1.1. Deber de eficiencia: Utilizar adecuadamente los recursos para cumplir las funciones que le correspondan.
1.2. Deber de veracidad: Emitir juicios y opiniones en forma oral o escrita apegados a la verdad.
1.3. Deber de confidencialidad: Guardar la discreción debida, respecto de los hechos e informaciones en el ejercicio de sus funciones, siempre que no afecte el interés público.
2. PROHIBICIONES
2.1. Prevalecerse de su cargo público para obtener o procurar beneficios privados.
2.2. Desempeñar simultáneamente dos o más empleos en el sector público, salvo los casos permitidos en la ley.
2.3. Utilizar, para beneficio privado, la información reservada o privilegiada que obtenga en función de su carg
3. PRINCIPIOS ÉTICOS.
3.1. a) Supremacía del Interés Público: Actuar tomando en consideración que el interés público está siempre sobre el interés privado.
3.2. No Discriminación Atender a las personas que demandan o solicitan servicios públicos, sin discriminar por motivos de nacionalidad, raza, sexo, religión, ideología, opinión política, condición social o económica.
3.3. Lealtad Actuar con fidelidad y respeto a la persona humana, como origen y fin de la actividad del Estado, igualmente con la institución, jefes, compañeros, subordinados, dentro de los límites de las leyes y la ética.