FASE INTERMEDIA. AUDIENCIA PRELIMINAR. FACULTAD Y CARGA DE LAS PARTES. EXCEPCIONES

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FASE INTERMEDIA. AUDIENCIA PRELIMINAR. FACULTAD Y CARGA DE LAS PARTES. EXCEPCIONES por Mind Map: FASE INTERMEDIA. AUDIENCIA PRELIMINAR. FACULTAD Y CARGA DE LAS PARTES. EXCEPCIONES

1. Articulo 311 COPP: Para sus pretensiones, las partes tienen, hasta cinco días antes de la fecha (plazo improrrogable) de la Audiencia para exponer de manera escrita, sus respectivas pretensiones y facultades

2. FACULTADES Y CARGAS DE LAS PARTES

2.1. Hasta cinco días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebración de la audiencia preliminar, el fiscal, la víctima, siempre que se haya querellado o haya presentado una acusación particular propia, y el imputado, podrán realizar por escrito los actos siguientes:

2.1.1. Oponer las excepciones previstas en este Código, cuando no hayan sido planteadas con anterioridad o se funden en hechos nuevos;

2.1.2. Pedir la imposición o revocación de una medida cautelar;

2.1.3. Solicitar la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos;

2.1.4. Proponer acuerdos reparatorios;

2.1.5. Solicitar la suspensión condicional del proceso;

2.1.6. Proponer las pruebas que podrían ser objeto de estipulación entre las partes;

2.1.7. Promover las pruebas que producirán en el juicio oral, con indicación de su pertinencia y necesidad;

2.1.8. Ofrecer nuevas pruebas de las cuales hayan tenido conocimiento con posterioridad a la presentación de la acusación fiscal.

3. EXCEPCIONES

3.1. El Artículo 31 COPP Trámite de las Excepciones Durante la Fase Intermedia: Durante la fase intermedia, las excepciones serán opuestas en la forma y oportunidad establecidas en el artículo 311 de este Código, y serán decididas conforme a lo allí previsto. Las excepciones no interpuestas durante la fase preparatoria podrán ser planteadas en la fase intermedia.

3.2. Artículo 32 COPP Excepciones Oponibles Durante la Fase de Juicio Oral. Trámite. Durante la fase de juicio oral, las partes sólo podrán oponer las Siguientes excepciones:

3.2.1. La incompetencia del tribunal, si se funda en un motivo que no haya sido dilucidado en las fases preparatoria e intermedia.

3.2.2. La extinción de la acción penal por prescripción, salvo que el imputado o imputada renuncie a ella, o que se trate de las excepciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

3.2.3. Las que hayan sido declaradas sin lugar por el Juez o Jueza de Control al término de la audiencia preliminar.

4. ARTÍCULO 332 COPP DESARROLLO DE LA AUDIENCIA

4.1. El día señalado se realizará la audiencia en la cual las partes expondrán brevemente los fundamentos de sus peticiones.

4.2. Durante la audiencia el imputado podrá solicitar que se le reciba su declaración, la cual será rendida con las formalidades previstas en este Código.

4.3. El juez informará a las partes sobre las medidas alternativas a la prosecución del proceso. En ningún caso se permitirá que en la audiencia preliminar se planteen cuestiones que son propias del juicio oral y público.

5. ¿QUÉ ES LA FASE INTERMEDIA?

5.1. Es el conjunto de actos procesales que median después que el Ministerio Publico a dado por terminada la fase preparatoria y ha presentado su acto conclusivo,(archivo fiscal, sobreseimiento o acusación); en esta fase del Proceso penal se entabla el estadio procesal encaminada a determinar si se abre o no el Juicio Oral y Público en contra de él o los acusados

6. Se inicia cuando el Fiscal del Ministerio Público, ante el tribunal de Control, la formal acusación contra el imputado, en la cual lo señala de ser el autor o participe de un determinado delito, basándose en las pruebas recabadas durante la investigación.

7. Una vez que el fiscal, presenta la Acusación, el Juez de Control debe convocar a las partes (Imputado, su defensor, víctima, Fiscal) a realizar sus respectivas pretensiones a la  audiencia Preliminar, dicha audiencia deberá realizarse en un plazo no mayor de 15 días ni menor de 20 (Artículo. 309 COPP) días que serán computados por días de despacho (Artículo. 156 COPP).