1. Principios
1.1. Satisfacción y pre-valencia del interés general:
1.1.1. las actuaciones del servidor público deberán dirigirse a satisfacer el interés general por encima de cualquier interés particular.
1.2. Igualdad en el acceso a la función pública y desarrollo de la carrera
1.2.1. Toda persona que cumpla con los requisitos determinados en las convocatorias tiene derecho a participar en los procesos de selección de personal, a acceder a los cargos y a las oportunidades de carrera sin discriminación de género, raza, religión, tendencia política u otras. Los servidores públicos tienen derecho a ser capacitados y formados para la mejor realización de su trabajo.
1.3. Objetividad, imparcialidad y ética en las actuaciones
1.3.1. Los servidores públicos actuarán con independencia de valoraciones subjetivas y personales; procederán con rectitud y ética sin favorecer o desfavorecer a una parte determinada, procurando el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas.
1.4. Igualdad de condiciones en el desempeño de la función pública
1.4.1. los servidores públicos que desempeñen cargos similares, en igualdad de condiciones y responsabilidades, devengarán igual remuneración económica, tomando en consideración además su desempeño y antigüedad en el cargo, preparación técnica y académica.
1.5. Regularidad, eficiencia y eficacia en el ejercicio de la función pública
1.5.1. Todo servidor público debe cumplir ininterrumpida y efectivamente las tareas propias de su cargo, logrando la prestación de los servicios y la realización de actividades al menor costo para el público y la institución, evitando demoras y atrasos.
1.6. Actúa con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en conocimiento del superior jerárquico de su institución
1.6.1. Transparencia y publicidad en los procedimientos
1.6.1.1. Todo participante o interesado en los procesos de selección, ascenso y traslado contemplados por la presente ley deberán tener acceso a los expedientes vinculados a su trámite, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley.
1.7. Respeto a la autoridad jerárquica sometida a la ley
1.7.1. Los servidores públicos deberán acatar las órdenes recibidas de sus superiores, salvo aquellas que sean manifiestamente ilegales.
1.8. Principio de legalidad
1.8.1. Sometimiento pleno a la Constitución, los tratados y convenios internacionales, leyes de la República, los contratos colectivos y el derecho.
1.9. Estabilidad laboral de los servidores pertenecientes a la carrera administrativa gerencial y operativa
1.9.1. El estado garantizará la permanencia de los servidores públicos que pertenezcan a la carrera administrativa, siempre que su desempeño se ajuste a la eficiencia y a los requerimientos éticos y disciplinarios establecidos por el marco legal vigente.
2. Prohibiciones Eticas
2.1. Mantener Intereses de Conflicto
2.1.1. Mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento de los deberes y funciones a su cargo.
2.2. Obtener Ventajas Indebidas
2.2.1. Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.
2.3. Realizar Actividades de Proselitismo Político
2.3.1. Realizar actividades de proselitismo político a través de la utilización de sus funciones o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos públicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos
2.4. Hacer Mal Uso de Información Privilegiada
2.4.1. Participar en transacciones u operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad a la que pertenece o que pudiera tener acceso a ella por su condición o ejercicio del cargo que desempeña, ni debe permitir el uso impropio de dicha información para el beneficio de algún interés.
2.5. Presionar, Amenazar y/o Acosar
2.5.1. Ejercer presiones, amenazas o acoso sexual contra otros servidores públicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas.
3. Deberes.
3.1. Respeto
3.1.1. Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento.
3.2. Probidad
3.2.1. Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.
3.3. Eficiencia
3.3.1. Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente.
3.4. Idoneidad
3.4.1. Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones.
3.5. Veracidad
3.5.1. Se expresa con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos.
3.6. Lealtad y Obediencia
3.7. Justicia y Equidad
3.7.1. Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía en general.