4. Es estudiante de la Corporación Universitaria del Caribe quien se encuentre debidamente matriculado en un programa y para un período académico determinado.
5. Artículo 3º
6. La calidad de estudiante se pierde por una de las siguientes causas:
7. A) Cuando, al iniciarse un nuevo período o semestre académico, la persona no hace uso del derecho de renovación de matrícula.
8. B) Cancelación de matrícula por expulsión o voluntad propia.
9. C) Bajo rendimiento académico, como criterio de permanencia de un estudiante en el
10. programa académico donde se encuentra matriculado. El estudiante de la Corporación para
11. poder permanecer en un programa académico, debe alcanzar un promedio acumulado de
12. tres punto dos (3.2) de acuerdo a lo reglamentado por El Consejo Académico en esta materia.