1. Desde este punto de vista, las normas pueden ser:
1.1. Aquellas que ocupan la escala más alta o importante dentro del ordenamiento jurídico, es decir, las que se sitúan en el más alto rango jerárquico.
1.1.1. Primarias
1.2. Aquellas que ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa.
1.2.1. Secundarias
2. Por el grado de imperatividad
2.1. Las normas pueden ser
2.2. Taxativas
2.2.1. Esto quiere decir que las normas taxativas imponen siempre una prescripción (mandato o prohibición) insoslayable, que ha de cumplirse de manera incondicional para que surtan efectos jurídicos.
2.3. Dispositivas
2.3.1. Aquellas que pueden dejar de aplicarse a una situación jurídica concreta por voluntad expresa de las partes. -
3. Por el ámbito de su validez
3.1. Espacial
3.1.1. El ámbito espacial se refiere al espacio geográfico o territorio en que un precepto es aplicable. -
3.1.1.1. Desde el punto de vista espacial o territorial de validez, podemos clasificar las normas jurídicas en:
3.1.1.1.1. Normas internacionales: Aquellas que tienen su espacio de vigencia en varios Estados.
3.1.1.1.2. Normas nacionales: Aquellas cuya vigencia se circunscribe al Estado que las ha promulgado.
3.2. Temporal
3.2.1. El ámbito temporal está constituido por el período de tiempo durante el cual tiene vigencia una norma.
3.2.1.1. Desde este punto de vista, las normas jurídicas pueden ser:
3.2.1.1.1. Normas de vigencia limitada o determinada: Aquellas que, desde el momento mismo de su publicación, incorporan en la propia norma la duración de su obligatoriedad, estableciendo el período de tiempo durante el cual permanecerán vigentes.
3.2.1.1.2. Normas de vigencia ilimitada o indeterminada: No todas las normas contienen en el propio texto un plazo de vigencia temporal determinado.
3.3. Material
3.3.1. El ámbito material se refiere a la materia o contenido regulado. -
3.3.1.1. Tradicionalmente, desde esta perspectiva, se habla de:
3.3.1.1.1. Normas de Derecho público: Quedarían aquí englobados el Derecho constitucional, Derecho administrativo, Derecho penal, Derecho procesal, Derecho internacional público, Derecho tributario.
3.3.1.1.2. Normas de Derecho privado: Derecho civil, Derecho mercantil.
3.4. Personal
3.4.1. El ámbito personal se refiere a los sujetos a los que afecta la norma.
3.4.1.1. Desde este punto de vista, las normas pueden ser:
3.4.1.1.1. Genéricas: Aquellas cuyo sujeto pasivo es una clase o categoría de personas, una pluralidad de individuos integrantes de un colectivo determinado: todos, los españoles, los agricultores, los estudiantes, los mayores de x años.
3.4.1.1.2. Particulares: Aquellas normas que obligan sólo a determinadas personas, puesto que derivan de la voluntad de los propios individuos, como sucede, por ejemplo, entre las partes vinculadas por un contrato o negocio jurídico.
3.4.1.1.3. Individuales: Aquellas que obligan o facultan a una o varias personas determinadas de modo individual, tal como sucede en las resoluciones administrativas y en las sentencias.
4. Por su función o finalidad
4.1. En virtud de la finalidad que desempeñan las normas jurídicas, pueden clasificarse en:
4.2. Son aquellas normas que regulan una conducta de acción u omisión. -
4.2.1. Normas de conducta (o de comportamiento)
4.3. Son aquellas que adquieren un significado pleno cuando se las relaciona con otras normas a las cuales complementan.
4.3.1. Normas de organización (o complementarias)
5. Por su origen
5.1. Son normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado.
5.1.1. Legales
5.2. Se trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, las llamadas “costumbres jurídicas”.
5.2.1. Consuetudinarias
5.3. Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales.
5.3.1. Jurisprudenciales
5.4. Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.
5.4.1. Negociales