COMPRAS Y SUMINISTROS

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COMPRAS Y SUMINISTROS por Mind Map: COMPRAS Y SUMINISTROS

1. ¿A qué se refiere el término “Constituir una empresa”? Constituir una empresa significa formar, fundar, establecer, dar surgimiento a una nueva actividad económica organizada por el empresario destinada a la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o a la prestación de servicios. Para lograrlo debe cumplir con una serie de requisitos legales que buscan que la empresa opere en condiciones que garanticen la tranquilidad, salubridad, seguridad, libre competencia y convivencia pacíficas en la ciudad.

2. ¿Cuáles son las formas de personas jurídicas con ánimo de lucro reconocidas por la ley mercantil en Colombia? En Colombia la ley comercial regula como sociedades comerciales las siguientes: Sociedad Colectiva, Sociedad en Comandita Simple (S. en C.), Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.), Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.), Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) y la Sociedad Anónima (S.A.). Además de las anteriores, son personas jurídicas con ánimo de lucro la Empresa Unipersonal (E.U.) de que habla la Ley 222 de 1995 y las empresas Asociativas de Trabajo (E.A.T.) reguladas por la Ley 10 de 1991.

3. ¿Qué se entiende por ánimo de lucro? Por ánimo de lucro se entiende la vocación al reparto de utilidades o dividendos generados en desarrollo del objeto social de la empresa entre sus socios. Como su nombre lo indica, en las entidades con ánimo de lucro se reparten, vía dividendos, las utilidades generadas en ejercicio de las operaciones sociales de acuerdo con la participación accionaria o en cuotas partes que tenga en la empresa cada uno de los socios. En las entidades sin ánimo de lucro no existe el reparto, por regla general, sino que los excedentes o utilidades van a engrandecer o incrementar el patrimonio social para cumplir con el objeto social para el que fue constituida la entidad.

4. ¿Qué clases de personas jurídicas existen en Colombia? En Colombia existen dos clases de personas jurídicas: con ánimo de lucro y sin ánimo de lucro.

5. ¿Qué es un establecimiento de comercio? Según lo definido en el artículo 515 del Código de Comercio, se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes (sillas, mesas, mercancías, vehículos, patentes, entre otros) organizados por el empresario para realizar actividades económicas y desarrollar los fines de la empresa.

5.1. ¿Quiénes son comerciantes? Para el artículo 10 del Código de Comercio, son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles, o aquellas personas que derivan sus ingresos de un ejercicio del comercio de manera personal o por medio de un apoderado o intermediario.

5.1.1. ¿Qué se entiende por persona física o natural? Es la denominación legal que el artículo 33 del Código Civil nos otorga como individuos de la especie humana capaces de adquirir derechos, deberes y obligaciones. Ejemplos de personas naturales: Pedro, José, María, Juan. Constituir una empresa como persona natural no reviste mayor complejidad en la cual la propiedad es encabezada por una sola persona. Este tipo de organización jurídica implica mayor responsabilidad y riesgo frente a terceros, pues en el ejercicio empresarial se mezcla el patrimonio propio y el de la empresa.

5.1.1.1. ¿Qué se entiende por persona moral o jurídica?La persona moral o jurídica es un ente jurídico de creación legal que tiene tanto deberes como derechos. Nace como resultado de la libre voluntad de una persona natural, de varias personas naturales o de varias personas jurídicas que deciden celebrar un contrato o perfeccionar un acto jurídico constitutivo de la persona jurídica. Esta nueva persona es diferente de sus creadores, nace al mundo jurídico con el complimiento de las formalidades que la ley exige y en ese momento se hace titular de obligaciones con terceros y con el Estado, asimismo adquiere la capacidad para celebrar contratos y actos jurídicos de todo tipo.

5.2. ¿Qué diferencias hay entre una persona natural y una jurídica? La persona jurídica, a diferencia de la persona natural, tiene existencia legal pero no tiene existencia física y debe ser representada legalmente por una o más personas naturales (gerentes, directores, presidentes, coordinadores, entre otros). Ejemplo:

5.2.1. Pedro (persona natural) decide asociarse con María (persona natural) y constituir la sociedad Los Colores Ltda. (persona jurídica). La persona jurídica no depende de la vida de sus fundadores, ya que si estos fallecen la entidad continúa con sus herederos u otros socios. Es importante tener en cuenta que es la persona jurídica la que responde, en principio, por sus propias deudas contraídas con terceros y asociados, no los socios que la integran (personas naturales).

6. Empresas de transformación: son aquellas que compran o reciben materia prima y luego de varios procesos la convierten en otros productos. Ej.: industrias de alimentos, bebidas, vestuario, muebles, entre otras.

6.1. Empresas de circulación: son aquellas que comercializan (compran y venden) determinado producto o servicio, sin hacerle ninguna trasformación a éstos. Ej.: almacenes de cadena, compraventa de mercancías, etc.

6.1.1. Empresas de administración: son las dedicadas a la organización, gestión o prestación de servicios. Ej.: establecimientos financieros, aseguradoras, empresas inmobiliarias, entre otras.

7. ¿Qué se entiende por empresa? De acuerdo con el artículo 25 del Código de Comercio, una empresa es toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realiza mediante uno o más establecimientos de comercio. De esta definición se deduce, entonces, que las empresas pueden ser de transformación, circulación, o administración: