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https://www.youtube.com/watch?v=jWnZwUxQhDU por Mind Map: https://www.youtube.com/watch?v=jWnZwUxQhDU

1. La Constitución está divida en:

1.1. Dogmática

1.1.1. Son preceptos que están reguladas a través de cláusulas abiertas, como regla general y reconocen derechos fundamentales.

1.1.2. Tienen una baja densidad normativa, lo que no predetermina de manera suficiente la solución jurídica dejando un amplio margen de libertad o apreciación al intérprete.

1.1.3. Por lo tanto son preceptos de interpretación y controversia constitucional.

1.2. Orgánica

1.2.1. Son preceptos que organizan poderes del Estado o regulan  órganos constitucionales o establecen procedimientos y se encuentran recogidos a través de cláusulas cerradas.

1.2.2. Tienen alta densidad normativa, y que por tanto predetermina la solución jurídica, no dejando al intérprete ningún margen de apreciación normativa.

1.2.3. Por lo tantto estos son preceptos imposibles de interpretar en la Carta Magna

2. ¿Por quién es realizado

2.1. Pueden ser como partes,  actores, demandados o terceros interesados, en los que se plantea la posible inconstitucionalidad de normas generales o de actos concretos en donde se solicita su invalidación, alegándose que tales normas o actos no se ajustan a lo constitucionalmente ordenado; o bien para plantear conflictos sobre los límites de los estados cuando éstos adquieren un carácter contencioso.

2.1.1. La Federación.

2.1.2. Los Estados

2.1.3. El Distrito Federal o municipios

2.1.4. El Ejecutivo Federal

2.1.5. El Congreso de la Unión o cualquiera de sus Cámaras o Comisión permanente

2.1.6. Los Poderes de un Estado

2.1.7. Órganos de Gobierno del Distrito Federal

3. ¿Cuándo se realiza una Controversia Constitucional?

3.1. Cuando existe una contradicción entre dos o más textos constitucionales.

3.2. Cuando una institución se regule de dos formas deferentes y tenga que optarse por una u otra.

3.3. Cuando se desprende una litis por la invasión a la esfera de la competencia o atribuciones entre alguno de los poderes y de atribuciones entre la federación y los estados; en donde consideran afectado un legítimo interés

4. ¿Ante quién se debe realizar?

4.1. En el art. 105 de la Constitución establece que las controversias constitucionales serán resueltas por la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

4.1.1. La Controversia Constitucional se debe resolver a través de un procedimiento de control de la regularidad constitucional, planteados en forma de juicio.

4.1.1.1. 1. Presentación de la demanda

4.1.1.2. 2. Emplazamiento

4.1.1.3. 3. Periodo de pruebas y alegatos

4.1.1.4. Audiencia

4.1.1.5. Resolución

4.1.2. La finalidad es obligar y constreñir a que todos los Órganos y Poderes que se derivan de la Constitución Federal conformen y ajusten su actuación y la realización de sus actos a lo que dispone la Constitución General de la República.

5. Según Díaz Revorio los principios que deben estar presentes siempre en la  interpretación de la Constitución son:

5.1. a) De unidad de la constitución.

5.1.1. Supone el considerar a la Constitución como un todo que se sitúa en la cúspide del Ordenamiento jurídico (Supremacía Constitucional) y debe presidir a su vez la interpretación.

5.2. b) De concordancia práctica.

5.2.1. Los conflictos posibles entre preceptos constitucionales no deben resolverse en base a la supuesta superioridad de alguno de ellos y el sacrificio de otros, sino mediante ponderación.

5.3. c) De fuerza normativa de la constitución.

5.3.1. Presupone el carácter jurídico y vinculante de cada uno de sus preceptos.

5.4. d) De corrección funcional.

5.4.1. Implica la consideración de la distribución de poderes y funciones que deriva de la propia Constitución.