Características de operaciones en México

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Características de operaciones en México por Mind Map: Características de operaciones en México

1. T. Marítimo

1.1. Altura

1.1.1. "Transporte de Mercancías que lleguen al país o se remitan al extranjero, y la navegación entre un puerto nacional y otro extranjero o viceversa"

1.2. Cabotaje

1.2.1. "Transporte de Mercancías o la navegación entre dos puntos del país situados en el mismo litoral ."

1.3. Mixto

1.3.1. Junta al de Altura y Cabotaje . Y la navegación entre dos puntos de la costa nacional situados en distinto litoral o, en el mismo, si se hace escala en un puerto extranjero.

2. T. Aéreo

2.1. Empresas aéreas que efectúen el transporte internacional de pasajeros, deberán transmitir al SAT

2.1.1. La información de los pasajeros y de la tripulación que transporten, provenientes del extranjero con destino a territorio nacional, así como los que salgan del territorio nacional con destino al extranjero.

2.2. Deberán contener los datos acerca de cada pasajero o tripulante

2.2.1. Documento que acredite la identidad de los mismos, del vuelo, del servicio prestado y los demás datos del medio de transporte, así como aquéllos que se exijan de conformidad con las Reglas que al efecto emita el SAT.

2.3. En el caso de aeronaves que transporten pasajeros y equipajes, podrá efectuarse el tráfico aéreo internacional durante horas inhábiles

2.3.1. Cuando oportunamente las autoridades competentes notifiquen a la Autoridad Aduanera la hora en que se efectuará el aterrizaje o despegue correspondiente.

2.4. Las empresas aéreas son responsables de verificar que la información contenida en los documentos presentados por el pasajero o tripulante corresponda con los datos capturados manualmente o con los leídos mediante lector óptico.

2.5. Vuelos que no se les haya practicado la visita de inspección aduanera de salida no podrán despegar .

3. T. Terrestre

3.1. Importadores y exportadores, sus representantes legales o los agentes aduanales deberán declarar en el Pedimento o Aviso Consolidado

3.1.1. Los datos relativos al número económico de la caja o contenedor, el tipo de contenedor y vehículo de autotransporte, así como pagar el Pedimento por lo menos con una hora de anticipación del ingreso o salida del territorio nacional de las Mercancías

4. T. Fluvial

4.1. Tendrá que obtenerse previamente la autorización a que se refiere el artículo 39 del Reglamento de la Ley Aduanera

5. T. Ferroviario

5.1. Conductores deberán transmitir a través del Sistema Electrónico Aduanero, en los términos y condiciones que establezca el SAT mediante Reglas

5.1.1. I. La información de las Mercancías que entren o salgan del territorio nacional II. El aviso del arribo de las Mercancías a la aduana de despacho III. La lista de intercambio que señale los medios en que se transporten las Mercancías, y IV. La demás información que establezca el SAT mediante Reglas

6. Vía postal

6.1. Cuando exporte o importes de algo que esté prohibida, el Servicio Postal Mexicano informará a la Autoridad Aduanera de dicha circunstancia, a través del

6.1.1. Sistema Electrónico Aduanero mediante Documento Electrónico o Digital,

6.1.1.1. En los términos y condiciones que establezca el SAT en las Reglas, para que dicha autoridad proceda conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

6.2. El Servicio Postal Mexicano deberá transmitir a la Autoridad Aduanera a través del Sistema Electrónico Aduanero mediante Documento Electrónico o Digital, la información relativa a los retornos

6.3. Bultos y envíos postales de exportación que sean devueltos al país por las oficinas postales del extranjero, serán presentados por las oficinas postales de cambio ante las Autoridades Aduaneras para que los identifiquen.

6.4. Empresas de mensajería y paquetería que transporten Mercancías que ingresen o salgan del territorio nacional por cualquier medio de transporte, deberán transmitir al SAT:

6.4.1. Número e información del conocimiento de embarque, lista de empaque, guía o demás documentos de transporte, según corresponda, de la Mercancía que despachará; II. Nombre y dirección del consignatario o remitente; III. Descripción de la Mercancía; IV. Valor y origen de la Mercancía, y V. Los demás datos que señale el SAT mediante Reglas.

7. Otros medios

7.1. Quines quieran introducir o extraer Mercancías del territorio nacional por tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas

7.1.1. Deberán : Obtener el cosentimiento previo del SAT

7.1.1.1. La autorización comprenderá:

7.1.1.1.1. I. La clase de Mercancías y el medio de conducción empleado para la importación y exportación de que se trate; II. El lugar o lugares en que se ubicará la entrada o salida del país de las Mercancías y, en su caso, la conexión con otros medios de transporte; III. Los tipos de medidores que se utilizarán o los sistemas de medición de las Mercancías, señalando en cualquiera de los dos casos el nombre y clave del registro federal de contribuyentes de su propietario y éstos deberán estar localizados en territorio nacional, y

7.1.1.1.2. IV. El plazo de vigencia de la autorización que podrá ser de hasta tres años o por el que el solicitante acredite el legal uso de los medios que se utilizarán para conducir la Mercancía, cuando sea menor a tres años

7.1.2. Si se trata de persoal morales , éstas deberán estar constituidas conforme a las leyes mexicanas y tendrá que estar al corriento con su obligaciones fiscales yque acrediten la legalidad de los medios que utilizarán junto con del SAT

7.2. En ningún caso, el plazo de la autorización y de la prórroga, será mayor a aquél por el que el autorizado acredite la legal posesión de los medios que se utilizarán para conducir a la entrada o salida del territorio nacional las Mercancías.