OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN por Mind Map: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

1. Características

1.1. Derecho Irrenunciable e inalienable. (Art. 377 LOPNNA).

1.2. No Compensable, es decir, ni oponérsele compensación. (Art. 377 LOPNNA).

1.3. Reciproco

1.3.1. Implica un deber y un derecho para el obligado.

1.4. Derecho personal e intramisible

1.4.1. Es un derecho del niño, niña y adolescente y no puede transmitirse por acto entre vivo y motris causa. (Art. 376 y 377 LOPNNA).

1.5. De cumplimiento sucesivo

1.5.1. El pago de realizarse mensualmente y el retraso genera intereses del 12% anual. (Art. 374 LOPNNA).

1.6. No retroactiva

1.6.1. La obligación tiene vigencia a partir que las parte convenga o la declare el juez en sentencia firme.

1.7. Condicional y variable

1.7.1. Se trata de acuerdo entre el obligado y el solicitante. (Art. 369 y 375 LOPNNA).

1.8. Imprescriptible

1.8.1. Es un derecho del niño que surge del estado de necesidad. (Art. 378 LOPNNA).

1.9. Tiene carácter de crédito privilegiado

1.9.1. (Art. 379 LOPNNA)

1.10. Es de carácter subsidiaria

1.10.1. A falta del padre y la madre o no tienen los medios económicos, la ley establece que la Obligación de Manutención es asumida por los pariente, grupo familiar o representante que tenga la Responsabilidad de Crianza. (Art. 368 LOPNNA)

1.11. Su pago no es en especie sino en dinero

1.11.1. No puede obligarse al niño, niña o adolescente a convivir con quien tiene Obligación de Manutención. (Art. 369 y 370 LOPNNA)

1.12. Es Proporcional

1.12.1. En caso de varios hijos el juez establecerá la proporcionalidad de la obligación de manutención. (Art. 371 LOPNNA).

1.13. Es divisible y no solidaria

1.13.1. En caso del obligado estar impedido de cumplir con la Obligación de Manutención, puede ser prorroateado entre quienes deben cumplirla. (Art. 372 LOPNNA).

2. Legitimación de Activos

2.1. Fijación de manutención (Art. 376 LOPNNA)

2.1.1. Hijos con mas de 12 años

2.1.2. Por su padre o madre

2.1.3. quien tenga la responsabilidad

3. Convenimiento

3.1. El monto y la forma de pago, puede ser un convenio entre el obligado y el solicitante. (Art. 375 LOPNNa)

4. Establecimiento de la obligación de Manutención en Casos Especiales

4.1. La Filiación establecida, a través de sentencia firme.

4.2. La filiación resulte de declaración explicita.

4.3. A juicio del juez que conozca de la respectiva solicitud de alimento.

5. CONTENIDO

5.1. (Art. 365 LOPNNA) La obligación de manutención comprende todo lo relativo al sustento.....

5.1.1. Vestido

5.1.2. Habitación

5.1.3. Educación

5.1.4. Cultura

5.1.5. Asistencia y atención medica

5.1.6. Recreación

5.1.7. Deporte

6. Elementos para la determinación

6.1. (Art. 369 LOPNNA)

6.1.1. Lo que requiera el niño, niña y adolescente

6.1.2. Capacidad económica del obligado

6.1.3. Unidad de filiación

6.1.4. Equidad de genero

7. Personas Obligadas de Manera Subsidiaria

7.1. (Art. 368 LOPNNA). En caso del padre y la madre muerto o que estén impedidos para cumplir la Obligación de Manutención...

7.1.1. Hermanos o hermanas mayores del niño, niña y del adolescente.

7.1.2. Los ascendientes por orden de aproximidad.

7.1.3. Parientes colaterales hasta el tercer grado.

8. Naturaleza

8.1. (Art. 76 CRBV) El padre y la madre tienen el deber

8.1.1. Criar

8.1.2. Formar

8.1.3. Educar

8.1.4. Mantener y asistir a sus hijos o hijas