordene su libertad.
5. Derecho de acceso a la justicia (art. 8 y 25 CADH).-
5.1. • acceso sin discriminación a los medios y recursos que permitan amparar sus • ordenamiento jurídico interno
6. Debido proceso (art.8 CADH).-
6.1. • las garantías del debido proceso deben ser respetadas • es importante en el caso de las personas migrantes
7. Las garantías del debido proceso deben ser respetadas por los órganos administrativos que ejerzan funciones jurisdiccionales (art.8.1 CADH).-
7.1. • el derecho al debido proceso será reconocido a todo migrante, independientemente de su estatus migratorio.
8. Derecho a la defensa técnica (art. 8.2 CADH).-
8.1. • es importante la asistencia letrada de una persona extranjera • el Estado toma en cuenta las particularidades de su situación • goce de un acceso efectivo a la justicia en términos igualitarios.
9. Derecho de acceso efectivo a la asistencia consular.-
9.1. • Se reconoce al detenido extranjero derechos individuales
10. Debido proceso en procedimientos migratorios que involucren niñas y niños.-
10.1. • Deben ser respetado y asegurado a todas las personas sin distinción • deben correlacionarse con los derechos específicos que estatuye • Todo migrante tiene derecho que se le notifique si hay un proceso en su contra • derecho a la defensa • derecho a ser oído cobra una especial relevancia
11. Derecho de recurrir respecto de las decisiones que afecten sus derechos (art. 8.2.h. CADH).-
11.1. • Posibilitar en su caso el ejercicio del derecho al recurso • información sobre cómo recurrir una decisión • concedérsele un plazo razonable • recurso de revisión o apelación debe tener efectos suspensivos
12. Protección de la familia y derechos de los niñas y niños migrantes (art.17 y 19 CADH).-
12.1. • relación entre derecho a la protección de la familia y derechos de niñas y niños • favorecer el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar. • evitar casos de trata y explotación • analizar las circunstancias particulares de cada caso • historia inmigratoria • la consideración sobre la nacionalidad • derecho a la vida familiar de la niña o del niño
13. Derecho a la nacionalidad (art.20 CADH) de los hijos e hijas de las personas migrantes.-
13.1. • derecho de nacionalidad de los hijos e hijas de las personas migrantes. • respetar y asegurar este derecho sin discriminación • Caso de las niñas Yean y Bosico vs. República Dominicana. Sentencia de 8 de septiembre de 2005
14. Derecho de circulación y residencia (art. 22 CADH).-
14.1. • Derecho de circulación y residencia respecto de las personas migrantes • Las garantías deben cumplirse en los procesos de expulsión
15. Prohibición de expulsión o devolución de cualquier extranjero cuando exista riesgo para la vida o libertad personal (art.22.8 CADH).-
15.1. • la prohibición de expulsión o devolución de cualquier extranjero a otro país, sea o no de origen • las autoridades competentes de ese Estado deberán entrevistar a la persona • análisis del principio de no
16. Garantías mínimas del extranjero sujeto a una medida de expulsión o deportación y prohibición de expulsión colectivas (art.22.9 CADH).-
16.1. • Es prohibida la expulsión colectiva de extranjeros • varios tratados internacionales de derechos humanos son consistentes en prohibir las expulsiones colectivas • Garantizar que los no ciudadanos no serán objeto de una expulsión colectiva
17. MEDIDAS DE REPARACIÓN
17.1. • Creación de programas de formación y capacitación a funcionarios públicos • Adecuar normativa interna a los estándares convencionales • Realización de campañas en los medios públicos • CASO NADEGE DORZEMA Y OTROS vs. REPÚBLICA DOMINICANA
18. Situación de vulnerabilidad en que se encuentran las personas migrantes.-
18.1. • Dimensión ideológica • Situaciones de: JURE, FACTO • Prejuicios culturales • Medidas especiales • Deberes especiales • Grupo en situación de vulnerabilidad: migrantes indocumentados o en situación irregular
19. No discriminación e igual protección ante la ley.-
19.1. • No se admite ningún acto jurídico que entre en conflicto con dicho principio fundamental • No se puede discriminar • Comisión Africana sobre DDHH • Determinación de quienes son nacionales, la competencia es del Estado y está limitada
20. Obligaciones estatales en la determinación de las políticas migratorias a la luz de los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos.-
20.1. • Respeto y Garantías de los DDHH • Distinciones, objetivas, proporcionales y razonables • Medidas • CASO DE PERSONAS DOMINICANAS Y HAITIANAS EXPULSADAS vs. REPUBLICA DOMINICANA: Debido proceso, Principio de Igualdad y No Discriminación.
21. Obligación del Estado de no discriminar y prevenir y reducir la apatriada.-
21.1. • Derechos a la Nacionalidad • Persona Apatriada (Falta de nacionalidad): o Perdida de Nacionalidad o Privación de la libertad o Interpretación o aplicación de legislaciones relativas a la adquisición de la nacionalidad o Sucesión de Estados
22. Igualdad y no discriminación en relación a los derechos laborales de los migrantes indocumentados.-
22.1. • Privar el goce y ejercicio de sus DDHH • Migrantes indocumentados • Derechos violados a trabajadores migrantes: o Prohibición de trabajo forzoso u obligatorio o Prohibición de abolición de trabajo infantil o Atenciones especiales para mujer trabajadora o Asociación y libertad sindical o Negación colectiva o Descanso e indemnización, etc. • Principio de inalienabilidad: derechos que no pueden ser legítimamente negados a una persona. • Migrantes mismos derechos que nacionales
23. Derecho a solicitar asilo y recibir refugio.-
23.1. • Artículo 22.7 CADH.- Asilo • Deberes específicos por parte del Estado receptor: o Permitir que el niño/a pueda peticionar el asilo o No devolverlo a un país donde pueda sufrir riesgo de ser afectada su vida integral o Otorgar la protección internacional y beneficiar a otros miembros de la familia • Principios rectores • Determinar la urgencia de la necesidad de protección
24. Condición de refugiado.-
24.1. • Refugiado • Es de carácter declarativo
25. Principio de no devolución de refugiados.-
25.1. • Constituye la piedra angular de la protección internacional de las personas refugiadas o aisladas • Estados tienen obligación de no devolver o expulsar una persona que sufra algún riesgo de persecución (devolución indirecta) • Protección complementaria: o Los Estados velan por los derechos de las personas que no califican como refugiados o en otra calidad migratoria, pero no pueden ser devueltas o Se pueden limitar el ejercicio de ciertos derechos • CASO M.S.S vs. BELGICA Y GRECIA
26. Garantías Mínimas del debido proceso.-
26.1. • Obligaciones del Estado: o Garantizar al solicitante las facilidades necesarias o Solicitud examinada con objetividad por autoridad competente identificada o Decisiones fundamentadas de forma expresa o Protección de los datos, principio de confidencialidad o Información de cómo recurrir y un plazo razonable o Recurso de revisión o de apelación tiene efectos suspensivos, a no ser que sea infundado
27. CONSIDERACIONES PARTICULARES SOBRE DERECHOS VIOLADOS
27.1. Derecho a la integridad personal.
27.1.1. • Condiciones en que se encuentran las personas migrantes en situación irregular.