Actividad Financiera del Estado Venezolano

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Actividad Financiera del Estado Venezolano por Mind Map: Actividad Financiera del Estado Venezolano

1. ACTIVIDAD FINANCIERA

1.1. Objetivo

1.1.1. RECAUDAR FONDOS

1.1.1.1. Destinados

1.1.1.1.1. SATISFACER NECESIDADES

2. Fines de la Actividad Financiera.

2.1. Su único fin es obtener recursos o ingresos que luego debe destinar para satisfacer las necesidades del país. Dentro de los propósitos o fines de la actividad financiera se encuentran: El neutralismo e intervencionismo

2.1.1. Neutralismo:

2.1.1.1. Esta corriente establece que el Estado debe ser un simple espectador de las actividades del país, siendo su carácter pasivo y estático, por lo que al adoptar esta actitud los fines que perseguirá el Estado serán fiscales, ya que se limitaran a funciones de Estado Policía.

2.1.2. Intervencionismo:

2.1.2.1. El intervencionismo establece que el Estado debe de actuar interviniendo con el fin de encausar las actividades financieras de la población de modo que su actividad fuese dinámica, al adoptar esta postura los fines del Estado serán extra fiscales, porque cumplirá con políticas económicas, sociales, financieras y culturales, no tendrá el papel de Estado-Policía, sino que más cerca de ser Estado-Benefactor.

3. Características de la actividad financiera:

3.1.  Instrumentalidad: la actividad financiera cumple un rol instrumental para el desarrollo de otras actividades. Obtiene recursos para realizar gastos que cubran las distintas necesidades públicas.

3.1.1.  Reconoce como único sujeto activo al estado.

3.1.1.1. Su objeto lograr ingresos y realizar gastos.

4. Se encuentra conformada fundamentalmente por dos variables, también denominadas fases; gastos públicos e ingresos públicos

4.1. Gasto publico, el punto de partida es la estimación de los recursos que se requerirán para satisfacer un conjunto determinado de necesidades en la colectividad

4.2. Los ingresos públicos, pueden definirse de manera general y sencilla como todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad

5. El Derecho Financiero y Tributario

5.1. Derecho Financiero

5.1.1. Es el un conjunto de normas jurídicas que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos del estado y los entes públicos.

5.1.2. RAMA DEL DERECHO PÚBLICO

5.1.3. Son gastos que por lo general están previstos en el presupuesto general del estado.

5.1.3.1. CONTENIDO

5.1.3.1.1. GENERAL Es donde se consagran los principios aplicables a las relaciones entre estados y particulares, armonizando la necesidad de eficacia funcional de los órganos fiscales con las garantías individuales de los contribuyentes. busca el equilibrio razonable entre el individuo y el estado

5.1.3.1.2. ESPECIAL Contiene las normas específicas y peculiares de cada uno de los distintos tributos que integran los sistemas tributarios.

5.1.4. PRINCIPIOS GENERALES

5.1.4.1. Progresividad

5.1.4.2. Igualdad

5.1.4.3. Generalidad

5.1.4.3.1. Legalidad

5.1.5. FUENTES

5.1.5.1. a) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Todas Las Disposiciones Constitucionales .

5.1.5.2. b) Ley. Las leyes y los actos con fuerza de ley.

5.1.5.3. c) Decretos Ley. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estadales y municipales.

5.1.5.4. d) Autonomía. Los problemas jurídicos que surgen de la actividad financiera del Estado se resuelven mediante principios propios de carácter unitario.

5.1.5.5. e) Reglamentos. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados a tal efecto.

5.1.5.6. f) Tratados Internacionales. Son convenios firmados entre dos o más Estados que se regulan acuerdos que vinculan a los estados parte. Pueden ser bilaterales o multilaterales.

5.1.6. RELACIÓN DEL DERECHO FINANCIERO CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO

5.1.6.1. DERECHO PENAL En lo que respecta a la violación de las leyes financieras y de las normas sobre el control estatal de la actividad privada Asume importancia , por la difusión que corresponde a cada rama del poder público en la actividad financiera y, en especial, por el régimen americano de control judicial de constitucionalidad de las leyes. Diversas normas constitucionales sobre actividad financiera asumen la condición de principios generales del derecho financiero, y ellas, así como las disposiciones sobre poderes tributarios, presupuesto, control de gastos, empréstitos; constituyen materias que hoy integran el derecho.

5.1.6.2. DERECHO ADMINISTRATIVO Por identidad del sujeto de ambas disciplinas, la administración pública y la comunidad de algunos conceptos.

5.1.6.3. DERECHO PROCESAL Se constituye por el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones jurídicas poniendo en el ejercicio la actividad judicial del estado

5.1.6.4. DERECHO TRIBUTARIO Tiene por finalidad el estudio de las normas legales, reglas y principios que regulan las imposiciones tributarias.

