ENFOQUE PARA ABORDAR EL EJE DE MEDIO AMBIENTE

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1. PROPONE

1.1. Tomar Como Referencia fundamental la categoría jurídica de la Naturaleza de Como Sujeto de Derechos, establecida en la Constitución de la República del 2008,así como toda la política ambiental pública.

1.1.1. FINALIDAD

1.1.1.1. Plasmar estas políticas en las Instituciones de Educación Superior (IES) por medio del eje ambiental

2. Se Guía sí en las Siguientes delimitaciones conceptuales

2.1. Ambiente y Buen Vivir

2.1.1. CONCIBE

2.1.1.1. La prolongacion en el Tiempo de las Culturas Humanas Y de la Biodiversidad, Asi Como La Responsabilidad Con El Planeta y Con las Generaciones Futura.

2.1.2. SE BASA

2.1.2.1. En La Comprensión De que vivir plenamente el pecado Es Un Individuo logro, Sino Que Depende también de la plenitud de las Demás Formas de vida, del ambiente en su conjunto.

2.1.2.2. Y Que El Camino a la 'vida buena' implicaciones Transformar y reorientar la Producción de Conocimientos y saberes en Función de la sociedad biocéntrica colectivo de Como objetivo.

2.1.3. PERMITE

2.1.3.1. Repensar en la Relación Humana Con El ambiente de Una perspectiva

2.1.3.1.1. Que se enriquece con cosmovisiones Diversas, Retomando Prácticas Más Acordes con el Desarrollo Sustentable y la Conservación de la biodiversidad de Como Soporte de la vida.

2.2. Relación ecosistemas-sociedad

2.2.1. Esta

2.2.1.1. La Comprensión de Que Somos Humanos Viviendo en Un Mundo Más Que Humano, Que pertenecemos al Orden natural, Que ESTAMOS reclamados y limitados POR EL, Y Que sentimos SUS Demandas en Nuestra Experiencia cotidiana

2.2.1.2. Se traducen en Servicios ecosistémicos de tres Tipos:

2.2.1.2.1. Servicios de aprovisionamiento, Referidos a los bienes y Productos Que se obtienen de los Ecosistemas, Como Alimentos, madera, agua, suelo, Recursos Genéticos, etc .

2.2.1.2.2. Servicios de Regulación y Soporte, o Beneficios provenientes de la Regulación de los Procesos ecosistémicos Como la de Regulación del clima, el control de la erosión y El Control De deslaves.

2.2.1.2.3. Servicios Culturales, hijo Aquellos Que Beneficios ninguna Materiales obtenidos de los Ecosistemas, Como La Belleza Escénica, la cosmovisión De Una cultura, LA Recreacion Y las Experiencias Estéticas.

2.3. Ambiente, ciencia y modelo económico-social

2.3.1. Es, por del tanto, la Estructura Misma del Modo de Producción, del modelo de sociedad y de la Cultura hegemónica Lo Que esta en cuestión.

2.3.2. Se Trata

2.3.2.1. De una crítica potente al modelo civilizatorio occidental:

2.3.2.1.1. UN MODELO DE PRODUCCIÓN BASADO

2.3.2.1.2. UN MODELO SOCIAL BASADO

2.3.2.1.3. UN MODELO DE SOCIALIZACIÓN BASADO

2.3.2.1.4. UN MODELO DE INDIVIDUO BASADO

2.4. Principio de precaución

2.4.1. Aparece

2.4.1.1. En La Cumbre de Estocolmo de 1972 y se ha ido progresivamente en Consolidando el Derecho Ambiental Internacional, Asi Como en la Legislación Nacional.

2.4.2. El Decenio de las Naciones Unidas Sobre la Diversidad Biológica 2011-2020

2.4.2.1. DESCRIBE

2.4.2.1.1. El Principio de precaucion, orientando Una Que se tome en Cuenta el peligro de Reducción o Pérdida de diversidad biológica ya Que (en Caso de incertidumbre absoluta) se adopten Medidas Que impidan o minimicen tal peligro.

2.4.3. La Constitución del Ecuador del 2008

2.4.3.1. CONSIDERA

2.4.3.1.1. «El Estado adoptará las Medidas oportunas Que eviten los Impactos Ambientales Negativos, Cuando Exista incertidumbre de daño».

2.5. Derechos de la naturaleza y corresponsabilidad

2.5.1. Los Primeros Avances en Ecuador

2.5.1.1. Se gestan en El año 1999, con la inclusión del Artículo 2 de la Ley de Gestión Ambiental del Ecuador (1999)

2.5.1.1.1. Donde sí Establece Que «La gestión ambiental se Sujeta a los Principios de solidaridad, corresponsabilidad, Cooperación, Coordinación, Reciclaje y Reutilización de Desechos, utilizacion de Tecnologías Alternativas Ambientalmente Sustentables y respeto a las culturas y Prácticas Tradicionales».

2.5.2. La Constitución vigente plantea

2.5.2.1. Que El Ejercicio integrante de la acción de tutela Estatal de Asistencia sobre el Ambiente y la corresponsabilidad de la Ciudadanía en su Preservación se articularán por medio de las Naciones Unidas Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, Que nos podemos deducir un su cargo la Defensoría del Ambiente y la Naturaleza (art. 399) .