GARANTÍAS DE ACCIÓN

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GARANTÍAS DE ACCIÓN por Mind Map: GARANTÍAS DE ACCIÓN

1. Derecho de petición

1.1. Fundamento legal

1.1.1. Artículo 8o CPEUM

1.1.2. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa

1.2. acto motivado que, por escrito y respetando ciertas formas, se presenta a una autoridad para solicitarle una autorización de procedimiento

2. Libertad de posesión y portación de armas

2.1. Fundamento legal

2.1.1. Artículo 10 CPEUM

2.1.2. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa

2.1.3. La ley reglamentaria que establece los requisitos y las condiciones es la Ley General de Armas de Fuego y Explosivos.

2.2. Diferencias entre portación y posesión

2.2.1. La portación consiste en el acto de cargar con un arma en un espacio público

2.2.2. La posesión consiste exclusivamente en tener un arma dentro del domicilio registrado, la cual no podrá abandonar este por ningún motivo.

3. Libertad de tránsito

3.1. Artículo 11 CPEUM

3.2. las limitaciones a la libertad de tránsito corresponde aplicarlas solamente a la autoridad judicial

4. Libertad de acción

4.1. tiene derecho a hacer lo que la ley no prohibe

4.2. no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y emitidas conforme a ella.

4.3. regulada en los artículos 5° al 11

5. Libertad ocupacional

5.1. Definición

5.1.1. esfuerzo humano, físico o intelectual, aplicado a la producción u obtención de la riqueza.

5.1.2. Ocupación de conveniencia social o individual, dentro de la licitud.

5.2. Fundamento legal

5.2.1. Artículo 5 CPEUM

5.2.2. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad.

6. Libertad de asociación y de reunión

6.1. Fundamento legal

6.1.1. Artículo 9 CPEUM

6.1.2. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito