Los códigos de Justiniano

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Los códigos de Justiniano por Mind Map: Los códigos de Justiniano

1. Obras legislativas comprendidas por el emperador Justiniano

1.1. Representan un modelo de integración juridica (derecho romano)

1.2. Derecho Romano es la proyección universal de los codigos modernos y continuan el proceso de mejoramiento

2. Primero

2.1. Tres fases

2.1.1. Desde los origenes (siglo VII a.C, SIGLO VI D.C)

2.1.2. coexistencia con las intituciones juridicas medievales

2.1.3. grandes revoluciones y de las codificaciones modernas (fasse abierta hasta la actualidad)

2.2. En los códigos de Justiniano se señala que el drecho romano tiene su parte fundamental en su principium

2.3. El derecho romano común codificado a disposición de todos los pueblos

2.4. Pluralidad de ordenamientos familiriares y gentilcios reunidos en poblados que constituyen unidades politica-juridico-religiosas.

2.5. Normas consuetudinarias propias

2.6. Relaciones entre familiar intermediadas por el Pates familius

2.7. Establecen la ciudad creando una increible transformación en la historia de Roma y del mundo

2.8. Formación del Queritium , ius cenle es decir el derecho de los cuidadanos

2.9. derecho civil: Conjunto de uso y costumbres cuya elaboración .. en manos de juristas reunidos en el colegio sacerdotal.

2.10. los constituyen una institución ciudadana

2.10.1. Pontifices

2.11. periodo monarquico

2.12. requiere alcanar la igual tanto como: libertad de los parti... separadandola de toda forma de esclavitud

2.13. ley y derecho de expresiones de realidades sociales

3. Segundo

3.1. Código Justiniano

3.2. 3 Códigos

3.2.1. Digesto

3.2.1.1. Gran patrimonio de tectos legales y esuntos de Junsias

3.2.2. Instituciones

3.3. Instituciones

3.4. Encuentro entre le trabajo de los juristas y de la apropiación por parte del legislador

3.5. Los códigos recogen el gran patrimonio de textos legales y de juristas presentes hasta entuncos

3.6. Libertas tiene un triple significado: se refiere a los particulares y se opone a la esclavitud

3.7. Surge una nueva clave de interés humanas y economicas, el derecho de gentes

3.8. Crecimiento de la uidad juridica entre el mundo italico el mundo mediterraneo unidad en el imperio romano constituye una transformación anterior

3.9. recurso al drecho romano que se hace en la vida contidiana del territorio de las provincias se expande sobre todo a partir del siglo IV

4. Tercero

4.1. Codigos persiguen la brevedad del texto y la co.. interna sistemática, ordenada de los principios y las normas entre los cuales no abrán contradicciones

4.2. Consonamia: Se refiere a los textos legales que en su momento eran confusos y desordenados

4.3. Idea de que el derecho es un sistema

4.3.1. Constituido el derecho crual por genero y especie

4.4. Sitema coherente, cutos elementos se encuentran en la asturancia entre sí

4.5. Los códigos justinianos , son instrumentos que persiguen este fin, esos aporta la coherencia y resistencia del uritario

5. Cuarto

5.1. En constatinopla. segunda roma los códigos fueron traducidos a otras lenguas

5.2. se vuelven estructurales a los códigos la pluralidad las lenguas de derecho

5.3. Renovación de la intitución imperial. ofrecieron sus derechos a Europa, en consecuencia con las instituciones juridicas medievales.

6. Quinto

6.1. Eras de las grandes revoluciones y de las nuevas codificaciones del sistema juridico romanutico

6.2. Monopolio del derecho propio estatal-legalismo en constraste con derecho común

6.3. Códigos latinoamericanos inician en (1825) en modo autonomo

6.4. Transformaciones desarrolladas, unidad estructural del sistema se vuelve hegemonico en Europa

6.5. Resolución de Octubre, anuncia a una cultiplicidad de actores y factores deominantes a la aspiración de una revolución politica y social.

7. Sexto

7.1. Ciencia juridica costituye coherencia, elabora el sistema

7.2. Legislador justiniano reconoce que los juritas son los fundadores de los códigos

7.3. Los códigos so expresión de un derecho tecnicamente elaborado y complejo

7.4. No son producto del legislador sino objetos externos y preconstruidos