SUJETOS DEL DERECHO LABORAL

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SUJETOS DEL DERECHO LABORAL por Mind Map: SUJETOS DEL DERECHO  LABORAL

1. Atendiendo al artículo 6 inciso segundo del código de Trabajo expresa que el sustituto responde solidariamente con el sustituido por las obligaciones laborales nacidas antes de la sustitución durante el plazo de la prescripción correspondiente

1.1. OTRA MANIFESTACIÓN ES LA DEL CONTRATISTA

1.1.1. Es la persona física o jurídica que se encargan de contratar a personas trabajadoras que ejecutan el trabajo en servicio y en beneficio de otra retribuyendo el trabajo con capital propio y no de la persona a quien se realiza la labor.

1.1.1.1. El artículo 5 del código de trabajo plasma que son contratistas las personas que ejecutan por contrato o cuasicontrato de agencia oficiosa trabajos para otros con capitales propios o con adelantos que haga el dueño de la obra o un tercero.

1.1.2. Atendiendo al diccionario de Manuel Osorio, los datos que contrae a la Persona que contrata a otras, o ejecuta una obra material o está encargado de un servicio para el gobierno, empresa o corporación, o para un particular. Jurídicamente en opinión de Mario de la Cueva el empresario que dispone de un establecimiento fijo o de elementos estables de trabajo propio. Ejecutar la obra por encargo de terceros.

2. EMPLEADOR

2.1. Atiende a la persona ya sea natural o jurídica, quien emplea el trabajo ejercido por el trabajador en virtud de un contrato de trabajo que puede ser emitido de diversas maneras ya sea en forma verbal, individual o colectivo según sea la voluntad de las partes, se tiene que el empleador tambien es llamado empresario, patrono o patrón.

2.1.1. Su base legal se encuentra establecida en el artículo 2 literal A del Código de Trabajo el cual plasma que las disposiciones de dicho código regularan las relaciones de patronos y trabajadores.

2.1.2. Manuel Osorio en su diccionario jurídico sostiene que el vocablo Trabajador Es sinónimo de patrono o empresario por oposición a un empleado

3. Se tiene que el empleador según el mar la modalidad según su relación laboral establecida se puede manifestar como:

3.1. INTERMEDIARIO

3.1.1. Son aquellas personas que median para contratar servicios de otros, los cuales lo ejecutaran a beneficio de un empleador.

3.1.1.1. El código de trabajo en su articulo 4 estipula que el intermediario es la persona que interviene en la contratación de otra u otras para que presten el servicio a un patrono. Este debe estar obligado por la gestión de aquel, siempre que lo hubiere autorizado para ello o bien recibiera la obra o los servicios ejecutados.

3.1.2. El diccionario jurídico de Manuel Osorio sostiene que, Intermediario es el que media entre dos o más personas para arreglar o atender asuntos de un negocios, o empresa.

3.1.2.1. Aquel que se obliga al adquirir una empresa las condiciones u obligaciones de trabajo manifestadas en el contrato entre el patrón y los actuales trabajadores.

4. PATRÓN SUSTITUTO

5. Cabe recalcar que las relaciones entre los trabajadores afortunadamente en caso de que exista un conflicto entre estos, existe una ley que se encarga de regular dichas relaciones , se trata del el código de trabajo, el cual en su articulo uno expresa lo siguiente: tiene por objeto principal regular armonizar las relaciones entre los patronos y trabajadores, estableciendo sus derechos, las obligaciones y funda en los principios que favorecen el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores.

6. TRABAJADOR

6.1. Es la persona física que presta a otra u otras sus servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, en virtud de un contrato de trabajo expreso o implícito, verbal o escrito, individual o colectivo, y por lo tanto debe estar facultada por la ley para la suscripción de un contrato.

6.1.1. El artículo dos del código de trabajo sostiene que el termino trabajador se refiere tanto a los obreros como los empleados sin hacer excepción atendió al alcance de la aplicación público o privado

6.2. Manuel Osorio en su diccionario jurídico expreso, trabajador es aquella persona que trabaja; Pudiendo ser llamada también como obrero y jornalero

7. OTRA MANIFESTACIÓN DEL EMPLEADOR ES EL REPRESENTANTE PATRONAL O EMPRESARIAL

7.1. Son los que representan a los empleadores y que obligan a estos en su relación con trabajadores y trabajadoras.

7.1.1. Estos se encuentran regulado en el artículo 3 del código de trabajo, definiendo que son representantes del patrono los directores gerentes, administradores caporales y en general aquellas persona que ejercen función de dirección o administración en la empresa o centro de trabajo, etc. Estos están obligados en relaciones d trabajo con el patrono mediante un contrato de trabajo.

8. El concepto de trabajador, surge con la Revolución Industrial del siglo XIX y se consolida durante la denominación Segunda Revolución Industrial. Esta dicotomía social, económica y productiva se basa en las clases sociales: clase capitalista y clase obrera (proletariado de la clase baja). En el manifiesto comunista, Marx y Engels, definen al conjunto de trabajadores dependientes como proletariado