Pluralismo, nuevos derechos y movimientos críticos en la teoría jurídica de latinoamèrica.

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Pluralismo, nuevos derechos y movimientos críticos en la teoría jurídica de latinoamèrica. por Mind Map: Pluralismo, nuevos derechos y movimientos críticos en la teoría jurídica de latinoamèrica.

1. MARXISMO AMÉRICA LATINA

1.1. Núcleo principal de investigación, México.

1.2. Crítica jurídica: Oscar Correas

1.2.1. Por medio del Marxismo crítica el Derecho moderno.

1.2.2. Introducción a la Crítica del Derecho Moderno.

1.2.2.1. Las normas del sistema son la expresión de una economía capitalista.

1.2.2.2. Lógica normativa de las exigencias del capital.

1.3. Posturas del marxismo clásico como: Novoa Monreal.

1.3.1. Derecho como una técnica para servir por igual, ejercer poder.

1.3.2. Determinar el contenido del Derecho hay que considerar la forma de organización social, liberal-individualista, reformistas o revolucionaria.

1.4. En Colombia: Quiñones Páez, Víctor Manuel Moncayo.

1.4.1. Quiñones solidificación del Derecho: relación de dominación que ajusta al Estado.

1.4.1.1. Palabras de Quiñones, Moncayo busca 2 objetivos esenciales.

1.4.1.1.1. "Definir el papel del derecho en el proceso de obtención de plusvalía."(Wolkmer,2012:11)

1.4.1.1.2. "Analizar su función como vehículo necesario en la manifestación y la realización de los intereses de clase."(Wolkmer,2012:11)

1.4.2. Moncayo, dentro de la teoría crítica: El Derecho: una Relación de Producción y El Derecho en las Formaciones Sociales Capitalistas.

1.5. Roberto A. R. de Aguiar de Brasil, jusfilosofo fundado en la dialéctica de naturaleza neo-marxista.

1.5.1. Derecho, Poder y Opresión.

1.5.1.1. Fuerte absorción de la teoría marxista en la concepción jurídica del mundo.

1.5.2. ¿Qué es justicia? Un enfoque dialéctico.

1.5.2.1. La complicidad ideológica del Derecho y la justicia con las prácticas sociales dominantes.

1.5.3. La justicia: valor ideológico.

1.5.3.1. Relaciones sociales contradictorias.

1.5.3.2. Refleja los intereses de quienes tienen el poder, se utiliza para mantener relación de poder.

1.5.3.3. Justicia no mediana, justicia de extremos.

2. USO ALTERNATIVO: ITALIA Y ESPAÑA

2.1. Finales de los 60 y principios de los 70

2.1.1. Movimiento teórico-práctico.

2.1.1.1. Profesores, abogados y jueces progresistas.

2.2. Propósito, utilización del ordenamiento jurídico.

2.2.1. Práctica emancipadora.

2.2.2. Sectores sociales excluidos.

2.3. El movimiento del Uso alternativo del derecho.

2.3.1. Reunió los más famosos juristas y anti. dogmáticos.

2.3.1.1. Pietro Barcellona, Giuseppe Cotturri.

2.3.1.2. Luigi Ferrajoli, Salvatore Senese, Vicenzo Accattatis.

2.3.2. Pensamiento neo marxista, explora antinomias y contradicciones del Ordenamiento jurídico.

2.3.3. Aspectos importantes.

2.3.3.1. Relación entre la función política del Derecho...

2.3.3.2. Poder Judicial, que garantiza el statu quo establecido...

2.3.3.2.1. " Institución de naturaleza política, reflejo de la dinámica del poder y del Estado capitalista."(Wolkmer,2012:7)

3. EL SENTIDO DE LA CRÍTICA.

3.1. Escenario: Sociedades Postcoloniales.

3.1.1. América Latina.

3.1.2. teoría social Marxista.

3.1.3. Derechos.

3.2. La "crítica" asume "la función de abrir cursos de acción y alcance de las posibilidades que se proyectan en la continuidad histórica"(Wolkmer,2012:4)

3.3. Materialismo dialéctico.

3.4. Nueva sociedad.

3.5. Praxis concreta:Estructuras socioeconómicas de América Latina.

3.6. Teoría y conocimiento en tradiciones culturales

4. MARXISMO Y CRITICA JURÍDICA EN EUROPA

4.1. Falta de legitimidad

4.1.1. Tendencias teorícas.

4.1.2. Movimientos de perfil transcontinental.

4.1.3. Procedimiento crítico.

4.2. Base epistemológica, práctica en la teoría social marxista.

4.3. Orientaciones jurídicas.

4.3.1. Anti-positivista.

4.3.2. Anti-formalistas.

4.3.3. Prácticas sociales.

4.4. Impacto jurídico: Segunda mitad del siglo XX.

5. CRITICA DEL DERECHO: FRANCIA.

5.1. fundada:1978.

5.1.1. Juristas.

5.1.2. Profesores Universitarios.

5.2. Oposición.

5.2.1. Individualismo formalista.

5.2.2. Positivismo normativista.

5.3. Utilizo al Marxismo.

5.4. Buscó: Reconstruir la Teoría General del Derecho.

5.5. "El Derecho y el Estado son fenómenos producidos por las contradicciones sociales."(Wolkmer,2012:6)

5.5.1. Reforzar la dominación del modo de producción capitalista.

5.6. finalidad del movimiento.

5.6.1. Fomentar enseñanza.

5.6.2. Investigación jurídica.

5.6.3. Epistemología del Derecho:Transición al socialismo.

6. Antonio Carlos Wolkmer y Maria de Fátima S. Wolkmer. ( Abril 2012). Pluralismo, nuevos derechos y movimientos críticos en la teoria jurídica de Latinoamérica. Revista Derecho y Ciencias Sociales. , Nº6 , Pgs.182 - 196.