Reunión Normativa Laboral
por yeiromar Mendoza
1. En este proceso se logra que los sindicatos mediante, la Junta de Gobierno presidida por Wolfang Larrazábal, promulguen el Decreto Ley 440 de fecha 21 de noviembre de 1958.
2. Antecedentes: Posterior a la dictadura de Marcos Pérez Jiménez, el 23 de enero de 1958.
3. Con el propósito de uniformar las condiciones colectivas de trabajo por rama de industria, con alcances: locales, regionales y nacionales. Lo que ahora es denominado reunión normativa laboral.
4. Solicitud. Articulo 453 LOTTT A) Indicación de la rama de actividad. Alcance local, regional o nacional. B) Nómina de afiliados que prestan servicio en la entidad de trabajo. C) Cuando la formule uno o varios patronos. D) Proyecto de convención colectiva, que se negocia en la reunión colectiva.
5. Lapso para convocatoria. Articulo 455LOTT 30 días continuos .
6. Publicación. Articulo 457 LOTTTT Posterior a los 30 días se publicara una sede, día y hora donde se instalara la reunión.
7. Efecto de la convocatoria. Articulo 459 LOTTT Producirá de inmediato, la tramitación de todos los pliegos de peticiones. ART. 94 LOTTT Inamovilidad
8. Duración de la reunión .Articulo 464LOTTT 120 días pudiendo las partes convenir prorroga de 60 días continuos
8.1. ..
9. Objeto. Articulo 452 LOTTT Una reunión Normativa Laboral, especialmente establece las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una misma rama o actividad. .
10. Fuente Legal 1) Decreto Presidencial número 440 de fecha 21 de noviembre de 1958. 2) Ley Orgánica del trabajo, Las trabajadoras y Los trabajadores. De fecha 29 de abril de 2014.
11. Reunión Normativa Laboral: Es una de la formas de celebrar una convención colectiva. Con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio Articulo 452-453 LOTTT
12. Requisitos de la convocatoria. Articulo 454 LOTTT 1) Patronos o patronas solicitantes representen la mayoría en la misma rama de actividad. De ámbito local, regional o nacional. 2) Que la organización este representen la mayoría de los sindicalizados en la rama de actividad que se trate.
13. Convocatoria .Articulo 465 LOTTT 1) Día y hora en que se estale la organización. 2) Lista de patronos y patronas. 3) Rama de actividad que se trate. 4) alcance (local o nacional). 5) desde ese momento, se suspende tramitación de los proyectos. 6) ningún patrono podrá despedir hasta terminada la reunión
13.1. .
13.1.1. ....