Acciones Procesales Que PUEDE ejercer el demandado en La Oportunidad de contestación.

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Acciones Procesales Que PUEDE ejercer el demandado en La Oportunidad de contestación. por Mind Map: Acciones Procesales Que  PUEDE ejercer el demandado  en La Oportunidad de  contestación.

1. Se propone los mismos requisitos que en la contestacion de la demanda artículo 361 COPC

2. Contestación de la demanda

2.1. Es el acto procesal del demandado en la que ejercer su derecho a la defensa y da respuesta a la pretensión de la demanda

2.1.1. La función de esta es la de plantear la defensa o excepción del demandado

2.1.1.1. Se contradice en forma genérica o se contradice en parte la demanda aceptando explícitamente

2.1.2. En esta contestacion puede convenir o contradecir

2.1.2.1. Convenir quiere decir que la pretensión queda satisfecha y que el proceso culmina por causa deL convenimiento

2.1.2.2. Contradice es cuando las pretensiones quedan resistida o contradicha en términos de defensa del demandado

2.1.2.2.1. Cuando se contradice la demanda en parte se deben explicar los hechos aceptados y cuales no

2.1.2.2.2. En razón de la contradicción en parte se debe convenir si es en parte el convenimiento de cuales hechos o circunstancias de la demanda

2.1.2.2.3. Si es en todo se estará en presencia de un modo de composición procesal donde excluye el proceso y pone fin al litigio

2.1.2.2.4. Oportunidad y modo de contestar la demanda establecido en el art 360 CPC concatenar con el 174, 187, 188 CPC

3. 8

4. La reconvención

4.1. Es la pretensión que el demandado hace valer frente al demandante justo con la contestacion del proceso

4.1.1. Es llamada mutua petición o contrademanda

4.2. La admisibilidad esta establecido en el artículo 366 COPC

4.2.1. La admisión de la reconvención esta establecido en el art. 367 COPC

5. Contumacia del demandado

5.1. La falta de contestación del demandado da lugar a la confesión ficta que es la presunción legal que recae sobre los hechos narrados en la demanda en los art 347 y 362 CPC establece admite también prueba en contrario

5.2. Es la figura procesal del demandado que no asistido a la contestacion en el lapso de emplazamiento

5.3. Requisitos para su legalidad: que la petición del demandante no sea contraria a derecho y que en el término probatorio no pruebe el demandado algo que le favorezca

6. Se hace para oponerse a las pretensiones de los litigantes y coadyuvar y sostener las razones de algunos de ellos.

7. Puede ser voluntaria o forzada y coactiva

7.1. Voluntaria: principal art 370 CPC posición al embargo art 546 CPC adhesión art 370 #3 CPC apelación del tercero de una sentencia art 370 # 6 CPC

7.2. forzada o coactiva : abcitatio art 370 #4 CPC cita de saneamiento y de garantía art 370 #5 CPC

8. Llamamiento a terceros

8.1. Tercero es la persona natural o jurídica su intervención es a solicitud de las partes o del juez, esta intervención no afecta el proceso

8.1.1. Se permite la intervención para evitar apertura otro proceso y así favorecer la economía procesal y evitar contradicciones en las sentencias.

9. Cuestiones previas

9.1. Son herramientas procesale procesales para depurar el proceso y que los hechos lleguen limpios al debate esa es su finalidad art 346 CPC

9.2. Desde los artículos 347 al 358 CPC específica de las tramitaciones

9.3. Caracteristicas *son herramientas procesales que confiere el legislador para depurar el proceso *se producen acumulativamente en un mismo escrito *cualquier litis consorte pasivo podrá oponer las cuestiones previas

9.4. Cuestiones previas de inadmisibilidad de la demanda: *la cosa juzgada * la caducidad establecida por la ley *la prohibición de la ley de admitir acción de protesta