principio ético de confidencialidad
por adriana ruiz
1. PSICÓLOGIA
1.1. La información que los psicólogos obtienen de otras personas en el desempeño de sus funciones profesionales se considera información estrictamente confidencial.
2. LIMITES DE CONFIABILIDAD
2.1. A.hacer revelaciones de material confidencial cuando cuenten con el consentimiento de la persona o de su representante legal.
2.2. B. la información confidencial toma consentimiento únicamente en aquellas circunstancias en las cuales no hacerlo
2.3. C. Los informes escritos y orales deben incluir solamente datos relevantes a los propósitos de la evaluación.
3. IACS
3.1. ESTANDARES ETICOS
3.2. . La información puede ser divulgada sólo a petición o consentimiento del cliente que tiene conocimiento pleno e informado de la naturaleza de la información que se publica, o a menos que lo exija la ley.
3.2.1. Cuando el cliente es un indicador de peligro y eminente para sí mismo u otros, el consejero profesional debe tomar medidas razonables, que puede implicar informar ción.