2. Se considera un sistema porque cada una de las partes interrelacionan con las demás, y conforman un conjunto de elementos que se obtiene de un objetivo común que los unifica, constituidos por la organización jurisdiccional, la normativa aplicable, y la doctrina y jurisprudencia.
3. Se Caracteriza Por
3.1. Ejercer una función de control y de justicia
3.2. Por una jurisdicción especial
3.3. El control de la administración
3.4. El control de la actividad de los entes públicos. Entre otros...
8.1. El objeto controlado (la Administración en sentido orgánico y sustancial)
8.2. El mecanismo o medio de control (el proceso contencioso-administrativo)
8.3. La finalidad del control (la protección del administrado y la preservación del principio de legalidad en las actuaciones de los órganos del Poder Público).
9. Por una jurisdicción especial
10. La trayectoria histórica del Contencioso – Administrativo nace en Francia, donde tiene su origen, cabe destacar que esto surgió a mediados del siglo XVIII
11. ¿Cuáles fueron sus orígenes?
12. Es aquel procedimiento en el cual se impugna un acto administrativo, se trata de una vía de recurso. Cabe destacar que el contencioso administrativo estará dispuesto para así obtener el cumplimiento de la legalidad. Este tiene como finalidad canalizar por vía jurisdiccional la resolución de una serie de conflictos o disputas entre la Administración y los ciudadanos, mediante la interposición de los correspondientes recursos contenciosos.
12.1. La materia contencioso-administrativa es el elemento importante en todo sistema ya que impone la intervención de la jurisdicción contencioso-administrativa.
13. Es importante resaltar que en Venezuela, antes de la vigencia de la Constitución de 1.961, no existía un sistema contencioso administrativo propiamente dicho