INCOTERMS 2010

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INCOTERMS 2010 por Mind Map: INCOTERMS 2010

1. CIF: Cost Insurance Freight / Coste Seguro Flete, puerto de destino convenido

1.1. Término idéntico al CFR, con la obligación adicional para el vendedor de proporcionar un seguro marítimo contra el riesgo de pérdida o de daños de las mercancías. El vendedor paga la prima del seguro.

1.2. El comprador asume el riesgo de transporte cuando la mercancía ha sido entregada a bordo del buque en el puerto de embarque. Verificar y recibir la mercancía del transportista en el puerto de destino convenido.

2. CPT: Carriage Paid To / Porte pagado hasta, lugar de destino convenido

2.1. El vendedor coordina la cadena logística. Después de haberse encargado de los aranceles de exportación, escoge los transportistas y paga los gastos hasta el lugar convenido.

2.2. Los riesgos de avería o pérdida son asumidos por el comprador desde el momento en que las mercancías han sido entregadas al primer transportista.

2.2.1. Se encarga de pagar los aranceles de importación y los gastos de descarga.

3. CIP: Carriage and Insurance Paid To / Porte pagado, seguro Incluido hasta… (lugar de destino convenido)

3.1. CIP es idéntico al CPT, pero el vendedor debe proporcionar además un seguro de transporte. El vendedor cierra el contrato de transporte, paga el flete y la prima de seguro.

3.2. Los riesgos de daños o pérdida son asumidos por el comprador desde el momento en que las mercancías han sido entregadas al primer transportista. Luego, el comprador se encarga del pago de aranceles e impuestos de importación y los gastos de descarga.

4. DAT (Entregado en terminal, terminal convenido en el puerto o en el destino)

4.1. Debe entregar las mercancías, poniéndolas a disposición del comprador en el terminal convenido o el lugar de destino en la fecha o en los plazos convenidos. El vendedor debe cerrar un contrato para el transporte de las mercancías hasta ese terminal, así como descargar las mercancías del medio de transporte en cuestión.

4.2. Debe recibir las mercancías apenas hayan sido entregadas y pagar el precio como ha sido previsto en el contrato de venta. El comprador debe además comunicar al vendedor la necesidad de proporcionar toda la información relacionada con la seguridad requerida para la exportación, la importación, el transporte de las mercancías a su destino final.

5. DAP (Entregado en el punto de destino, lugar convenido)

5.1. Debe entregar las mercancías, poniéndolas a disposición del comprador en el medio de transporte de aproximación listo para la descarga en el destino convenido. Debe pagar los aranceles de exportación,

5.2. Debe pagar el precio de las mercancías, como previsto en el contrato de venta, y recibir estas mercancías tan pronto hayan sido entregadas.

6. El término Ex Works (EXW) / Entrega directa a la salida

6.1. La única responsabilidad del vendedor es poner la mercancía a disposición del comprador en sus locales.

6.1.1. El pago de aranceles de exportación es responsabilidad del vendedor.

6.2. El comprador asume todos los gastos y riesgos inherentes al transporte, desde la salida de la fábrica hasta el destino.

7. FCA: (Free Carrier / Franco -Transportista, punto de entrega convenido)

7.1. Si la entrega se efectúa en los locales del vendedor, es él quien efectúa la carga de la mercancía.

7.2. El comprador escoge el medio de transporte y el transportista con quien desea efectuar el contrato de transporte, y cancela el transporte principal.

7.2.1. Los documentos proporcionados y/o el apoyo proporcionado son asumidos costes y riesgos por el comprador.

8. FAS: Free Alongside Ship / Franco al costado del buque, puerto de embarque convenido

8.1. Las obligaciones del vendedor han sido cumplidas cuando la mercancía, ya pagados los aranceles, es ubicada al costado del buque en el muelle o en alijadores del puerto de embarque convenido.

8.2. El comprador asumirá desde ese momento todos los gastos y riesgos de pérdida o deterioro, tan pronto la mercancía haya sido entregada junto al buque

8.2.1. El vendedor debe, si fuese necesario, proporcionar al comprador todo documento o información en relación con la seguridad necesaria para la exportación y/o importación de sus mercancías y/o para su transporte al destino final.

9. FOB: Free on Board / Cargado a bordo

9.1. El vendedor debe poner a disposición la mercancía, en el puerto de embarque designado, a bordo del buque escogido por el comprador, y efectuar los trámites de aduana para la exportación.

9.2. El comprador escoge el buque, paga el flete marítimo y el seguro, y se encarga de las formalidades a la llegada de la mercancía.

9.2.1. Asume así todos los gastos y riesgos de pérdida o de deterioro que pueden ocurrirle a la mercancía desde el momento en que fue entregada.

10. CFR: Cost and Freight / Coste y flete, puerto de destino convenido

10.1. El vendedor escoge al transportista y asume los gastos pagando el flete hasta el puerto de llegada convenido, descarga no incluida. La descarga de las mercancías con aranceles cancelados en el buque es su responsabilidad, al igual que las formalidades de despacho.

10.1.1. Corre con los gastos de la documentación.

10.2. El comprador asume el riesgo de transporte cuando la mercancía ha sido entregada a bordo del buque en el puerto de embarque; debe recibirla al transportista y recibir la entrega de la mercancía en el puerto de destino convenido.

11. DDP: Delivered Duty Paid / Entregados derechos pagados, lugar de destino convenido

11.1. El vendedor, en este caso, tiene las máximas obligaciones: la transferencia de los gastos y riesgos se efectúa en el momento de la entrega donde el comprador. El pago de derechos de aduana de importación también le incumbe.

11.2. Recibir en el lugar de destino convenido y pagar los gastos de descarga. Además, debe comunicar al vendedor la necesidad de proporcionarle toda la información relacionada con la seguridad que fuese necesaria para la exportación, la importación, el transporte de las mercancías a su destino final.