5.2. Derecho Tributario o Fiscal

5.2.1. Es un conjunto de normas jurídicas que se refieren a los tributos, reglamentándolos en sus diversas formas”; es decir, que el derecho tributario establece los parámetros legales a seguir, ya sea por el contribuyente o por los funcionarios.

5.2.2. DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO

5.2.2.1. Se ocupa de la delimitación y coordinación de poderes tributarios entre las distintas esferas estatales. Estudia las normas que disciplinan el ejercicio del poder Tributario.

5.2.2.2. AUTONOMÍA DEL DERECHO TRIBUTARIO

5.2.2.2.1. Resuelve mediante principios propios de carácter unitario, Los problemas jurídicos que surgen de la actividad financiera del Estado.

5.2.3. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO

5.2.3.1. LEGALIDAD GENERALIDAD JUSTICIA TRIBUTARIA IGUALDAD PROHIBICIÓN DE IMPUESTO PAGADERO EN SERVICIO PERSONAL PROGRESIVIDAD NO CONFISCATORIEDAD NO RETROACTIVIDAD

5.2.4. RAMAS DEL DERECHO TRIBUTARIO

5.2.4.1. DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL: Contiene las normas sustanciales relativas a la obligación tributaria. Estudia cómo nace la obligación de pagar tributos (mediante la configuración del hecho imponible) y cómo se extingue esa obligación; examina también cuáles son sus diferentes elementos.

5.2.4.2. DERECHO TRIBUTARIO FORMAL: Estudia todo lo concerniente a la aplicación de la norma material al caso concreto en sus diferentes aspectos; analiza especialmente la determinación del tributo, así como la fiscalización de los contribuyentes y las tareas investigadora de tipo policial, necesarias en muchos casos para detectar a los evasores ocultos.

5.2.4.3. DERECHO TRIBUTARIO PROCESAL: Contiene las normas que regulan las controversias de todo tipo que se plantean entre el fisco y los sujetos pasivos, ya sea en relación a la existencia misma de la obligación tributaria, a su monto, a los pasos que debe seguir el fisco para ejecutar forzadamente su crédito, para aplicar o hacer aplicar sanciones y a los procedimientos que el sujeto pasivo debe emplear para reclamar la devolución de las cantidades indebidamente pagadas al Estado.

5.2.4.4. DERECHO TRIBUTARIO PENAL: Regula jurídicamente lo concerniente a las infracciones fiscales y sus sanciones.

5.2.4.5. DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL, CONSTITUCIONAL: Estudia las normas que corresponde aplicar en los casos en que diversas soberanías entran en contacto, para evitar problemas de doble imposición y coordinar métodos que eviten la evasión internacional hoy en boga mediante los precios de transferencia, el uso abusivo de los tratados, la utilización de los paraísos fiscales y otras modalidades cada vez más sofisticadas de evasión en el orden internacional.

5.2.4.6. DERECHO TRIBUTARIO: es una rama del Derecho público, dentro del Derecho financiero, que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en áreas del bien común.

6. Gestión que realiza el Estado con gastos, que por medio de ingresos de diferentes actividades gubernamentales, son usados para satisfacer ciertas necesidades, de la sociedad; salud, educación, defensa, seguridad entre otros, llamados servicios públicos.

7. Teorias sobre la Actividad Financiera

7.1. Las actividades financieras, tanto del sector público como del sector privado, se desarrollan dentro de la estructura de un sistema económico político y social

7.1.1. ACTIVIDAD FINANCIERA SOCIAL

7.1.1.1. En cuanto al aspecto social, se reconoce que uno de los fines perseguidos por la actuación financiera del Estado es la satisfacción de necesidades en la colectividad, pero en la mayoría de los casos resulta imposible atenderlas en su totalidad; es por ello que la infinidad de necesidades existentes deben ser analizadas, valoradas, elegidas, jerarquizadas, para seleccionar las que en determinado momento podrán ser atendidas a través del gasto público.

7.1.2. ACTIVIDAD FINANCIERA ECONOMICA

7.1.2.1. El criterio económico de la eficiencia debe estar presente tanto en la asignación y ejecución de los gastos (para garantizar el mayor rendimiento), como en la recaudación de los ingresos, tratando de lograr una justa distribución de los aportes que cada miembro de la sociedad realiza con el fin de financiar la actividad gubernamental.

7.1.3. ACTIVIDAD FINANCIERA POLÍTICA

7.1.3.1. La legislación existente establece las pautas que pueden regir esta actividad, no se descarta la posibilidad de que esa legislación pueda ser modificada para ponerla a tono con el contexto en el que se desenvuelven las finanzas del Estado en un momento dado, modificaciones que, una vez más, caen dentro del ámbito de acción del poder político (en este caso, legislativo).