DETERMINACIÓN DE DIFERENCIAS DE EQUIPAJE, FRANQUICIA Y MENAJE DE CASA

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DETERMINACIÓN DE DIFERENCIAS DE EQUIPAJE, FRANQUICIA Y MENAJE DE CASA por Mind Map: DETERMINACIÓN DE DIFERENCIAS DE EQUIPAJE, FRANQUICIA Y MENAJE DE CASA

1. Menaje de casa

1.1. Se define como:

1.1.1. Los bienes o artículos del hogar nuevos o usados; sus características permiten determinar que serán para uso doméstico.

1.1.1.1. Mercancías libres de impuestos al C.E.

1.1.1.1.1. Utensilios de una casa, que sirvan exclusivamente para el uso de una familia.

1.1.1.1.2. Obras de arte o científicas, que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones.

1.1.1.1.3. Herramientas de obreros y artesanos, indispensables para el desarrollo de la profesión.

1.1.1.1.4. Instrumentos científicos y herramientas que no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres.

1.1.1.2. Los interesados deberán acreditar que dicho menaje de casa fue adquirido

1.1.1.2.1. 6 meses antes de la fecha en que pretenda ingresarse a México.

1.1.1.3. Personas que pueden efectuar la importación de menajes de casa, sin realizar pago de lo impuestos

1.1.1.3.1. Estudiantes o investigadores mexicanos​

1.1.1.3.2. Residentes en franja o región fronteriza​

1.1.1.3.3. Residentes permanentes nacionales repatriados o deportados​

1.1.1.3.4. Diplomáticos​

1.1.1.4. No se consideran parte del menaje las siguientes mercancías

1.1.1.4.1. Las mercancías usadas en el extranjero para actividades comerciales o industriales.

1.1.1.4.2. Los vehículos.​

1.2. Fundamento legal

1.2.1. Ley Aduanera (Art. 61; Fracciones VII y VIII. Art. 142)

1.2.2. Reglamento de la Ley Aduanera (Art. 100, 101 y 104)

1.2.3. Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 (Regla 3.3.3)

2. Equipaje

2.1. Se define como:

2.1.1. Propiedad de los pasajeros, son los bienes de uso personal, este deberá ser portado por los pasajeros.

2.1.1.1. Equipaje personal libre de pagar impuestos

2.1.1.1.1. Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza.

2.1.1.1.2. Material fotográfico; equipos portátiles de telefonía celular y de cómputo; un GPS;; una agenda electrónica; etc

2.1.1.1.3. Dos equipos deportivos personales.

2.1.1.1.4. Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido

2.1.1.1.5. 5 discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos, 3 paquetes de software y 5 dispositivos de almacenamiento.

2.1.1.1.6. Libros, revistas y documentos impresos.

2.1.1.1.7. Cinco juguetes y cinco videojuegos.

2.1.1.1.8. Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto, sus reactivos y medicamentos.

2.1.1.1.9. Artículos necesarios para el traslado del equipaje.

2.1.1.1.10. Un binocular y un telescopio.

2.1.1.1.11. Dos instrumentos musicales y sus accesorios.

2.1.1.1.12. Artículos para campamento.

2.1.1.1.13. Un juego de herramientas de mano con su estuche.

2.1.1.1.14. Mayores de 18 años, un máximo de:

2.1.1.1.15. Adultos mayores y Personas con discapacidad, los artículos tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, etc.

2.2. Fundamento legal

2.2.1. Ley aduanera (Art, 61; Fracción VI, Art. 178-I)

2.2.2. Reglas Generales de Comercio Exterior (3.2.3)

3. Franquicia

3.1. Se define como:

3.1.1. Mercancías adicionales a el equipaje del pasajero.

3.1.1.1. Mercancía libre de impuestos

3.1.1.1.1. En temporada vacacional (vía terrestre): Con un valor de 500 dólares, adicional a el equipaje personal.

3.1.1.1.2. El resto del año (vía terrestre): La franquicia es de 300 dólares.

3.1.1.1.3. El resto del año (vía aérea o marítima): La franquicia es de 500 dólares.

3.1.1.2. Los interesados tienen derecho a lo siguiente

3.1.1.2.1. Si viajan en familia la franquicia de cada integrante puede acumularse en el mismo medio de transporte, excepto si es residente de la franja o región fronteriza.

3.1.1.3. Con tu franquicia NO puedes introducir

3.1.1.3.1. ​​​Bebidas alcohólicas.

3.1.1.3.2. Tabacos labrados.

3.1.1.3.3. Combustible automotriz, salvo el que contenga el tanque de combustible de tu vehículo.

3.2. Fundamento legal

3.2.1. Ley aduanera (Art, 61; Fracción VI, Art. 178-I)

3.2.2. Reglamento LA (Art. 98, 194)

3.2.3. Reglas Generales de Comercio Exterior (3.2.3)