JUICIO ORAL MERCANTIL.

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JUICIO ORAL MERCANTIL. por Mind Map: JUICIO ORAL MERCANTIL.

1. Contestación a la demanda

1.1. Excepciones

1.2. Se da vista a la actora

1.2.1. 3 días para que las conteste

1.3. Reconvención

1.4. Allanamiento

1.4.1. Audiencia de juicio

1.4.2. en plazo no mayor a 10 días

2. Contenido de la demanda

2.1. Juez ante el que se promueve

2.2. Nombre, apellidos, domicilio para oír y recibir notificaciones.

2.3. nombre, apellidos, razón social del demandado y domicilio para ser emplazado.

2.4. objeto u objetos que se reclamen.

2.5. Hechos y documentos públicos y privados en los que funde su acción. Nombres de testigos.

2.6. Fundamento.

2.7. Valor de lo demandado.

3. Prevención: 3 días para el desahogo.

4. El emplazamiento se entenderá con el demandado su representante, mandatario o procurador, entregando cédula en la que se hará constar la fecha y la hora en que se entregue; la clase de procedimiento, el nombre y apellidos de las partes, el juez o tribunal.

5. Suerte principal sea inferior a la que establece el artículo 1339, el cual establece $574,690.47

6. De las audiencias

6.1. Orales

6.2. Públicas

6.3. Medidas de apremio

7. Actas de audiencia deberán contener: I. El lugar, la fecha y el expediente II. El nombre de quienes intervienen y la constancia de la inasistencia de los que debieron o pudieron estar presentes, indicándose la causa de la ausencia si se conoce III. Una relación sucinta del desarrollo de la audiencia, y IV. La firma del juez y secretario.

8. Audiencia Preliminar

9. Depuración

10. Conciliación.

11. Acuerdo sobre hechos no controvertidos

12. Fijación de acuerdos probagtorios

13. Admisibilidad de las pruebas.

14. Audiencia de juicio

15. En caso de inasistencia a la audiencia se impondrá medida de apremio que no podrá ser inferior a $2,298.76, ni superior a $5,746.90

16. Se desahogan las pruebas,

17. Sólo se dará el uso de la palabra una vez para formular alegatos

18. Se citará a las partes en el término de 10 días para oír sentencia.

19. El juez expondrá oralmente y de forma breve, los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron su sentencia y leerá únicamente los puntos resolutivos.