1. El Derecho Carolingo
1.1. Organizacion y gobierno
1.1.1. Ejercito
1.1.2. Organizacion Central
1.1.3. Emperador
1.2. Derecho
1.2.1. Estas normas emanaban directamente del emperador, avalado por su poder regio de legislar, llamado bannum, y recibían después la aprobación de los próceres o mayordomos, que eran sus consejeros y que integraban la organización central
1.3. Legislacion
1.3.1. La legislación carolingia abunda en capitulares llamadas: eclesiásticas, mundanas o mixtas, según la materia que trataban
1.3.1.1. es decir, que se agregaban al apéndice de ciertas leyes, cuando estas eran escritas, tomando su fuerza de ellas y obligando sólo a los que debían acatarlas
2. Los Derechos Feudales
2.1. Sistema Politico
2.1.1. Se basaba en la difusión del poder que se la daba a los emperadores y reyes que se ejercia con gran autonomía por una aristocracia llamada nobleza.
2.2. Derecho
2.2.1. Este derecho que tenian ellos se basaba en el cual el pequeño propietario prefería entregar el “dominio directo” de su propiedad a algún señor poderoso, debido a la falta de un gobierno central que le garantizase el mínimo de seguridad indispensable para una vida soportable
2.3. Decadencia
2.3.1. A partir del siglo xiii el feudalismo entró en decadencia, aunque con distinto ritmo, en los diversos países europeos
2.3.1.1. A) la política centralizadora de los reyes quienes, después de una larga lucha, lograron imponerse a los señores feudales, sustituyéndolos por funcionarios reales asalariados
2.3.1.2. B) El paso de la economía feudal a la economía monetaria
2.3.1.3. C) El desarrollo y empuje de una nueva clase social: la burguesía
3. El Derecho Germanico en la Alta Edad Media
3.1. Derecho
3.1.1. Era un conjunto de normas que se regían los pueblos germánicos que invadieron el imperio romano, no tenían un código legislativo por lo que se basaban en las costumbres y tradiciones típicas
3.1.1.1. Dentro de todos estos pueblos germánicos que invadieron Europa, el de mayor interés para nosotros es el de los godos (visigodos y ostrogodos), pues fue a través de ellos, como receptores de la cultura romana, que se introdujo en América Latina
3.1.1.1.1. El derecho penal era primitivo: existía la esclavitud por deudas, se permitía la venganza, siempre que la familia de la víctima no aceptara una indemnización, y entre los medios de prueba estaban las ordalías o “Juicios de Dios”, que eran aplicados en forma de duelos judiciales o sometiendo a las partes a las pruebas del fuego, del agua, del féretro u otras.
3.2. Cotumbres
3.2.1. La familia era patriarcal y el matrimonio, de carácter monogámico y llamado barraganía, se perfeccionaba mediante el acuerdo de voluntades entre un hombre y una mujer, o entre el hombre y el tutor de la mujer.
3.2.1.1. En materia de sucesiones, los germanos no conocieron el derecho de primogenitura (los bienes para el hijo mayor) que se establecería posteriormente en varios países de Europa.
3.3. La Sippe
3.3.1. Grupo amplio de parientes que se encontraban unidos por lazos de sangre, es la base de toa organización el el núcleo de la función jurídico-privada