1. están constituidas por aquellas facultades o aptitudes para obrar; exorbitantes, con fuerza ordenadora y coactiva; atribuidas constitucional y legalmente a la Administración Pública.
2. Caracteristicas principales
2.1. se trata de poderes reguladores por la ley y por ello no cabe olvidar que las potestades administrativas están sujetas al principio de la legalidad propio de nuestro estado de derecho. estas facultades otorgadas a las administraciones publicas solo pueden ser ejercidas para la persecución de interés publico y en ningún caso el interés propio o privativo de la propia administración.
3. Clasificacion
3.1. Las potestades publicas administrativas se clasifican según sus criterios , de igual manera su enumeración completa e individualización de todas y cada una de las potestades que adornan a las administraciones publicas constituye prácticamente todo el esquema del derecho administrativo.
4. Segun su contenido
4.1. Potestad reglamentaria: prerrogativa por la que las administraciones publicas pueden crear normas con rango reglamentario. Potestad de planificación: se engloba en la anterior en cuanto a los planes que se aprueben por reglamento. Potestad tributaria: su fundamento se orienta a la recaudación de impuestos. Potestad de investigación: deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.
5. Segun su incidenca en el ordenamiento juridico
5.1. Innovativas
5.2. De naturaleza normativa (reglamentos) por las que se aprueban, modifican o derogan las normas administrativas, alterando el sistema normativo anterior.
5.3. De conformidad de situaciones y relaciones jurídicas.
5.4. No Innovativas Potestades de auto tutela: que implica que la administración publica esta capacitada como sujeto de derecho para tutelar por si misma sus propias situaciones jurídicas, incluso sus pretensiones innovativas del statu que, eximiéndose de este modo la necesidad, común a los demás sujetos, de recobrar la tutela judicial