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Ley del ISR por Mind Map: Ley del ISR

1. También obligados a formularo esa liquidacion por medio de declaración jurada aun cuando no resulten obligados al pago del impuesto: 1-Personas naturales domiciliadas con renta imponible superior a la base excenta detallada en el art37 de LISR 2.Las personas juridicas. 3-Los obligads a llevar contabilidad formal 4-A todo sujeto que se le haya retenido el impuesto total o parcial. 5-los que hubieren declarado en el ejercicio anterior. 6-las Sucesiones 7. los fideicomisos, 8. Los conjuntos culturales, artisticos y otros, 9.todos los contribuyes registrados del impuesto IVA.

2. Personas naturales cuya renta provenga de salarios cuyo monto sea igual o inferior US$9,100.00, no obligadas a presentar liquidación si una deducción fija de US$1600.

2.1. Si son rentas mayores de US$9,100.00,  tendrán derecho a deducciones establecidas, en los Art. 32 y 33 sujetas a comproabación

3. Art. 29 7) Deducción para asalariados que liquidan o no el impuesto.

4. Art. 29  Son deducibles de la renta obtenida.

4.1. Tambien los detallados en el Art.31, 1-La Reserva Legal, 2-El valor o saldo de las Deudas Incobrables  38 RISR (2.1 que la deuda provenda de operaciones propias del negocio productor de ingresos computables, 2.2  que se haya computado como ingreso gravable, 2.3 que se encuentre contabilizado en registros especiales, 2.4 que se proporcione a la Direccion general informacion que exige el art. 37RISR  3. el tratamiento para la constitución de reservas de saneamiento de cuentas incobrables y de las reservas de activos extraordinarios por parte de bancos.

4.1.1. Ar.38 RLISR,  Cuando se trate de oblgaciones que produzcan intereses, no podrá admitirse como deducción por concepto de deuda incobrable un porcentaje mayor del interés pactado.

4.1.1.1. Art.37 RLISR, se refiere a las deudas incobrables relacionando el art.31 de la ley de ISR #2  literal d) a efecto q sea deducible la deuda incobrable se reguiere lo siguente:                                        a) Nombre profesion, domicilio                          b) Origen y forma de constitucion de la deuda  c) Forma y clase de garantía, indicando nombre o profesion y domicilio del fiador          d) fecha desde la cual se hizo exigible la deuda   e) si se ha intentado el cobro por via judicial     f)si el contribuyente lleva contabilidad formal   g)Cualquier otra información que requiera la Dirección General para fundamentar la deducción.

5. Art. 32 Erogaciones con fines sociales     las efectuadas por el contribuyente con los fines siguientes:

5.1. 1-Erogaciones para construcción mantenimiento y operación de viviendas, escuelas entre otros                                           2-Para construcción y mtto de obras de saneamiento..                                                     3-Las aportaciones patronales para la constitución y funcionamiento de asociaciones o cooperativas creadas para operar con participacion de la empresa y de los trabajadores.                                                        4-Las donaciones a que se refiere el art.6 de la ley,                                                                        5-Las cuotas o aportaciones a sindicatos, asociaciones, fundaciones o gremiales de trabajadores.                                                      6-cuota patronal pagada por personas naturales al ISSS correspondiente al trabajador domestico

6. Art.39 Rentas Diversas Las personas naturales domiciladas o no con ingresos provenientes de diversas fuentes inclusive salario, y cuyo monto no exceda de limite señalado en el art.38 deberán presentar la liquidación.

6.1. Art.33 Deducciones personas naturales podran deducir de su renta monto maximo de US$800 excepto los del #7 del Art,29, por los siguientes conceptos a) valores pagos en concepto de servicion hospitalario, medicinas y otros b) valor paagado en concepto de colegiaturas hasta de 25 años de edad q no sean contribuyentes y tambien los contribuyentes asalariados cuya renta exceda los US$9100.00

6.1.1. Art.38 Asalariados   las personas naturales domiciliadas cuyas rentas provengan de salarios, sueldos y otras remuneraciones y que hayan sido objeto de retención NO estan obligadas a presentar declaración, salvo aquellas personas con rentas mayores a US$60,000 anuales relacionando la table del art37.de la LISR

7. RENTA OBTENIDA

8. Art.92 Obligacion de declarar y pagar

8.1. Todo el que conforme a la ley sea sujeto del impuesto, este registrado o no, esta obligado a formular por cada ejerciciio inpositivo  ante la DGII , por medio de formularios autorizados