1. Paso 2
1.1. Decreto entra en vigencia
1.2. Sansion promulgacion y publicacion
1.3. Presidente de la republica
1.4. Derecho a la seguridad jurídica ( Art.2)
1.5. Derecho al honor y a la integridad personal (Art.2)
1.6. Derecho a la igualdad ante la ley (Art. 3)
1.7. Derecho a la inviolabilidad del domicilio (Art.5 y 20)
1.8. Derecho a la documentación personal (Art.5)
2. Proceso Global
2.1. Decreto entra en vigencia
2.2. Sansion promulgacion y publicacion
2.2.1. ¿Se están cumpliendo o no en nuestra sociedad? El gobierno de nuestro país intenta poder cumplir con todos los derechos que se han establecido, pero el problema está en que eso no solo depende del presidente sino de otras personas que constituyen el gobierno, entonces la mayoría de los derechos se cumplen, pero algunos aun en las zonas rurales no se está reflejando mucho que se estén cumpliendo.
2.3. Presidente de la republica
2.3.1. Según el articulo 398 del código de familia el estado esta obligado a proteger los adultos mayores, a través de acciones coordinadas por la secretaria nacional de la familia.
2.4. Los adultos mayores no deben abandonarse nunca tienen que disfrutar de forma gratuita, de programas culturales, recreativos o de simple esparcimiento. Deben ser informados sobre estos derechos y las leyes que se los garantizan (art. 394 Cod. Familia)
2.4.1. Las personas de la tercera edad, son aquellas que hayan cumplido 60 años o más (art. 389 del código de familia)
3. Paso 1
3.1. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: Resive el proyecto o decreto legislativo Art, 135 cn..
3.1.1. Sancion, promulgacion y publicacion del decreto del Derecho legislativo en el diario oficial. Art. 140 cn.
3.1.2. DRECRETO ENTRE EN VIGENCIA: se convierte en ley de la republica Art. 140 cn.